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aportaciones de los socios

7 Comentarios
 
Aportaciones de los socios
15/02/2011 11:42
Tengo otra duda para los expertos, si uno es socio de una sociedad con un porcentaje del 30,00 por ciento, pero no es administrador, y la sociedad tiene deudas con clientes y acreedores, le puede exigir el administrador que se haga cargo de las deudas y que explique por que no pone dinero para pagarlas.
Entiendo que el administrador tendra que pedir un prestamo, aplazamiento o lo que sea, pero que los socios no tienen por que responder con nada.
15/02/2011 17:58
Corwen:

Los socios no responden por deudas de la sociedad. Es la regla general. Si la sociedad se encuentra descapitalizada o en situación de insolvencia, el administrador deberá tomar las medidas necesarias entre ellas convocar Junta para ampliar capital (que no tendrá obligación de aportar), acordar la disolución de la sociedad, la solicitud de concurso etc.

Lo importante es que tenga presente que, como socio, no responde de la deudas de la sociedad.

Federico Silva

SILVA ORTIZ Abogados
21/02/2011 09:37
muchas gracias Sr. Silva.
Soy socio de una sociedad con el porcentaje del 30,00 por ciento, y el administrador me ha enviado un requerimiento notarial diciendome que si no pago los gastos que tiene la sociedades en mi parte proporcional (deudas, hipotecas, etc..), que tendré que responder yo personalmente ante los clientes y acreedores de la sociedad.
Por supuesto que nos llevamos mal, no deja entrar a los auditores desde el 2.007, esta es la cuarta auditoria que he pedido, como comprendera yo no voy a meter ningun dinero en una sociedad asi.
21/02/2011 10:51
Corwen:

No importa lo que diga el Administrador en el requerimiento, tu no eres responsable por las deudas de la sociedad ni tu patrimonio privativo puede quedar afecto por éstas, excepto si algún crédito que haya recibido la sociedad (hipoteca etc) esté avalado con algún bien privativo tuyo en cuyo caso podrá quedar afecto pero como consecuencia del aval, no de tu condición de socio.

El motivo de éste requerimiento no debe ser otro que la intención del Administrador de minimizar su riesgo/exposición pues los administradores SI pueden llegar a tener que responder con su patrimonio de las deudas de la sociedad.

Te sugiero acudir de inmediato a tu abogado para responder al requerimiento de forma categórica y a la vez analizar, las opciones disponibles.

Un saludo

Federico Silva Ortiz

SILVA ORTIZ Abogados
21/02/2011 11:05
muchas gracias otra vez Sr. Silva.

No respondo con ningun bien mio, ni tampoco he avalado personalmente, la sociedad tiene terrenos que tiene que pagar, prestamos y aplazamientos, hasta hace dos años pagaba mi parte proporcional, pero despues de meter bastante dinero y no dejarme ver las cuentas, hacer una ampliacion de capital de 1.200.000,0 Euros para reducir mi porcentaje en la sociedad (la cual luego despues de aprobarla no han acudido), ofertas de terceras sociedad a la baja por los terrenos en las que luego me entero que es socio el adminitrador, etc...
creo que me quiere hacer responsable de las deudas que tiene frente a terceros, o igual eso es lo que quiere vender a esos terceros que igual por que no abono yo mi parte no puede pagarles.
gracias.
21/02/2011 11:22
No es que no puedas, sino que no debes.

Además, el dinero que has puesto como indicas (hasta hace 2 años) como no haya sido en una ampliación de capital, es un préstamo que le has hecho a la sociedad y consecuentemente es dinero que la sociedad te debe. Eres un acreedor de la sociedad aunque el tuyo es un crédito subordinado por ser socio de la misma.

Necesitas asesoramiento.

Un saludo

Federico Silva Ortiz

SILVA ORTIZ Abogados
21/02/2011 11:43
gracias Sr. Silva otra vez mas.

Tengo abogado, pero no le claro, aparte tengo pedidas auditorias de cuatro años contando el 2.010 en el Registro Mercantil, no dejan entrar a los auditores, y tienen imspeccion de Tributos de Hacienda de León a la que no hacen caso omiso a los requerimientos (me imagino que para no presentar las facturas que tienen), se que han sacado dinero de la sociedad con facturas, etcc.

Mi abogado me comenta que no es tan facil todo, pero yo creo que esto es un atropello bestial.

Estoy pensando en cambiar abogado, lo malo que en León igual no hay profesionales que quieran meterse en este asunto.

un saludo.
21/02/2011 11:48
Corwen:

Independientemente de que sea fácil o difícil, la ley es una y consecuentemente nadie puede exigirte que te hagas cargo de deudas de la sociedad.

Necesitas un abogado especializado en D. Mercantil y si el tuyo no lo está o no te convence del todo, quizás deberías mirar otro.

