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Asistencia al detenido

7 Comentarios
 
Asistencia al detenido
09/06/2011 12:53
Buenos dias, tuve que ser detenido en comisaria por una infracción de tráfico y me fue designado abogado de oficio, dicho abogado, estando de guardia, acudió a la comisaria y tras entregarle los policias la documentación pertinente fui soltado, una vez en la calle le dije que no queria utilizar la justificia gratuita y me comunicó el importe de sus honorarios por la asistencia en comisaria, me han informado que dicha asistencia no la debo de pagar yo ya que el abogado, estando de guardia, ya la cobra, es esto verdad? o le tengo que abonar su servicio por asistencia?
09/06/2011 15:21
Si no tienes o no quieres el derecho a asistencia gratuita, te toca pagar el trabajo del abogado.

Que esté de guardia, y cobre por ella, no implica nada. Abogado de oficio no es nunca igual a abogado gratuito, a menos que se tenga derecho a la justicia gratuita, y se te reconozca ese derecho por el organismo competente.
09/06/2011 15:48
¿Tu renta anual es superior 14880 euros? Si es así no tienes derecho a asistencia jurídica gratuita, si no (si es menos) sí que tienes ese derecho. Si no tienes derecho a la asistencia jurídica gratuita aunque el abogado sea de oficio le tienes que pagar sus honorarios. Abogado de oficio no es igual a abogado pagado por el colegio de abogados, su función es en primer lugar asistir a aquellos que no quieran, no puedan o no conozcan a ningún abogado y necesiten uno cualquiera inmediatamente, y a partir de ahí si tienes derecho a justicia gratuita le pagará el colegio de abogados y si no tienes ese derecho le pagarás tú.
08/09/2011 16:01
Hola a todos, les explico:
Fui detenido, se registro mi domicilio, declare en comisaria, frente al juez y me mandaron detenido a Madrid, estuve asistido por abogado de oficio.
En Madrid tambien estuve asistido por abogado de oficio en las diligencias, el Juez ordeno prision provisional, al cabo de tres semanas, tras recibir desestimado un escrito de impungnacion a la prision preventiva, contrate un abogado de confianza.
Ahora he recibido un escrito del abogado de oficio que me reclama un dinero por su asistencia a las DP y por el escrito de apelacion, tambien por una "visita" al centro penitenciario al cual acudio para comunicar sentencia a un preso y "aprovecho" para decirme que dijera a mis familiares que le mandaran de nuevo el fax con los documentos de arraigo puesto que se los pasaron al reves y le llegaron en blanco.
Estuve en prision preventiva dos meses.
Soy discapacitado fisico con un 51% de minusvalia reconocida, 2 puntos de necesidad de tercera persona, 3 puntos en movilidad reducida, mi pension es inferior al doble del salario minimo interprofesional, tengo vivienda propia y otra propiedad (la tengo en venta desde hace dos años)
Pregunto: tengo la obligacion de pagar todo esto?
Muchas gracias
08/09/2011 16:15
Sí; al renunciar al abogado de oficio para designar un particular, renuncias al eventual derecho de justicia gratuita que te pudiera ser reconocido. Tu abogado de confianza debería habertelo explicado.
08/09/2011 16:39
Sr. Dexter gracias por su respuesta.
Nadie me informo de ello, ni el abogado particular ni el de oficio.
No dejo de estar atonito del funcionamiento judicial, o sea, tenemos derecho a estar defendidos por abogado (el que te designan) y si renuncias, tenemos la obligacion de pagar lo que se nos pida incluyendo las visitas a la penitenciaria que al abogado de oficio le de por realizar, visitas no solicitadas ni concertadas.
Repito gracias
08/09/2011 18:52
Tal vez se podía haber ahorrado facturar la visita al centro penitenciario, pero piensa que suele poner de mala leche cuando un cliente se te va a un abogado "de confianza", que cobrará su minuta, y tu te quedas sin asunto.

La ley está así, y mi opinión es que el abogado de confianza es el que debe informar al cliente, antes de coger el asunto, de que se deberá liquidar al abogado anterior. Además, a éste debe pedirle la venia (aunque no puede negarla), y asumir el compromiso de que hará las gestiones posibles para el cobro de la minuta correspondiente (del primero).

El problema es que demasiados compañeros cogen asuntos en los que ya hay un designado de oficio, cobran ellos, y se despreocupan de lo que se adeuda al anterior.
09/09/2011 13:14
Gracias de nuevo por su respuesta.
Entiendo que dejar el abogado de oficio no puede resultarle agradable, pero el abogado también debería entender la situación desesperada y el drama humano que supone la (en mi caso) privación de libertad a más de 700 km. de distancia de mi familia y domicilio, aparte del estigma que ello representa, todo ello sin ser culpable de nada.
Respetando y agradeciendo su opinión, pienso que el abogado de turno de oficio en los casos de asistencia al detenido, (diligencias previas etc.) debería anunciarle que en caso de no serle otorgada posteriormente la asistencia gratuita o en caso de cambiar a abogado de confianza, deberá obligatoriamente pagar la minuta sus honorarios, informando su coste aproximado. Por supuesto que el letrado entrante también debería informar al respecto.
En cuanto al coste (305€ IVA) de la “voluntaria” visita a la penitenciaria, a la que acudió para comunicar a un preso la sentencia de un juicio, en el cual actuaba también de oficio, se me antoja excesivo prescindiendo de lo que marquen los baremos del Colegio de Abogados, más aun teniendo en cuenta que el abogado no tenía nada que comunicarme, solo me repitio que había redactado un escrito de apelación contra el auto de prisión preventiva tal como me había anunciado tras las diligencias previas.
Tratare de alcanzar un acuerdo amistoso sin necesidad de la “jura de cuentas que me ha anunciado”
Un saludo