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Ascensor en comunidad de vecinos

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
14/09/2020 09:42
Int
Entre los tribunales y expertos hay división de opiniones.
En base a ello, he expresado la mía que es contraria a esa posibilidad.
14/09/2020 14:50
Int también se equivoca?
14/09/2020 17:33
jalisco
No veo la razón para preguntar lo que ya está contestado. Ver mi anterior mensaje.
14/09/2020 18:25
Restringir el uso de un elemento común fundamental a un moroso no puede hacerse, eso es así, pero esto nada tiene que ver con el poner una llave para restringir el uso de un ascensor que, no estando de origen en el edificio, ha sido sufragada su colocación por una serie de propietarios. En junta puede acordarse poner dicha llave y que solo la tengan los que han contribuido a la colocación. Es perfectamente legal. No es un "castigo" a un moroso, es un servicio que se presta solo a aquellos que han contribuido a su colocación.
14/09/2020 20:43
Fixin
Lo que expones responde al concepto de elemento comunitario de uso privativo. Pero para ello es necesario que así conste en el acuerdo de la junta.
14/09/2020 22:06
O sea que ahora ya reconoce que si se puede poner llave
15/09/2020 09:32
jalisco
Ahora no, desde el pasado día 11. Basta con leer el hilo.
La cuestión es que debe constar expresamente la condición de "uso privativo".
Ascensor en comunidad de vecinos | PorticoLegal
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14/09/2020 09:42
Int
Entre los tribunales y expertos hay división de opiniones.
En base a ello, he expresado la mía que es contraria a esa posibilidad.
14/09/2020 14:50
Int también se equivoca?
14/09/2020 17:33
jalisco
No veo la razón para preguntar lo que ya está contestado. Ver mi anterior mensaje.
14/09/2020 18:25
Restringir el uso de un elemento común fundamental a un moroso no puede hacerse, eso es así, pero esto nada tiene que ver con el poner una llave para restringir el uso de un ascensor que, no estando de origen en el edificio, ha sido sufragada su colocación por una serie de propietarios. En junta puede acordarse poner dicha llave y que solo la tengan los que han contribuido a la colocación. Es perfectamente legal. No es un "castigo" a un moroso, es un servicio que se presta solo a aquellos que han contribuido a su colocación.
14/09/2020 20:43
Fixin
Lo que expones responde al concepto de elemento comunitario de uso privativo. Pero para ello es necesario que así conste en el acuerdo de la junta.
14/09/2020 22:06
O sea que ahora ya reconoce que si se puede poner llave
15/09/2020 09:32
jalisco
Ahora no, desde el pasado día 11. Basta con leer el hilo.
La cuestión es que debe constar expresamente la condición de "uso privativo".