Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

ascensor

10 Comentarios
 
Ascensor
19/01/2013 08:28
Hola. Tengo una pequeña duda que a continuacion le expongo. En mi comunidad de propietarios se quiere instalar un ascensor para lo cual se están haciendo diferentes estudios de viabilidad para su instalación. Como el hueco de la escalera es muy reducido, se ha propuesto por parte del instalador la posibilidad de tirar el tabique divisorio de los pisos 3º y 4º, y llevarlo mas adentro para conseguir el espacio minimo que marca la ley.
Estos tabiques, tengo entendido que son elementos comunes de la propiedad, por lo que le pregunto si debería exigirse el voto de la mayoria absoluta de todas los propietarios de la comunidad para proceder al derrrumbe de dichos tabiques. Entiendo que se modifica en gran manera la estructura inicial de la casa por lo que supongo la unanimidad de los propietarios.
Sin otro particular, agradezco su atención.
19/01/2013 11:41
Si intenta tirar el tabique, supongo que tendrá el consentimiento de los afectados, ¿O no?
Y el tabique, será supongo como dice, divisorio ¿o es de carga?
19/01/2013 15:31
Hola pasacero.
La idea de tirar el tabique, que es el que separa la vivienda de la zona de la escalera, es decir, el mismo donde va la puerta de entrada, es del instalador del ascensor, ahora bien, ante esto, me pregunto si hay que votar por unanimidad esta modificación o se hace sin más solo con la mayoria exigible de los 2/3. Esta obra, modificaría sin duda la superficie de los pisos afectados y originaría gastos extras: nuevas escrituras, acondicionamiento de la nueva pared, etc. Como vecino, quiero saber si me puedo oponer a este gasto que me parece desproporcionado. Gracias.
19/01/2013 17:34
UNANIMIDAD de todos los comuneros, incluidos los propietarios de esos pisos.
19/01/2013 18:11
Todo lo que suponga cambio de cuotas, unanimidad,
Naturalmente conlleva valoración de cesión de elemento privativo a comunal. Notario, registro.
Oponer se puede, pero si es ud. solo, hay que valorar si es abuso de derecho. Un buen abogado le puede tumbar su pretensión de oponerse, llegado el caso.

20/01/2013 19:22
Gracias a a"pasacero" y a "Acriton" por vuestras respuestas.
Pasacero, no es que quiera oponerme y abusar en derecho con los demás vecinos, lo cierto es que se propuso la instalación del ascensor, a lo cual no me opuse, dando todas las facilidades técnicas por parte de la empresa instaladora, y en cada reunión, el técnico nos traia algo nuevo con respecto a la instalación: 1º nos dice que no hay problema, después, que hay que embargar dos locales para la instalación, más tarde nos dice que hay que picar alguna pared para ganar espacio, y ahora por ultimo, que hay que derribar dos tabiques, en el 3º y en el 4º para volver a reconstruirlos unos centimetros más para adentro. Todo esto me parece una tomadura de pelo, un incremento enorme del presupuesto inicial, y deseo expresar mi negativa a todo este desproposito ante la Comunidad, que por otra parte, no dice nada. Por todo esto, me preguntaba si hacia falta la UNAMIMIDAD de toda la comunidad para el derribo de los tabiques, y también os deseo preguntar, que acciones legales podría tomar para parar esta nueva obra o si hubiera alguna posibilidad de no entrar a participar en la instalación del ascensor, debido al alto coste para mi. Muchas Gracias.
20/01/2013 21:30
Lo que si es cierto, es que cada cambio propuesto por el técnico, precisa de un nuevo acuerdo tomado en Junta General.
¿Usted ha votado en contra a todas ellas?.
20/01/2013 23:50
Hola Acriton
Jamás se han votado en Junta los nuevos cambios propuestos por la empresa instaladora. Yo he requerido esto a la persona que lleva la Administracción de Fincas, externa a la Comunidad, pero jamás me he hecho caso y siempre se ha situado al lado de los intereses de la empresa. Por otra parte, me parece que los vecinos no se dan cuenta o no se hacen a la idea que todos estos cambios va a subirnos el presupuesto inicial muchísimo. Además, decirte que todos estos cambios no están presupuestados, es decir, que a dia de hoy no sabemos cual va a ser el gasto total. Por todo ello, yo quiero buscar una via legal para poder desentenderme del tema, aunque si llegase el caso, podría aceptar la instalación para los vecinos que lo quisieran, poniendo una llave para su uso exclusivo. Seria posible esto? Gracias
21/01/2013 12:39
Yo lo que observo, que estos profesionales de la administración, están entre otras cosas, para asesorar legal a las comunidades, y por lo que se desprende de estos comentarios, hay demasiados defectos de forma, susceptibles de impugnación.
21/01/2013 18:36
Declara la sentencia del TS Sala 1ª de 20 julio 2012 que la jurisprudencia ya ha tenido ocasión de pronunciarse respecto a los problemas surgidos en aquellas ocasiones en las que la instalación de un ascensor, en aquellos inmuebles que no tienen este servicio, exige la ocupación de parte de un espacio de naturaleza privativa, ocupación, que con carácter general no va a contar con el consentimiento del propietario afectado. El problema se ha resuelto a partir de la ponderación de los bienes jurídicos que se ven afectados. De un lado el derecho del propietario a no ver perjudicado su derecho de propiedad, y de otro el de la comunidad de propietarios a instalar un ascensor, como elemento que garantizará la accesibilidad y la habitabilidad del inmueble. Establecido por la Sala que en estos supuestos en los que es necesaria la ocupación de un espacio privativo, se constituye una servidumbre.



