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Antigüedad e IPC

3 Comentarios
 
Antigüedad e ipc
29/12/2004 16:05
Trabajo en una empresa de artes gráficas. Hemos reclamado la antigüedad, que en principio nos pertenece por llevar más de tres años trabajando. Nuestro gestor nos comenta que como mi jefe nos sube el IPC cada año, no está obligado a pagarnos la antigüedad. O mejor dicho, nos podría pagar la antigüedad que nos toca por ley pero entonces no tendría porqué subirnos el IPC. O una cosa o la otra. ¿Es esto cierto?
Saludos.
29/12/2004 16:29
En primer lugar, teneis que ver si la antigÜedad esta congelada en el convenio, es decir, si no se pueden seguir acumulando trienios, si es así, os deben de pagar la cantidad que os corresponda e ir subiéndos cada año el IPC.
feliz año
29/12/2004 17:20
Es una empresa joven, con lo que nos tendría que pagar a todos el primer trienio. Entonces por lo que me explicas, el empresario está obligado a pagarnos tanto la antigüedad como la subida del IPC, no?
Muchas gracias.
29/12/2004 18:58
Hola.

Quien debe sacaros de dudas es el convenio colectivo de aplicacion. En el vereis las subidas que son obligatorias ademas de cuanto y por que periodos debe abonarse la antigüedad.

Una primera vía que podríais utilizar en vuestra reclamacion es la de la Inspeccion de Trabajo y si confirmais que se os debe tal antogüedad, podriais reclamar via juzgado de lo social hasta un año de su importe.

Saludos