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arreglo daños

4 Comentarios
 
Arreglo daños
11/12/2003 12:17
Estos días pasados con las lluvias se me ha mojado los techos ya que vivo en la última planta con una azotea visitable para tendederos, el presidente de la Comunidad lo ha comprobado y lo van a reparar los techos. Pero como consecuencias de que me entraba aguas he padecido muchos cortes de luz por producierse cortos,unos de ellos me ha averiado el televisor, y del agua que entraba por el techo que llegaba a los marcos de una puerta ésta se ha inchado y no puedo cerrarla. Todo esto lo he puesto en conocimiento al presidente de la comunidad y éste me contesta que el televisor tal vez me lo arreglen pero que de la puerta y pintar los techos de eso ya hablaran. Yo les he dicho que si no me reparan esos daños los tendré que denunciar. MI pregunta es, ¿hago bien con denunciar a la comunidad al juzgado?, de ser así, ¿que seguimiento debo de hacer para esa denuncia?.
Ruego me informe ya que urge.Gracias de antemano
11/12/2003 21:05
Si la comunidad, no le abona los daños ocasionados por el mal mantenimiento de las azoteas, denuncielos.
Para hacer una denuncia, para reclamar los daños ocasionados necesita un abogado. Busquese uno
Pero antes de ello de parte a su seguro,¿si lo tiene?
O al de la comunidad, seguramente se arreglaran entre ellos el asunto
15/12/2003 10:30
Gracias Justa por tu respuesta.
Pero mi seguro no me cubre los daños ocasionados como consecuencia de origenes de bienes comunes,y el seguro de la comunidad no los cubrirá me imagino porque sino el presidente lo habría puesto en conocimiento del mismo.
¿Puedo pedir un abogado de oficio (gratuito) para este caso?¿conviene ir a la policia local para dar parte de denuncia?
Feliz año 2004 y que los reyes nos traigan "chalettes o casas sin vecinos colindantes"
22/12/2003 08:43
Os agradecería que me indicases los articulos de la legislación vigente donde con los que puedo apoyar una pretensión idéntica a la formulada por Juan Sánchez. Gracias
23/12/2003 18:39
art. 10.1
vete a www.valcap.es "nuevo Leyes "y ahi tienes la Ley de Propiedad Horizontal, pero ten en cuenta que los articulso 10, 11 y 17 se modifican y esto lo encuentas en Legislacion, urbanas
arreglo daños | PorticoLegal
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Arreglo daños
11/12/2003 12:17
Estos días pasados con las lluvias se me ha mojado los techos ya que vivo en la última planta con una azotea visitable para tendederos, el presidente de la Comunidad lo ha comprobado y lo van a reparar los techos. Pero como consecuencias de que me entraba aguas he padecido muchos cortes de luz por producierse cortos,unos de ellos me ha averiado el televisor, y del agua que entraba por el techo que llegaba a los marcos de una puerta ésta se ha inchado y no puedo cerrarla. Todo esto lo he puesto en conocimiento al presidente de la comunidad y éste me contesta que el televisor tal vez me lo arreglen pero que de la puerta y pintar los techos de eso ya hablaran. Yo les he dicho que si no me reparan esos daños los tendré que denunciar. MI pregunta es, ¿hago bien con denunciar a la comunidad al juzgado?, de ser así, ¿que seguimiento debo de hacer para esa denuncia?.
Ruego me informe ya que urge.Gracias de antemano
11/12/2003 21:05
Si la comunidad, no le abona los daños ocasionados por el mal mantenimiento de las azoteas, denuncielos.
Para hacer una denuncia, para reclamar los daños ocasionados necesita un abogado. Busquese uno
Pero antes de ello de parte a su seguro,¿si lo tiene?
O al de la comunidad, seguramente se arreglaran entre ellos el asunto
15/12/2003 10:30
Gracias Justa por tu respuesta.
Pero mi seguro no me cubre los daños ocasionados como consecuencia de origenes de bienes comunes,y el seguro de la comunidad no los cubrirá me imagino porque sino el presidente lo habría puesto en conocimiento del mismo.
¿Puedo pedir un abogado de oficio (gratuito) para este caso?¿conviene ir a la policia local para dar parte de denuncia?
Feliz año 2004 y que los reyes nos traigan "chalettes o casas sin vecinos colindantes"
22/12/2003 08:43
Os agradecería que me indicases los articulos de la legislación vigente donde con los que puedo apoyar una pretensión idéntica a la formulada por Juan Sánchez. Gracias
23/12/2003 18:39
art. 10.1
vete a www.valcap.es "nuevo Leyes "y ahi tienes la Ley de Propiedad Horizontal, pero ten en cuenta que los articulso 10, 11 y 17 se modifican y esto lo encuentas en Legislacion, urbanas