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Arrendamiento Renta antigua

5 Comentarios
 
Arrendamiento renta antigua
05/10/2007 14:51
Hola a todos, me gustaría saber cómo repercutir en un arrendamiento de renta antigüa la actualización de la misma: ¿toda la actualización de golpe o según alguna escala?
05/10/2007 18:09
DEberás atenerte a los términos del contrato de arrendamiento.
07/10/2007 12:05
hola , gracias por tu respuesta, pero es que en el contrato no se menciona nada al respecto.
08/10/2007 13:36
Si en tu contrato no se preveía la actualización de la renta, no hay manera de poder exigir esa actualización.

Tendrás que negociar con los arrendatarios y, en último caso, echar un vistazo a las causas de resolución de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
08/10/2007 14:13
Hola sherpa, gracias por tus comentarios. Aun así entiendo que si en la Disp.Transitoria 2ª de la LAU'94, en su apartado d) se dispone que "la renta pordrá ser actualizada a instancia del arrendador previo requerimiento..." pues podré hacerlo, la duda es si la puedo repercutir de golpe o según las escalas de dicha disposición transitoria. Gracias.
08/10/2007 18:52
Efectivamente, la D. T. 2ª dice literalmente "podrá".

Te recomiendo que repases la D.T. 2ª en su integridad, atendiendo especialmente al apartado referente a los ingresos totales del arrendatario. Este apartado puede impedirte llevar acabo la actualización, como ocurre en un 95% de los casos.
Arrendamiento Renta antigua | PorticoLegal
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Arrendamiento renta antigua
05/10/2007 14:51
Hola a todos, me gustaría saber cómo repercutir en un arrendamiento de renta antigüa la actualización de la misma: ¿toda la actualización de golpe o según alguna escala?
05/10/2007 18:09
DEberás atenerte a los términos del contrato de arrendamiento.
07/10/2007 12:05
hola , gracias por tu respuesta, pero es que en el contrato no se menciona nada al respecto.
08/10/2007 13:36
Si en tu contrato no se preveía la actualización de la renta, no hay manera de poder exigir esa actualización.

Tendrás que negociar con los arrendatarios y, en último caso, echar un vistazo a las causas de resolución de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
08/10/2007 14:13
Hola sherpa, gracias por tus comentarios. Aun así entiendo que si en la Disp.Transitoria 2ª de la LAU'94, en su apartado d) se dispone que "la renta pordrá ser actualizada a instancia del arrendador previo requerimiento..." pues podré hacerlo, la duda es si la puedo repercutir de golpe o según las escalas de dicha disposición transitoria. Gracias.
08/10/2007 18:52
Efectivamente, la D. T. 2ª dice literalmente "podrá".

Te recomiendo que repases la D.T. 2ª en su integridad, atendiendo especialmente al apartado referente a los ingresos totales del arrendatario. Este apartado puede impedirte llevar acabo la actualización, como ocurre en un 95% de los casos.