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articulo 44 est. Trabajadores

8 Comentarios
 
Articulo 44 est. trabajadores
23/01/2015 23:02
mi pregunta es el articulo 44 de los estatutos de los trabajadores en su punto 4.4 cuando dice al final o entrada en vigor de otro convenio que resulte aplicable a la entidad economica trasmitida no se muy bien a que se refiere si alguien me lo pudiese explicar se lo agradeceria mucho.
un saludo
23/01/2015 23:07
Que los trabajadores mantienen su convenio mientras no se pacte otro que legalmente lo sustituya,lo de la expiración,olvidalo,el supremo lo ha tumbado.
25/01/2015 13:23
gracias por contestar blecua, nuestro problema es que hace dos años nos subrogaron a una empresa de nueva creacion que bajo licitacion por finalizacion de dos contratas que venian realizando servicios de limpieza en el Ayuntamiento de mi ciudad, una se regia por el convenio de limpieza y la nuestra por el de Industrias Quimicas. El Ayuntamiento para tal efecto redacto un solo pliego de condiciones incluyendo los dos servicios que realizaban ambas empresas. Mi pregunta es como teniendo la empresa un solo ambito funcional segun el pliego de condiciones puede aplicar dos convenios diferentes, nos dicen que se rigen por el articulo 44 del E.T. pero nuestro convenio tenia vigencia hasta el 31/12/2014 ¿nos tienen que seguir aplicando el mismo convenio una vez finalizado? y otra pregunta segun el ambito funcional de la empresa ¿nos tendrian que haber aplicado el convenio de limpieza de principio?
25/01/2015 22:52
Efectivamente en una empresa se pueden aplicar 2 convenios colectivos, por lo establecido en ese art 44 para el caso de subrogaciones. En ese mismo articulo se establece que "...Esta aplicación se mantendrá hasta la fecha de expiración del convenio colectivo de origen...", por lo que en su caso desde el dia 1 de enero se aplicará a esos trabajadores subrogados el mismo convenio que al resto de la empresa.
26/01/2015 16:36
exacto en el articulo 44 habla sobre esto La Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, exigirá que a trabajo igual corresponda salario igual, sin discriminación alguna, siempre que el puesto, la jornada y las condiciones de eficiencia y tiempo de servicio sean también iguales y debe cumplirse.
29/01/2015 18:52
gracias a los dos por contestarme, la empresa se niega a cambiarnos el convenio, ¿esto se debe cumplir por ley? segun el E.T. o ¿se puede denunciar este tema al juzgado de lo social aunque estemos esperando sentencia del tribunal superior de andalucia?. Es que cuando nos subrogaron nosotros a traves del sindicato denunciamos para que nos igualaran y no nos dieron la razon recurrimos y seguian sin darnos la razon y ahora esta recurrido en T.S.A.
29/01/2015 19:08
Otra cosa ¿podriamos negarnos a realizar los servicios que actualmente hacemos y exigirle a la empresa que nos den solo trabajos que tengan que ver con el ambito funcuional de industrias quimicas? ya que ese es el convenio que nos aplican
29/01/2015 22:24
A ustedes les tienen que asignar tareas según su categoría laboral. Lo del ámbito funcional del convenio no tiene nada que ver: por ejemplo, en muchos convenios se contemplan categorías laborales como conserje, auxiliar de limpieza... y sus tareas serán siempre muy similares, con independencia de ese ámbito "funcional" que indica. Precisamente, tratándose de una subrogación les tienen que mantener sus condiciones, y lo ilegal sería precisamente asignarles tareas que nada tuvieran con las que desempeñasen antes de la subrogación.
30/01/2015 16:31
Si eso lo se pero el convenio que traiamos de la otra empresa tenia vigengia hasta el 31/12/2014, con lo cual segun el articulo 44 en su punto 4 ahora estamos sin convenio y nos tendrian que aplicar el mas favorable que tiene la empresa