Un saludo

Federico Silva Ortiz

SILVA ORTIZ Abogados
www.silvaortizabogados.com
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aportaciones de los socios

7 Comentarios
 
Aportaciones de los socios
15/02/2011 11:42
Tengo otra duda para los expertos, si uno es socio de una sociedad con un porcentaje del 30,00 por ciento, pero no es administrador, y la sociedad tiene deudas con clientes y acreedores, le puede exigir el administrador que se haga cargo de las deudas y que explique por que no pone dinero para pagarlas.
Entiendo que el administrador tendra que pedir un prestamo, aplazamiento o lo que sea, pero que los socios no tienen por que responder con nada.
15/02/2011 17:58
Corwen:

Los socios no responden por deudas de la sociedad. Es la regla general. Si la sociedad se encuentra descapitalizada o en situación de insolvencia, el administrador deberá tomar las medidas necesarias entre ellas convocar Junta para ampliar capital (que no tendrá obligación de aportar), acordar la disolución de la sociedad, la solicitud de concurso etc.

Lo importante es que tenga presente que, como socio, no responde de la deudas de la sociedad.

Federico Silva

SILVA ORTIZ Abogados
21/02/2011 09:37
muchas gracias Sr. Silva.
Soy socio de una sociedad con el porcentaje del 30,00 por ciento, y el administrador me ha enviado un requerimiento notarial diciendome que si no pago los gastos que tiene la sociedades en mi parte proporcional (deudas, hipotecas, etc..), que tendré que responder yo personalmente ante los clientes y acreedores de la sociedad.
Por supuesto que nos llevamos mal, no deja entrar a los auditores desde el 2.007, esta es la cuarta auditoria que he pedido, como comprendera yo no voy a meter ningun dinero en una sociedad asi.
21/02/2011 10:51
Corwen:

No importa lo que diga el Administrador en el requerimiento, tu no eres responsable por las deudas de la sociedad ni tu patrimonio privativo puede quedar afecto por éstas, excepto si algún crédito que haya recibido la sociedad (hipoteca etc) esté avalado con algún bien privativo tuyo en cuyo caso podrá quedar afecto pero como consecuencia del aval, no de tu condición de socio.

El motivo de éste requerimiento no debe ser otro que la intención del Administrador de minimizar su riesgo/exposición pues los administradores SI pueden llegar a tener que responder con su patrimonio de las deudas de la sociedad.

Te sugiero acudir de inmediato a tu abogado para responder al requerimiento de forma categórica y a la vez analizar, las opciones disponibles.

Un saludo

Federico Silva Ortiz

SILVA ORTIZ Abogados
21/02/2011 11:05
muchas gracias otra vez Sr. Silva.

No respondo con ningun bien mio, ni tampoco he avalado personalmente, la sociedad tiene terrenos que tiene que pagar, prestamos y aplazamientos, hasta hace dos años pagaba mi parte proporcional, pero despues de meter bastante dinero y no dejarme ver las cuentas, hacer una ampliacion de capital de 1.200.000,0 Euros para reducir mi porcentaje en la sociedad (la cual luego despues de aprobarla no han acudido), ofertas de terceras sociedad a la baja por los terrenos en las que luego me entero que es socio el adminitrador, etc...
creo que me quiere hacer responsable de las deudas que tiene frente a terceros, o igual eso es lo que quiere vender a esos terceros que igual por que no abono yo mi parte no puede pagarles.
gracias.
21/02/2011 11:22
No es que no puedas, sino que no debes.

Además, el dinero que has puesto como indicas (hasta hace 2 años) como no haya sido en una ampliación de capital, es un préstamo que le has hecho a la sociedad y consecuentemente es dinero que la sociedad te debe. Eres un acreedor de la sociedad aunque el tuyo es un crédito subordinado por ser socio de la misma.

Necesitas asesoramiento.

Un saludo

Federico Silva Ortiz

SILVA ORTIZ Abogados
21/02/2011 11:43
gracias Sr. Silva otra vez mas.

Tengo abogado, pero no le claro, aparte tengo pedidas auditorias de cuatro años contando el 2.010 en el Registro Mercantil, no dejan entrar a los auditores, y tienen imspeccion de Tributos de Hacienda de León a la que no hacen caso omiso a los requerimientos (me imagino que para no presentar las facturas que tienen), se que han sacado dinero de la sociedad con facturas, etcc.

Mi abogado me comenta que no es tan facil todo, pero yo creo que esto es un atropello bestial.

Estoy pensando en cambiar abogado, lo malo que en León igual no hay profesionales que quieran meterse en este asunto.

un saludo.
21/02/2011 11:48
Corwen:

Independientemente de que sea fácil o difícil, la ley es una y consecuentemente nadie puede exigirte que te hagas cargo de deudas de la sociedad.

Necesitas un abogado especializado en D. Mercantil y si el tuyo no lo está o no te convence del todo, quizás deberías mirar otro.

Un saludo

Federico Silva Ortiz

SILVA ORTIZ Abogados
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