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6 Comentarios
 
Ascensores
24/11/2010 22:37
Buenas, espero podáis ayudarme; vivo en un bloque de 22 viviendas y tres portales. Ahora en un portal quieren poner un ascensor pero exonerando a los otros portales. La votación fue manipulada, porque 1º se preguntó si se exoneraban los otros portales y dos vecinos dijeron no, y dos de los otros portales dijeron que si tenían que pagar no querían ascensor. a lo que no conformes se replanteo la pregunta así: ponemos el ascensor en el portal nº2 exonerando a los otros dos? a lo cual se voto y salieron 3/5 partes. En el acta la administradora no manda firmar ni a presi, ni al secretario, porque segun ella no hacen falta y ademas hace caso omiso de la primera pregunta.
Y DIGO YO, PARA EXONERAR A ALGUIEN NO TIENE QUE HABER UNANIMIDAD Y LUEGO YA PLANTEAR LA PREGUNTA DE SI SE INSTALA EL ASCENSOR. PORQUE DE LO QUE SI PUEDE EXONERARSE ES DEL MANTENIMIENTO PORQUE NO LO VAN A USAR, PERO NO DE LA MEJORA PARA LA COMUNIDAD (NO HAY NI MAYORES DE 70 NI DISCAPACITADOS)
TENGO RAZÓN O NO?
GRACIAS
24/11/2010 23:29
Sí, tiene toda la razón.
La Ley dice que para poder exonerar a algún Propietario, cuestión muy restrictiva, debe venir en el Título Constitutivo sobre ciertos gastos o bien sea aprobado por la Junta de Propietarios con resultado de UNANIMIDAD.
La exoneración trae como consecuencia el aumento de las derramas para el resto de Propietarios. No se debería exonerar a nadie, a no ser, que hubiera una razón muy muy justificada.
Si la instalación fuera para anular las barreras arquitectónicas, se necesitaría las 3/5 partes.
Por tanto, si no hay decisión Unánime, no se podrá exonerar al resto de Propietarios.

Un saludo
24/11/2010 23:57
Perdón, donde digo " Si la instalación fuera para anular las barreras arquitectónicas, se necesitaría las 3/5 partes " se necesitaría únicamente la mayoria de los votos y cuotas de participación, si no, la 3/5 partes.

Un saludo
25/11/2010 00:03
muchas gracias, Transguyo. yo me olía compra/venta de votos con los otros portales, y mi duda era la unanimidad de exonerar, aunque replantearan la pregunta y la incluyeran en una sola. por lo menos voy a dormir más tranquila y contratar un abogado. ¡VOY A POR ELLOS!
26/11/2010 00:21
Buenas, mi gozo en un pozo creo!!. Mi abogado dice que no lo ve claro que si se llegó a las 3/5 partes que podría ser válido y por otra parte no sabe no contesta.
Sí que puedo impugnar verdad? sigo insistiendo en que no pueden replantear la pregunta así con dos mayorias distintas una necesita unanimidad y la otra necesita 3/5 partes.
sacadme de dudas por favor? me meto de cabeza a por ellos?
26/11/2010 00:48

No es obligatorio la firma del Acta por el Presidente y el Secretario el día de la reunión, pero sí al cabo de los diez días naturales, que es cuando la Administradora tiene de plazo para entregar el Acta.
Sentencia del Tribunal Supremo de 22/12/2009.


Para que el propietario de un determinado piso o local pueda no contribuir a determinados gastos comunitarios, es preciso que esta exclusión venga recogida en el Título Constitutivo, en los Estatutos o haya sido establecida por acuerdo unánime de la comunidad.
Sentencia del Tribunal Supremo de 25/05/2009

