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Arrendamiento de vivienda y su uso como vivienda habitual

2 Comentarios
 
Arrendamiento de vivienda y su uso como vivienda habitual
11/11/2005 21:53
Hola,
Estoy a punto de arrendar (yo soy el arrendatario) un piso en un edificio que por normativa municipal todos los inmuebles están declarado como locales comerciales. Yo voy a utilizarlo como vivienda y me gustaría saber que implicaciones legales puede tener.
El contrato de arrendamiento es para uso distinto al de vivienda habitual (OFICINA), y el arrendador me repercutirá el 16% de IVA. Por lo que aparentemente todo es legal a nivel del arrendador. Pero en mi caso:
- Es necesario realmente que yo ejerza una 'actividad' y me de de alta como autonomo? Esto supondria además una retencion de IRPF.
- Si vivo en él sin más, en caso de que se produjera algún tipo de inspección que podría suceder? Ya que el arrendador diría que me lo
ha alquilado como oficina.
- En caso que quiera contratar un seguro multirriesgo para el piso, este deberá ser de hogar o de oficina?
Ya veis que tengo muchas dudas. Agradecería mucho que alguien me echara un cable.
Muchas gracias.
12/11/2005 14:22
5Estrellas (y demás nicks que usais) os debería dar vergúenza, sois patéticos.
12/11/2005 19:23
Alquila como oficina.
Para disponer de una oficina no es necesario darse de alta en actividad alguna, ni para un local
Son usos privados.
Lo que haga en su oficina no es cuenta de nadie salvo que perjudique, y el único que puede decir algo es el arrendador.
El iva es un impuesto indirecto de consumo.
No tiene que ver con el IRPF.
Arrendamiento de vivienda y su uso como vivienda habitual | PorticoLegal
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Arrendamiento de vivienda y su uso como vivienda habitual

2 Comentarios
 
Arrendamiento de vivienda y su uso como vivienda habitual
11/11/2005 21:53
Hola,
Estoy a punto de arrendar (yo soy el arrendatario) un piso en un edificio que por normativa municipal todos los inmuebles están declarado como locales comerciales. Yo voy a utilizarlo como vivienda y me gustaría saber que implicaciones legales puede tener.
El contrato de arrendamiento es para uso distinto al de vivienda habitual (OFICINA), y el arrendador me repercutirá el 16% de IVA. Por lo que aparentemente todo es legal a nivel del arrendador. Pero en mi caso:
- Es necesario realmente que yo ejerza una 'actividad' y me de de alta como autonomo? Esto supondria además una retencion de IRPF.
- Si vivo en él sin más, en caso de que se produjera algún tipo de inspección que podría suceder? Ya que el arrendador diría que me lo
ha alquilado como oficina.
- En caso que quiera contratar un seguro multirriesgo para el piso, este deberá ser de hogar o de oficina?
Ya veis que tengo muchas dudas. Agradecería mucho que alguien me echara un cable.
Muchas gracias.
12/11/2005 14:22
5Estrellas (y demás nicks que usais) os debería dar vergúenza, sois patéticos.
12/11/2005 19:23
Alquila como oficina.
Para disponer de una oficina no es necesario darse de alta en actividad alguna, ni para un local
Son usos privados.
Lo que haga en su oficina no es cuenta de nadie salvo que perjudique, y el único que puede decir algo es el arrendador.
El iva es un impuesto indirecto de consumo.
No tiene que ver con el IRPF.