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arrendamiento: la dueña necesita la vivienda para ella

12 Comentarios
 
Arrendamiento: la dueña necesita la vivienda para ella
13/11/2012 19:05
en junio de 20011 formalizo contrato de alquiler, con duracion de cinco años, pero hoy recibo llamada de la dueña que se va a separar y necesita la vivienda para ella. que derechos tengo???tengo que dejarle libre la vivienda por la de buenas o tendria que esperar hasta junio que vence este segundo año? gracias.
perfil Jan
13/11/2012 19:43
Hola belenn. Le sugiero la lectura - copie y pegue la siguiente dirección en su navegador - del siguiente enlace:

http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm

Reciba un cordial saludo.

http://letradosalquileres.es.tl
13/11/2012 20:55
mi duda es si ella tiene el derecho de recuperar su vivienda ahora, ya que mi contrato esta vigente por cinco años y acabo de hacer la renovacion en junio de 2012,y no hay ninguna cláusula en el contrato al respecto por necesidad del arredandor. yo solo quiero tener claros mis derechos, es una vivienda en la que estoy muy agusto y no contaba con algo asi para nada. muchas gracias.
14/11/2012 09:40
Si no estaba previsto en el contrato, tendría que instar el correspondiente procedimiento y demostrar que la necesidad es real.

Motta&L Abogado
14/11/2012 21:33
muchas gracias por responderme. ella si puede demostrar que la necesidad es real, pero no me queda claro como funciona el instar el correspondiente procedimiento, en que consiste, que pasos seguiria este procedimiento. gracias de antemano por resolver estas pequeñas dudas legales que se le plantean al ciudadano de a pie.
15/11/2012 12:01
Ella ya ha intentado con su comunicación que usted acceda a desocupar la vivienda. Salvo que usted tenga conocimiento exacto de la veracidad de tal hecho y, además, de que tal separación suponga la necesidad de esa vivienda y acceda voluntariamente a ello, lo cierto es que si usted decide continuar en la vivienda hasta cumplir los cinco años que permite la Ley y la arrendadora sigue manteniendo su necesidad de la vivienda, lo que debe hacer (ella; no usted) es instar un procedimiento judicial por tal motivo, debiendo probar entonces ante el Juzgado las causas de esa necesidad y usted rebatirlas.

Motta&L Abogado
15/11/2012 22:55
muchisimas gracias.
10/12/2012 15:37
Buenas tardes,

Estoy en un caso similar. El dueño de mi piso dice que quiere irse a vivir con su novia al mismo... el 31 de enero cumplo 3 años en el piso. Me fastidia bastante ya que si llego a saber la posibilidad de que esto ocurra yo no lo hubiera alquilado (en el contrato no hay ninguna cláusula al respecto) ni me hubiera gastado dinero en pintarlo, vestir los armarios empotrados y hacer una mudanza que me costó un dinero que ahora no tengo (con lo que me va a tocar hacer la mudanza tirando de amigos y alquiler de furgonetas o vete a saber). A pesar de que no ponía nada le dije que yo no quería quedarme a las bravas en el piso y que buscaría uno pero a mi gusto. El caso es que no hace más que acosarme y llamarme continuamente, incluso su padre se ha presentado en mi casa a "ofrecerme" un piso que él tiene pero que yo no deseo alquilar porque no me gusta (está muy viejo). Hoy ya me h amenazado con que ha ido a un abogado y dice que el abogado le ha dicho que me mande un burofax rescindiendo el contrato para el 31 de enero de forma unilateral, así que con bastante sorna y casi riéndose me ha dicho que como mucho puedo quedarme hasta el 31 porque luego me "larga"... sinceramente, estoy por la labor de irme porque paso de estar en esta situación, pero ¿tiene él derecho a lo que le ha dicho el abogado o yo podría si me emperrase quedarme hasta completar los 5 años?

Muchas gracias!
10/12/2012 16:54
Si, tal y como dices, en el contrato no hay reserva de uso del propietario, puedes quedarte hasta cumplir los 5 años.
Lo que diga el abogado, ni caso, es para meter miedo.
Ahora bien, si lo que quieres es no tener malos rollos y vivir en paz, vete buscando otra cosa, pero con toda la tranquilidad del mundo, sin prisas, hasta que encuentres algo que te guste.
Otra posibilidad es pedirle que te compense por dejarle el piso, pagandote la mudanza y los gastos de pintura y armarios, por ejemplo.
10/12/2012 21:44
no, no hay ninguna cláusula de reserva de uso, pero él jura y perjura que puede rescindirlo en el cumpleaños del contrato unilateralmente.

No me apetece quedarme con esta situación, lo paso fatal, pero me da rabia que se me ponga chulo... hoy me ha llamado el padre del dueño del piso que tiene otro justo al lado, y dice que me lo deja por 100 euros menos que este y que me ayudan a hacer la mudanza... incluso le he dicho que el problema es que el suyo no tiene armarios empotrados y me ha dicho que me hace uno a mi gusto... ya no sé si es que me lo estoy tomando yo a mal o es que me están engatusando... pero no sé, lo que no quiero es tener que llegar a juicios ni rollos de esos porque quiero vivir tranquila y esas cosas me ponen de los nervios, no valgo... y encima no tengo ahora posibilidad económicamente de contratar un abogado o lo que sea, con lo que voy a ciegas...

Muchisimas gracias por responderme. Un saludo.
10/12/2012 21:46
Por cierto... se me olvidaba decir que yo he visto un piso que me gusta y me va bien, pero es de protección oficial. El dueño se traslada por trabajo a otra ciudad y me dijo que siendo traslado por causas laborales puede pedir una especie de permiso para poder alquilarlo... ¿esto es posible o me está vendiendo una moto? yo quiero un contrato legal, no papel mojado y si no puede alquilarlo...

Gracias de nuevo!
11/12/2012 13:03
Usted puede agotar el plazo de cinco años en la vivienda; otra cosa es que, vista la situación, decida no hacerlo. Pero tenga en cuenta que, siendo cierto que el titular de una vivienda de protección oficial puede solicitar un permiso para poder alquilar, esto requiere una tramitación, que podrá demorarse unos meses.

De tal modo que lo que yo le aconsejaría es indicar a su actual arrendador que por el momento no se marcha e ir negociando con el propietario del piso que ha visto por si quiere tramitar la autorización. Eso sí, le interesaría que el propietario del actual le notificara formalmente esa necesidad para que, en caso de que usted se marche, no pueda reclamarle las rentas por el período que le reste, en su caso, por cumplir de la anualidad.


Motta&L Abogado
17/12/2012 12:32
Muchisimas gracias por las respuestas! muy útiles!