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aprovechamiento y estudio de detalle

2 Comentarios
 
Aprovechamiento y estudio de detalle
07/06/2005 22:23
sobre un solar en el que el plan parcial dice que van 224 viviendas y nada mas, se hace posteriormente un estudio de detalle que permite construir a parte de la finca de 224 viviendas otra de oficinas. Segun la LRAU los estudios de detalle no pueden modificar el aprovechamiento del suelo. Es esto lo que esta ocurriendo aqui? si es asi que se puede hacer contra el ayuntamiento?
gracias
08/06/2005 18:32
El aprovechamiento no está variando, sino que lo que varía es el uso del suelo, no obastante un estudio de detalle, no se en la legislacion valenciana, pero si en la mia, nada mas que sirve para señalar alineaciones y rasantes, nada mas
08/06/2005 21:50
urban... en los términos que se plantea la cuestión el aprovechamiento SI QUE VARIA. Además los ED no sólo sirven para lo que dices sino -conforme al RPU de aplicación supletoria o directa según la Comunidad Autónoma-, sirve para:

a) Señalar alineaciones y rasantes. E RPU añade la posibilidad de que el establecimiento de alineaciones y rasantes se haga “....completando las que ya estuvieren señaladas en el suelo urbano por el Plan general, normas complementarias y subsidiarias de planeamiento o proyecto de delimitación de suelo urbano, en las condiciones que estos documentos de ordenación fijen, y reajustar y adaptar las alineaciones y rasantes previstas en los instrumentos de ordenación citados, de acuerdo igualmente con las condiciones que al respecto fijen”.

b) La ordenación de volúmenes de acuerdo con las especificaciones del plan que desarrolla.

c) Completar la red de comunicaciones deinida en el plan que contempla (art. 65.1.c) RPU).

En el presente caso creo que estamos en el supuesto b). Se delimita un ámbito del plan parcial que incluye la finca donde inicialmente se ubicaban las oficinas y se relocalizan en otra finca. En otro caso el ED es disconforme con el planeamiento que le precede.
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Aprovechamiento y estudio de detalle
07/06/2005 22:23
sobre un solar en el que el plan parcial dice que van 224 viviendas y nada mas, se hace posteriormente un estudio de detalle que permite construir a parte de la finca de 224 viviendas otra de oficinas. Segun la LRAU los estudios de detalle no pueden modificar el aprovechamiento del suelo. Es esto lo que esta ocurriendo aqui? si es asi que se puede hacer contra el ayuntamiento?
gracias
08/06/2005 18:32
El aprovechamiento no está variando, sino que lo que varía es el uso del suelo, no obastante un estudio de detalle, no se en la legislacion valenciana, pero si en la mia, nada mas que sirve para señalar alineaciones y rasantes, nada mas
08/06/2005 21:50
urban... en los términos que se plantea la cuestión el aprovechamiento SI QUE VARIA. Además los ED no sólo sirven para lo que dices sino -conforme al RPU de aplicación supletoria o directa según la Comunidad Autónoma-, sirve para:

a) Señalar alineaciones y rasantes. E RPU añade la posibilidad de que el establecimiento de alineaciones y rasantes se haga “....completando las que ya estuvieren señaladas en el suelo urbano por el Plan general, normas complementarias y subsidiarias de planeamiento o proyecto de delimitación de suelo urbano, en las condiciones que estos documentos de ordenación fijen, y reajustar y adaptar las alineaciones y rasantes previstas en los instrumentos de ordenación citados, de acuerdo igualmente con las condiciones que al respecto fijen”.

b) La ordenación de volúmenes de acuerdo con las especificaciones del plan que desarrolla.

c) Completar la red de comunicaciones deinida en el plan que contempla (art. 65.1.c) RPU).

En el presente caso creo que estamos en el supuesto b). Se delimita un ámbito del plan parcial que incluye la finca donde inicialmente se ubicaban las oficinas y se relocalizan en otra finca. En otro caso el ED es disconforme con el planeamiento que le precede.