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Asociación de propietarios que aplica la Ley propiedad horizontal

6 Comentarios
 
27/04/2009 10:42
Hola, que tal??
Pués acabo de hablar con el Registro de Asociaciones, ellos me han enviado acuse de recibo del escrito que le mandé al administrador, en el que le comunicaba la baja, así ambos tienen la misma copia, el administrador y el registro, así si he de demandarles, no podrán decir que yo nunca comuniqué mi baja como asociada.
Ciertamente Vio, así es, es una asociación como otra cualquiera, solo que los fines de ésta era y son para financiar gastos de mantenimientos de unas calles que siempre debieron ser del ayuntamiento y no privadas,(bueno esa es la teoria) la práctica es que justifican algunos gastos, y otros.. van para algunos bolsillos.
Decir que el ayuntamiento está encantado de tener menos gastos al no darnos prácticamente ningún servicio, pero eso si, tienen los mismos ingresos que cualquier vecino que paga sus impuestos (IBI) menuda desfachatez, unos cobran impuestos, no dan servicios a cambio, y otros reciben cuotas de todos los vecinos y tampoco se casan los ingresos con los gastos, en fin, que nos roban por todas partes.
Tienes toda la razón Vio cuando dices que es un insulto a la Ley, a la inteligencia y desde luego yo iria más allá... roban sin pudor y lo peor de todo es que se creen con derecho a ello.
El escrito que le envié al administrador y posteriormente mandé copia de ese mismo escrito al Registro de Asociaciones para que lo incluyera con el resto de la documentación que tienen sobre esta asociación, en él expresaba claramente mi baja como asociada, y les decia que de persistir en incluirme en actas y lista de deudores, iniciaria las acciones legales correspondientes. De momento no he recibido noticias ni del administrador, ni del presidente. Menuda panda.
El funcionario del Registro después de ver el escrito y las actas que le he mandado dice que incluso debería ser demandado este administrador por fraude de Ley, es un insulto para su profesión.
Seguiré informando de los nuevos acontecimientos al respecto, desde luego es interesante seguir este tema, aunque solo sea por curiosidad.
Un saludo y nuevamente... muchas gracias.
26/04/2009 23:00
Entonces sería una "asociación" de barrio, como las que proliferan en Madrid tales como "Vecinos de la Arganzuela" o " Vecinos de La Paloma" o " Barrio del Pilar", que además de organizar fiestas, suelen pedir dinero al Ayuntamiento o mejoras en el barrio tales como jardines, etc. También están las Cofradias tales como la del "Cristo de Medinaceli", etc. Lo que no se entiende es que tipo de coeficientes de pago aplican, (criterio), o siempre a partes iguales....
Puesto que las Asociaciones son voluntarias procede la baja, no pagar y ver que pasa... pero por lo que ha dicho a veces ellos se autodenominan "comunidad de propietarios". Procede mirar en el Ayuntamiento si hay escritos, como se han dirigido, si como "comunidad" o como "asociación." Tenganos al corriente.Todo eso es un insulto a la Ley, a la inteligencia, y una burla al propietario de buena fe.Saludos
26/04/2009 17:16
Hola de nuevo.
Vio, insisto en la inexistencia de la comunidad de propietarios, ya llamé al Registro de la Propiedad y me dijeron que allí no existía ninguna Comunidad de propietarios en esa urbanización, ni en ese pueblo.
He decir que esta urbanización está en un pueblo muy pequeño (1000 habitantes como mucho) la única urbanización que hay es la nuestra.
Hace unos 20 años se construyeron chalets en un terreno no urbanizable, (lo de siempre... constructor amigo del alcalde de esa época) cuando entraron otros alcaldes, denegaron el hacerse cargo del mantenimiento de las calles, con los años convencieron de nuevo al ayuntamiento de hacerse cargo al menos del pago del suministro de luz (farolas).
Unos pocos vecinos decidieron crear una asociación de propietarios (en 1990) para hacer frente a los gastos del mantenimiento de las calles, pero no pudieron o no quisieron crear una comunidad de propietarios como tal, sin embargo éstos, ocultaron durante todos estos años que eran Asociación, sin embargo han funcionado como comunidad de propietarios, aplicando la Ley de la Propiedad Horizontal (eso si, para lo que les interesa).
Estas últimas obras que se han hecho (por cierto, de vergüenza) era para sanear las calles, cementarlas, una vez que se han hecho,los gastos se limitan a cambiar las bombillas que se estropeen de las farolas, y los otros gastos son para pagar al impresentable del administrador.

