A la pregunta técnica, yo no puedo responderle, deberan ponerse en contacto con la empresa de mantenimiento para que de un presupuesto, cuando lo tenga, debera comunicarle al presidente que en la próxima junta se trate el tema. Referente al coste: el cambio es obligatorio y la comunidad abonara todo el coste si éste no supera las doce mensualidades en caso que este coste se realice en un único año, lo que pase de las 12 mensualidades lo deberá poner su familiar, teniendo en cuenta que se puede abonar en más de un año.
Pues dado que usted indica que si existen puertas en las plantas, eso sería un ajuste del ascensor, sin necesidad de realizar obra alguna. Por lo cual si su familiar tiene más de 70 años, le adjuntomel artt. 10..b de la LPH, Donde le indica la obligación de eliminacion de barreras arquitectónicas b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.
Es de sobra sabido, que el ascensor es un elemento endógeno del edificio. Pero nos puede explicar, porque es dificil de comprender, porqué si existen puertas, el ascensor no para en el rellano donde están las puertas de las viviendas y si lo hace en las entreplantas. Es que es incomprensible, es el mundo al reves
Existen puertas, pero no para en el rellano de las viviendas si no hay que subir o bajar unos escalones , pero el ascensor forma parte de la estructura del edificio
Buenos dias, Tengo un familiar mayor que vive en un edificio que tiene ascensor pero para entre plantas, es obligatorio la instalación de uno nuevo que pare entre plantas ?