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apremio

1 Comentarios
 
Apremio
13/12/2005 20:02
buenas tardes,

Queria saber si alguien me podría dar su opinión respecto a un caso.
Hace unos días me dirigí al departamento de sanciones de mi ayuntamiento para abonar una multa de tráfico. Cual es mi sorpresa cuando me exponen que a mi nombre hay un procedimiento en fase de apremio, del cual yo no he tenido noticia, derivado de una multa por apertura de un bar fuera del horario permitido. Les explico que hace más de un año que ya no regento dicho bar y me dicen que les da igual, que mi nombre sigue como titular de la licencia de apertura ( aunque me di de baja en Hacienda en dicha actividad) y que por ello soy responsable de las sanciones del local. Además se me tiene por notificada porque, aunque yo no hay recibido carta alguna, se lo notificaron a la persona que "trabajaba" en el local en el momento de la infracción "que puede ser un empleado mío". mi pregunta es: esto es correcto? soy yo responsable de una actividad que ya no ejerzo? aunque me diera de baja en IAE?.
Por otra parte, al intentar corroborar el apremio en el departamento de recaudación me comentan que no consta ningún procedimiento de apremio a mi nombre.
Gracias.
14/12/2005 09:10
Pues busque usted el recibo conforme se dió de baja y vuelva al ayuntamiento. Si le vuelven a decir que tiene un apremio, pida que se lo hagan constar por escrito. Una vez que lo tenga, notifique a ese ayuntamiento que sus datos no son correctos adjuntando la copia del resguardo de baja (con los documentos que sean pertinentes) y preséntelo. Espere a ver qué le dicen. Si lo que dice es correcto, archivarán el procedimiento. Si no lo es seguirá el expediente su camino (procederán a embargo, ..)
Desde luego si se dió de baja en el IAE no tiene responsabilidad alguna en la actividad que posteriormente se realice en ese local de negocio, pero siempre que pueda acreditar documentalmente que realizó los trámites correspondientes de baja.
Al margen, es aconsejable que siempre que acuda a una dependencia oficial y le comuniquen "algo" de esa enjundia pida usted que se lo hagan constar por escrito pues luego las palabras se las lleva el viento y a efectos de prueba equivalen a ese viento fresco.
Yo procedería así. Usted, por supuesto, es libre de hacer lo que desee. Pero lo que haga, que sea rápido porque el embargo está cercano.
apremio | PorticoLegal
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13/12/2005 20:02
buenas tardes,

Queria saber si alguien me podría dar su opinión respecto a un caso.
Hace unos días me dirigí al departamento de sanciones de mi ayuntamiento para abonar una multa de tráfico. Cual es mi sorpresa cuando me exponen que a mi nombre hay un procedimiento en fase de apremio, del cual yo no he tenido noticia, derivado de una multa por apertura de un bar fuera del horario permitido. Les explico que hace más de un año que ya no regento dicho bar y me dicen que les da igual, que mi nombre sigue como titular de la licencia de apertura ( aunque me di de baja en Hacienda en dicha actividad) y que por ello soy responsable de las sanciones del local. Además se me tiene por notificada porque, aunque yo no hay recibido carta alguna, se lo notificaron a la persona que "trabajaba" en el local en el momento de la infracción "que puede ser un empleado mío". mi pregunta es: esto es correcto? soy yo responsable de una actividad que ya no ejerzo? aunque me diera de baja en IAE?.
Por otra parte, al intentar corroborar el apremio en el departamento de recaudación me comentan que no consta ningún procedimiento de apremio a mi nombre.
Gracias.
14/12/2005 09:10
Pues busque usted el recibo conforme se dió de baja y vuelva al ayuntamiento. Si le vuelven a decir que tiene un apremio, pida que se lo hagan constar por escrito. Una vez que lo tenga, notifique a ese ayuntamiento que sus datos no son correctos adjuntando la copia del resguardo de baja (con los documentos que sean pertinentes) y preséntelo. Espere a ver qué le dicen. Si lo que dice es correcto, archivarán el procedimiento. Si no lo es seguirá el expediente su camino (procederán a embargo, ..)
Desde luego si se dió de baja en el IAE no tiene responsabilidad alguna en la actividad que posteriormente se realice en ese local de negocio, pero siempre que pueda acreditar documentalmente que realizó los trámites correspondientes de baja.
Al margen, es aconsejable que siempre que acuda a una dependencia oficial y le comuniquen "algo" de esa enjundia pida usted que se lo hagan constar por escrito pues luego las palabras se las lleva el viento y a efectos de prueba equivalen a ese viento fresco.
Yo procedería así. Usted, por supuesto, es libre de hacer lo que desee. Pero lo que haga, que sea rápido porque el embargo está cercano.