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Art. 41.2 RD 364/1995

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Art. 41.2 rd 364/1995
25/12/2007 23:25
Hola a todos.

Necesito ayuda urgente sobre este tema:

Soy funcionario del estado y he obtenido plaza por concurso en una comunidad autónoma. He sido publicado en el boletín de dicha autonomía en noviembre. Resulta que este concurso se convocó en abril y a fecha de fin de plazo de presentación de instancias cumplía todos los requisitos para participar, incluyendo el del art. 41.2 que se refiere al plazo de dos años en el último destino definitivo. Entre medias se resolvió a finales de julio otro concurso de mi departamento y me adjudicaron una plaza. Tomé posesión de ella a finales de dicho mes.

Ahora cuando intento cesar para tomar posesión en la comunidad autónoma me dicen que no puedo cesar porque no llevo dos años en mi último destino definitivo y es como si me anulasen mi participación válidamente efectuada en el otro, conforme al art. 41.1 de dicho reglamento.

Sabéis de algún caso similar al mío que haya llegado a tribunales y se haya ganado?. Que he de recurrir y cómo para garantizar mi derecho a tomar posesión en este concurso una vez que los tribunales me den la razón dentro de unos años? Lo digo porque esta plaza que no me van a dejar ocupar seguramente se la darán al siguiente de la lista y yo lo que recurro es la negativa a cesar de mi organismo.

En fin, la ayuda será muy bien recibida porque me han hecho polvo. El concurso implicaba volver a mi tierra.

Gracias.