Así, la STS Sala 1ª de 10 octubre 2011 fija como doctrina jurisprudencial que la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos que carece de este servicio, considerado como de interés general, permite la constitución de una servidumbre con el oportuno resarcimiento de daños y perjuicios, incluso cuando suponga la ocupación de parte de un espacio privativo, siempre que concurran las mayorías exigidas legalmente para la adopción de tal acuerdo, sin que resulte preceptivo el consentimiento del copropietario directamente afectado y que el gravamen impuesto no suponga una pérdida de habitabilidad y funcionalidad de su espacio privativo.


Personalmente entiendo que la tesis de la aplicación de la servidumbre debe aplicarse con carácter restrictivo en el sentido de que los derechos contemplados en el artículo 17.1, regla 1.ª, de la LPH no son absolutos, toda vez que: Si las obras necesarias para esta u otra instalación fueran de tal importancia que llevaran consigo una gran alteración de elementos comunes, sería requerida la unanimidad de la Junta de Propietarios, toda vez que siguen vigentes los artículos 7.1 y especialmente el 12.


Cabe destacar que las sentencias del TS que he citado constituyen doctrina jurisprudencial para cuya aplicación se exige una serie de requisitos, destacando en consecuencia que tampoco cabe cualquier obra o instalación si hace inservible alguna parte del edificio para uso y disfrute de un propietario, salvo que éste muestre su conformidad, pues así lo establece expresamente el artículo 11.3 de la Ley de Propiedad Horizontal.




Naturalmente valorar una situación u otra corresponde al Juez o Tribunal, teniendo en cuenta las circunstancias propias de cada supuesto.



No obstante, le recomiendo la confección de un INFORME TECNICO DE VALORACION, firmado conjuntamente por un ARQUITECTO SUPERIOR Y UN INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL, QUE TENGA POR OBJETO LA VALORACION ECONOMICA DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS A LA VIVIENDA EN CUESTIÓN POR LA CONSTRUCCION DE UN ASCENSOR DE LA COMUNIDAD DE VECINOS EN PARTES DE AMBAS PROPIEDADES.


Este informe de debería contener como mínimo los siguientes puntos:


1/- Valoración inmobiliaria.
2/- Valoración de otros daños no inmobiliarios y del lucro cesante.
3/- Resumen de la tasación y de la valoración.
4/- Anexo planos
5/- Anexos con fotografías
6/- Anexos con documentación.
21/01/2013 23:33
Muchas gracias a todos por vuestras opiniones. Voy a concertar cita con un abogado para que estudie el tema y vea la viabilidad de la impugnación del acuerdo, que por otra parte, no es tal, porque no está reflejado en ningún sitio. Sólo se votó para poner el ascensor, lo que ha venido después, no está consensuado ni votado por los vecinos.
Un saludo a todos