Perdonad que esté tan pesada con este tema, pero es que debía aclarar al máximo todo esto, así es más fácil hacerse a la idea de todo esto.
Pero insisto, Comunidad de propietarios no existe, aunque hayan funcionado como tal desde hace años.
Más bien es un barrio del pueblo, como el resto de las casas de alrededor que sí se hace cargo el ayuntamiento de su mantenimiento (calles). Decir que todos pagamos el IBI, sin embargo no recibimos prácticamente ningún servicio por parte de este ayuntamiento, tan sólo paga la factura de la luz de las farolas.
En lugar de pelearnos entre nosotros, deberiamos denunciar al ayuntamiento, abrirle un contencioso.

Un saludo, y muchas gracias Vio por tu ayuda desinteresada.
24/04/2009 07:02
La comunidad existe necesaria y obligatoriamente por darse los hechos objetivos que la configuran: bienes reales: suelo y edificios.
Por tanto primero fué la comunidad.
Pero esa comunidad está mal gestionada a través de una "asociación", constituida con apariencia legal.
Las intenciones están claras.
Debe tomar un abogado capaz de impugnar a la comunidad y su modo de gestión ( asociación).
En cualquier caso la impugnación iría básicamente contra el reparto de gastos, que encima lo hacen a partes iguales, y contra el modo de gestión.
Es una cuestión técnica de hilvanar bien la impugnación, simultaneando con denuncias para hacer desaparecer la figura de la asociación, interpuesta como bien dice, en fraude de ley, y con fines no claros.
El tema de falsedad en documento privado entra en el Código penal, y por el momento solo puede airearse como prevención, pues una demanda penal, es cara, y menos segura.
Dicen que el que da primero da doble.
Salvo mejor criterio
23/04/2009 22:47
Gracias Vio.
Hoy he estado hablando con el seguro, dice que puedo contratar otro abogado, pero si pierdo el juicio deberé abonar todos los gastos y si lo gano, ellos pagarían los honorarios del letrado, procurador.
En realidad no quiero demandar a la Asociación que funciona como comunidad de propietarios, simplemente quiero dejar de pagar lo que a mi me parece un abuso en las cuotas que se pagan a partes iguales cuando en los propios estatutos de la asociación se expresa claramente que cada uno abonaria lo gastos en función de sus coeficientes.
En su dia en lugar de constituirse como comunidad, se constitutuyeron como ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS, para sufragar gastos de unas calles que son propiedad de los propietarios de la urbanización de chalets. A dia de hoy los ingresos no se corresponden con los gastos que tenemos, es decir los balances que presenta el administrador no cuadran y creo que ahi alguien está metiendo la mano.
Como asociación que somos, yo me he dado de baja, he dejado de pagar cuotas a esta "comunidad" .
Mi pregunta es: pueden demandarme por morosa?? tienen poder legal para exigirme el pago de estas cuotas?? si no está constituida legalmente la comunidad de propietarios y nunca lo ha sido, aunque funcionen asi desde hace muchos años, la verdad es que nadie lo sabe, excepto los creadores del invento y el administrador, los demás creen que somos comunidad de propietarios.
Como he dicho antes no quiero demandarlos, solo que me dejen en paz, pero si me demandan por morosa, podria demandarles yo por fraude de Ley y por falsedad en documento privado??

Por favor, alguien puede contestarme??
GRACIAS

22/04/2009 20:02
Digale a su abogada que las Asociaciones son VOLUNTARIAS por Ley, y no pueden obligar a nadie a asociarse, manejando derechos personales, en tanto que las comunidades son OBLIGATORIAS por Ley, manejando derechos reales sobre un bien inmueble común. Por tanto ambas figuras son incompatibles.
Busque otro abogado.
En una comunidad que estuve (300 propietarios), algunos formaron una asociación gastronómica, para cenar los fines de semana, pero sus cuentas eran aparte de la Comunidad. Salvo mejor criterio
Asociación de propietarios que aplica la ley propiedad horizontal
22/04/2009 19:33
Hola,
Hace unos días expuse un caso algo curioso.
Resulta que mi comunidad de propietarios realmente está constituida como Asociación de propietarios, aplican la Ley propiedad horizontal (para lo que les interesa).
Hace unos días la abogada de mi seguro me dijo que era impugnable, ahora me dice que no, que la Asociación está legalmente establecida y que puede funcionar como comunidad de propietarios, yo le digo que lo que trato de impugnar es el tema de coeficientes, ya que reflejé en acta mi oposición en la última junta. Dice que como es un acuerdo tácito desde hace muchos años pues que tiene la misma validez que si estuviera aprobado por unanimidad.
Estoy convencida que lo que quiere el seguro es ahorrarse un problema y gastos.
Lo mas sorprendente es que una asociación aunque fuera constituida en el 90 para financiar gastos de una comunidad, a dia de hoy pueda seguir funcionando a pesar de que la Ley de Asociaciones 1/2002 no permite a las comunidades constituirse como Asociación, y para colmo es que en los propios estatutos de esta Asociación expresaba claramente que se pagaba por coeficientes todos los gastos.
Por favor alguien puede darme alguna luz a este tema que me trae de cabeza desde hace tiempo??