Sí puede impugnar, se da la aprobación de instalación con la exoneración de los demás Propietarios.
No es legal la exoneración, si se hubiera votado solamente la instalación del ascensor y se llegara a las 3/5 partes de los votos y cuotas de participación, sí sería legal la instalación.
Existen Abogados especializados en la LPH.
Espero que te haya ayudado.
Un saludo
26/11/2010 10:33
Sí me has ayudado, muchas gracias por compartir tus conocimientos. Voy a impugnar viendo tambien la dejaded de la administradora. Ademas me estoy leyendo de pe' a pa' la LPH para darla en las narices, parece que sabemos mas que ella.
MUCHAS GRACIAS POR TODO. UN SALUDO.
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24/11/2010 22:37
Buenas, espero podáis ayudarme; vivo en un bloque de 22 viviendas y tres portales. Ahora en un portal quieren poner un ascensor pero exonerando a los otros portales. La votación fue manipulada, porque 1º se preguntó si se exoneraban los otros portales y dos vecinos dijeron no, y dos de los otros portales dijeron que si tenían que pagar no querían ascensor. a lo que no conformes se replanteo la pregunta así: ponemos el ascensor en el portal nº2 exonerando a los otros dos? a lo cual se voto y salieron 3/5 partes. En el acta la administradora no manda firmar ni a presi, ni al secretario, porque segun ella no hacen falta y ademas hace caso omiso de la primera pregunta.
Y DIGO YO, PARA EXONERAR A ALGUIEN NO TIENE QUE HABER UNANIMIDAD Y LUEGO YA PLANTEAR LA PREGUNTA DE SI SE INSTALA EL ASCENSOR. PORQUE DE LO QUE SI PUEDE EXONERARSE ES DEL MANTENIMIENTO PORQUE NO LO VAN A USAR, PERO NO DE LA MEJORA PARA LA COMUNIDAD (NO HAY NI MAYORES DE 70 NI DISCAPACITADOS)
TENGO RAZÓN O NO?
GRACIAS
24/11/2010 23:29
Sí, tiene toda la razón.
La Ley dice que para poder exonerar a algún Propietario, cuestión muy restrictiva, debe venir en el Título Constitutivo sobre ciertos gastos o bien sea aprobado por la Junta de Propietarios con resultado de UNANIMIDAD.
La exoneración trae como consecuencia el aumento de las derramas para el resto de Propietarios. No se debería exonerar a nadie, a no ser, que hubiera una razón muy muy justificada.
Si la instalación fuera para anular las barreras arquitectónicas, se necesitaría las 3/5 partes.
Por tanto, si no hay decisión Unánime, no se podrá exonerar al resto de Propietarios.

Un saludo
24/11/2010 23:57
Perdón, donde digo " Si la instalación fuera para anular las barreras arquitectónicas, se necesitaría las 3/5 partes " se necesitaría únicamente la mayoria de los votos y cuotas de participación, si no, la 3/5 partes.

Un saludo
25/11/2010 00:03
muchas gracias, Transguyo. yo me olía compra/venta de votos con los otros portales, y mi duda era la unanimidad de exonerar, aunque replantearan la pregunta y la incluyeran en una sola. por lo menos voy a dormir más tranquila y contratar un abogado. ¡VOY A POR ELLOS!
26/11/2010 00:21
Buenas, mi gozo en un pozo creo!!. Mi abogado dice que no lo ve claro que si se llegó a las 3/5 partes que podría ser válido y por otra parte no sabe no contesta.
Sí que puedo impugnar verdad? sigo insistiendo en que no pueden replantear la pregunta así con dos mayorias distintas una necesita unanimidad y la otra necesita 3/5 partes.
sacadme de dudas por favor? me meto de cabeza a por ellos?
26/11/2010 00:48

No es obligatorio la firma del Acta por el Presidente y el Secretario el día de la reunión, pero sí al cabo de los diez días naturales, que es cuando la Administradora tiene de plazo para entregar el Acta.
Sentencia del Tribunal Supremo de 22/12/2009.


Para que el propietario de un determinado piso o local pueda no contribuir a determinados gastos comunitarios, es preciso que esta exclusión venga recogida en el Título Constitutivo, en los Estatutos o haya sido establecida por acuerdo unánime de la comunidad.
Sentencia del Tribunal Supremo de 25/05/2009

Sí puede impugnar, se da la aprobación de instalación con la exoneración de los demás Propietarios.
No es legal la exoneración, si se hubiera votado solamente la instalación del ascensor y se llegara a las 3/5 partes de los votos y cuotas de participación, sí sería legal la instalación.
Existen Abogados especializados en la LPH.
Espero que te haya ayudado.
Un saludo
26/11/2010 10:33
Sí me has ayudado, muchas gracias por compartir tus conocimientos. Voy a impugnar viendo tambien la dejaded de la administradora. Ademas me estoy leyendo de pe' a pa' la LPH para darla en las narices, parece que sabemos mas que ella.
MUCHAS GRACIAS POR TODO. UN SALUDO.