El otro día ví un anuncio en la puerta del garaje.
De un individuo que pegó un cartel tamaño A4 plastificado.
Pegado en puerta de acceso peatonal al garaje, anexa a puerta general acceso de vehículos.
Pone que compra garaje en el edificio.
¿Es legal poner carteles en zonas comunes?
Yo desde luego unicamente usaria la palabra "individuo" si fuese para denostar a alguien.
En castellano esa palabra tiene connotaciones ofensivas
En esta vida tanto legalismo es un tanto clasista.
Molestará mucho un papel?
"Individuo" tiene distintas acepciones, según la RAE, la más habitual:
3. m. y f. coloq. Persona cuyo nombre y condición se ignoran o no se quieren decir."
A mí en diversos momentos se me ocurrió anunciar alguna/s de las cinco cocheras que poseo, y decidí no pegar anuncios en zonas exteriores comunes más visibles porque intuía, no siendo yo jurista, que poner carteles no era legal, ni iba a ser consentido.
También a una vecina que compró un coche familiar ranchera, un VW Golf, se le ocurrió aparcarlo en medio el pasillo común del garaje disponiendo de su cochera, debido a que le costaba aparcar y así le "resultaba cómodo".
Los límites son la normativa.
Pero el civismo, el sentido común y el respeto a los demás y la ética también pueden orientar la forma de comportarse.
Un cartel/anuncio, puede no molestar, sea o no legal.
Aparcar fuera de la cochera o de las líneas puede también molestar o no, desde luego no es legal.
El problema puede venir si lo hacemos todos los vecinos y alguno que no lo sea...que es la evolución predecible de estas conductas.
Claro, lo que pasa es que en el bar o la tienda, el propietario o encargado suele estar a mano. Pero el presidente de una comunidad no está de guardia en la puerta de un garaje.
Creo que comparar el poner un cartel con el aparcar en zona comunitarias, ni tiene sentido, ni viene al caso
Mas que comparar parece que se quiere justificar.
Si para usted el dirigirse a una persona como "individuo" le parece políticamente correcto, pues vale.
En su primera pregunta debería haber indicado que no es propietario la persona que ha puesto el cartel, y así nos evitaría no contestar como usted esperaba que se hiciese.
Poner este tipo de carteles es algo habitual, que no supone molestia alguna, y facilita al propietario el posible alquiler o venta.
La mayoría de comunidades así lo hace, aunque no todas,si así lo han decidido los propietarios.
Buenas, me acaban de nombrar presidenta de mi comunidad de vecinos hace poco y les agradecería su consejo legal sobre el tema que más adelante les expongo.
Resulta que un vecino ha puesto un cartel A4 de un gatito perdido en la puerta de acceso interior desde el garaje a las viviendas y otro en un lateral de la entrada principal dentro de las dependencias. En los estatutos de mi comunidad no se menciona tal situación de colocación de carteles, pero la puerta de acceso a las viviendas desde el garaje se suele usar para avisos de futuras juntas de vecinos, pues es más visible que en el tablón de anuncios del mismo.
Les agradecería me indicaran la legalidad de la acción del vecino que ha procedido así y cual sería el procedimiento del presidente de la comunidad en estos casos.
Un saludo
La LPH, no contempla ese tipo de cosas.
Y dada la escasa importancia de la misma, ya que no perjudica a nadie, y si ouede ser una ayuda a un propietario.
No creo que sea importante se preocupe por ello.