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arrendamientos urbanos

1 Comentarios
 
06/05/2004 14:50
O un arrendmaiento es de vivienda o es de uso distinto de vivienda, Si es de vivienda y como tal se puede acreditar, fraude de ley en el pacto, el contrato tendrá una duración de 5 años para el arrendador, y el arrendatario podrá cada vez que se cumpla el plazo de 11 meses dar por finalizado el contrato. En el caso de uso distinto de vivienda el contrato será de 11 meses sin posibilidad de prórroga, salvo acuerdo de las partes.
saludos.
Arrendamientos urbanos
06/05/2004 14:07
En los contratos de alquiler de vivienda por 11 meses ( con fecha exacta de terminación del mismo), considerados de uso distinto al de vivienda (aunque si lo sean), ¿ Que opciones tiene el inquilino para prorrogar ese contrato?.¿Que subida se aplicaría en caso afirmativo?.Gracias.