Hola: Tengo un asunto en el que mi cliente es arrendador de un local de negocio, siendo los arrendatarios tres personas físicas, siendo responsables solidarios del pago de la renta. El contrato de alquiler tiene una duración anual renovable tácitamente hasta los cinco años. Existe la posibilidad de no renovar con un preaviso de dos meses de antelación. La pregunta es: Uno de los arrendatarios no quiere renovar el contrato y le ha notificado su deseo de no seguir con el arrendamiento dentro del plazo de preaviso contractual. El resto de arrendatarios quieren seguir con el negocio. ¿Se tendría que hacer otro contrato de arrendamiento o por el contrario seguiría vigente el mismo para los arrendatarios que continuasen? ¿Se le podría reclamar la parte al arrendatario que ha decidido no seguir con el contrato en caso de impago, al ser deudor solidario del contrato?