Cuando se coloca un ascensor en una finca antigua, como se reparten las cantidades a paga? Pagan todos por igual o por el contrario la ley obliga a pagar segun la altura del piso? donde puedo informarme de los baremos que se utilizan ? . Gracias de antemano
La "finca antigua" deberá estar constituida en régimen de División Horizontal y cada vivienda o local tendrá asignado un coeficiente de participación en gastos comunes.
Hay que aplicar esos coeficiente para hacer el reparto de cuotas para el pago del ascensor. Eso tendría que estar recogido en el acuerdo de la instalación del ascensor tomado en Junta General de Propietarios.
Según el coeficiente, que tiene cada finca, incluidos los locales comerciales.
Una simple regla de tres
100 ................al coeficiente de cada finca
coste del ascensor es a .............x
Hay sentencia del TS, donde lo deja muy claro, todos participarán de dicho gasto en relación a su coeficiente de participación
Los coeficientes vienen calculados en la escritura de Obra Nueva y División Horizontal
Y todos los gastos se reparten en proporción a ese coeficiente.
No siendo que existan unos estatutos, que son unas clausulas que modifican un poco lo que dice la LPH
Ejemplo : los locales no contribuiran a los gastos de luz del portal.
Ese gasto se reparte por coeficiente entre todas las fincas menos los locales que tuviese el edificio