Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

arrendamiento loft

0 Comentarios
 
Arrendamiento loft
28/07/2010 14:46
Hola, soy antigua en esto de los lofts, poseo 1 local escriturado como local!....Desde hace más de quince años. Al principio lo usaba solo privadamente como taller de pintura (de cuadros), me lo fui arreglando, hice un baño y una minicocina... Tenía mi vivienda, pero a veces me quedaba a dormir. Por las circunstancias, incluso una temporada estuve viviendo ahí. Los vecinos encantados, lo que les molestaria es que se usara como local o taller... están contentos con que se use de vivienda; a partir de dejarlo y no necesitar ese espacio para pintar, lo fuí alquilando a personas que han hecho de ese local su residencia temporal.

Mirado por el derecho y por el revés y por las costuras, no tengo manera de que me concedan la cédula de habitabilidad porque no cumple.

No cumple para la administración, pero ha cumplido para mí y para otras personas a las que se lo he alquilado y, conociendo las restricciones de no poder empadronarse, seg.soc., etc., les parece de perlas por el espacio, que es bonito y amplio y cumple con sus necesidades.

Por lo que por muy ilegal que sea no acabo de entender que no pueda seguir alquilando ese local (no digo que no sea un local), liquidando IVA por ser local y si el inquilino se quiere quedar a dormir, de hecho, si lo hace su residencia habitual aunque no sea administrativamente, no veo porque no lo puedo hacer. Las personas que viven ahí se benefician de un mejor precio por un lugar bonito y yo me beneficio de clientela existente en al realidad.

Mi pregunta concreta es:

A que responsabilidades legales concretas nos exponemos, el inquilino que lo ha arrendado y yo como arrendadora (arriendo de local comercial-estudio y liquido iva), cuando digamos que todos estamos conformes, incluso los vecinos de la escalera, y sólo falla la administración?

Con qué pueden penalizar?Multas? Que más? Este loft está situado en Barcelona, y por tanto sujeto a sus normativas urbanísticas.

El inquilino,que puede decir, si se rebota conmigo, pero ha firmado un contrato de local comercial, puede realmente denunciarme porque de palabra (y de corazón) le he autorizado a vivir ahí por un tiempo? ¿cuales son los riesgos concretos a que nos exponemos? Me refiero a accidentes, compañias de seguros si hay alguna desgracia, etc. Porque lo tengo asegurado como local comercial. Que tipo de riesgos no cubririan por ese uso distinto del contratado?

Resumiendo:

1.-Un inquilino que me ha arrendado segun contrato un local comercial por el cual se liquida iva me puede luego denunciar porque en realidad lo usa como vivienda con mi consentimiento? Porque me parece un poco macarrónico que acepte alquilar un local comercial con todas sus restricciones y luego se queje por eso mismo.

2.- Que sanciones pueden haber por parte de la Administración por que se resida en un local comercial?

3.- En cuanto a que sucediera una desgracia, un accidente, con daño a personas, me imagino que la compañia de seguros si conoce que ahí dormía alguien se desentiende totalmente.

Bueno, espero que alguien diga algo, casi me parece que la parte más débil está en la aseguradora, me gustaria conocer opiniones profesionales. El caso es que tengo un loft muy xulo que si no me arriesgo algo me lo voy a comer con patatas, porque con el estado de la economía alquilar un pequeño local interior apto para artistas, artesanos o autónomos, en un barrio, lo veo muy muy dificil.

Saludos a todos, gracias de antemano.