Es que no entiendo, si se celebro la vista del juicio, no se porque el juez no dicto una sentencia, condenatoria o absolutoria ... Se acuerda el archivo provisional cuando se ve indicio de infracción penal y no se tienen pruebas contra alguna persona en concreto, porque si no existe infracción, lo que se acuerda el archivo definitivo. Pero estos dos ultimos supuestos de archivo, se acuerdan antes de celebrar juicio contra alguien, si no, lo que dicta el juez es una sentencia.
En cuanto si lo provisional se convierte el definitivo con el tiempo, pues se supone que si, que no se podria reabrir unas diligencias contra alguien si han sido archivadas por sobreseimiento provisional si ha transcurrido el termino de prescripción del delito pero el juzgado no va cambiando de provisional a definitivos las diligencias cuando transcurre el tiempo correspondiente.
En un juzgado de capital se instruyen mas de 5.000 diligencias y la mayor parte de archivan provisionalmente, se reabren las que con posterioridad pues se conoce el autor de los hechos etc... si no, quedan en el archivo sin tocar.
En cuanto al caso que dices de un juez que condeno a alguien sin pruebas, no es coherente lo que dices, si lo condenó por violación, es un juzgado de lo penal, no puede ser el mismo juzgado que archivo las diligencias que narras con anterioridad y que son objeto de este debate.
Será cierto que se condeno a alguien por violación, pero la audiencia habra dictado en apelación sentencia absolutoria, si no, no puede ser cierto.
se celebró Vista y el denunciado presentó una serie de pertenencias personales como un cd con las fotos sacadas ese día en la Iglesia y una invitación para la 1ª Comunión que se celebró el día deAutos y el Juez a la vista de lo presentado previa verificación decidió el Archivo y Sobreseimiento Provisional, LA PARTE DENNCIANTE NO APORTÓ NINGUNA PRUEBA, NI DOCUMENTAL NI TESTIFICAL ....???
El denunciado expresó su intención de recurrir para conseguir el "Definitivo" pero su abogado de entonces se la jugó, dejó pasar el plazo alegremente, ahora el denunciado va a emprender acciones legales contra ese abogado por deslealtad profesional y posible "pacto subterráneo" con ese Juez,
¿Sabés si lo Provisional se convierte en Definitivo con el tiempo, ¿qué plazo?
Por cierto, ¿habéis leído en la prensa de hace 5 días?
Ese mismo Juez condenó sin pruebas a un hombre acusado de violación, la Audiencia Provincial ha decretado la libertad inmediata de ese hombre que fue condenado sin pruebas y habiendo aportado hasta 5 testigos a favor. SIN COMENTARIOS.
Dices que se celebró vista? vista de juicio .. y que pasó?
Un sobreseimiento provisional no pasará a definitivo a menos que se dicte un auto de prescripción de los hechos denunciados o de la investigación se acredite que los hechos no constituyen infracción penal y tendra que ser el denunciado quien lo solicite al Juzgado.
Los archivos de los tribunales estan llenos de diligencias con sobreseimientos provisionales.
El Juzgado de oficio no va a dictar el archivo definitivo seguro.
la denuncia es cuestión fue interpuesta por "sacar fotos en una iglesia" según manifestó el denunciante, el cual no aportó ninguna prueba ni docuemtnal ni testifical y fue admitida a trámite por un "buen juez" en el plazo de 2 días (como corresponde a un delito de sangre)
El denunciado no pudo apelar ese "Provisional"porque su abogado le "vendió, literalmente, y ahora le gustaría (ya está) emprender acciones legales contra el denunciante por "denuncia falsa"
La vista por esa denuncia se celebró en Julio de 2007, ¿cuánto plazo se establece para "Definitivo"?
Debería saber por qué delito le han denunciado para poderle decir su plazo de prescripción. A falta de más información lo único que puedo decirle es que el Juez habrá dictado Auto de archivo provisional por entender que no existe prueba o indicio suficiente que acredite que usted . -o quien fuera denunciado- cometió el delito por el que fue denunciado, y esto significa que mientras no haya pasado el plazo de prescripción del delito del que le acusa el denunciante, este podrá presentar nueva prueba que acredite que efectivamente usted cometió este delito.