Muchas gracias por todo.
Un saludo
Asociación de propietarios que aplica la Ley propiedad horizontal | PorticoLegal
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Asociación de propietarios que aplica la Ley propiedad horizontal

6 Comentarios
 
27/04/2009 10:42
Hola, que tal??
Pués acabo de hablar con el Registro de Asociaciones, ellos me han enviado acuse de recibo del escrito que le mandé al administrador, en el que le comunicaba la baja, así ambos tienen la misma copia, el administrador y el registro, así si he de demandarles, no podrán decir que yo nunca comuniqué mi baja como asociada.
Ciertamente Vio, así es, es una asociación como otra cualquiera, solo que los fines de ésta era y son para financiar gastos de mantenimientos de unas calles que siempre debieron ser del ayuntamiento y no privadas,(bueno esa es la teoria) la práctica es que justifican algunos gastos, y otros.. van para algunos bolsillos.
Decir que el ayuntamiento está encantado de tener menos gastos al no darnos prácticamente ningún servicio, pero eso si, tienen los mismos ingresos que cualquier vecino que paga sus impuestos (IBI) menuda desfachatez, unos cobran impuestos, no dan servicios a cambio, y otros reciben cuotas de todos los vecinos y tampoco se casan los ingresos con los gastos, en fin, que nos roban por todas partes.
Tienes toda la razón Vio cuando dices que es un insulto a la Ley, a la inteligencia y desde luego yo iria más allá... roban sin pudor y lo peor de todo es que se creen con derecho a ello.
El escrito que le envié al administrador y posteriormente mandé copia de ese mismo escrito al Registro de Asociaciones para que lo incluyera con el resto de la documentación que tienen sobre esta asociación, en él expresaba claramente mi baja como asociada, y les decia que de persistir en incluirme en actas y lista de deudores, iniciaria las acciones legales correspondientes. De momento no he recibido noticias ni del administrador, ni del presidente. Menuda panda.
El funcionario del Registro después de ver el escrito y las actas que le he mandado dice que incluso debería ser demandado este administrador por fraude de Ley, es un insulto para su profesión.
Seguiré informando de los nuevos acontecimientos al respecto, desde luego es interesante seguir este tema, aunque solo sea por curiosidad.
Un saludo y nuevamente... muchas gracias.
26/04/2009 23:00
Entonces sería una "asociación" de barrio, como las que proliferan en Madrid tales como "Vecinos de la Arganzuela" o " Vecinos de La Paloma" o " Barrio del Pilar", que además de organizar fiestas, suelen pedir dinero al Ayuntamiento o mejoras en el barrio tales como jardines, etc. También están las Cofradias tales como la del "Cristo de Medinaceli", etc. Lo que no se entiende es que tipo de coeficientes de pago aplican, (criterio), o siempre a partes iguales....
Puesto que las Asociaciones son voluntarias procede la baja, no pagar y ver que pasa... pero por lo que ha dicho a veces ellos se autodenominan "comunidad de propietarios". Procede mirar en el Ayuntamiento si hay escritos, como se han dirigido, si como "comunidad" o como "asociación." Tenganos al corriente.Todo eso es un insulto a la Ley, a la inteligencia, y una burla al propietario de buena fe.Saludos
26/04/2009 17:16
Hola de nuevo.
Vio, insisto en la inexistencia de la comunidad de propietarios, ya llamé al Registro de la Propiedad y me dijeron que allí no existía ninguna Comunidad de propietarios en esa urbanización, ni en ese pueblo.
He decir que esta urbanización está en un pueblo muy pequeño (1000 habitantes como mucho) la única urbanización que hay es la nuestra.
Hace unos 20 años se construyeron chalets en un terreno no urbanizable, (lo de siempre... constructor amigo del alcalde de esa época) cuando entraron otros alcaldes, denegaron el hacerse cargo del mantenimiento de las calles, con los años convencieron de nuevo al ayuntamiento de hacerse cargo al menos del pago del suministro de luz (farolas).
Unos pocos vecinos decidieron crear una asociación de propietarios (en 1990) para hacer frente a los gastos del mantenimiento de las calles, pero no pudieron o no quisieron crear una comunidad de propietarios como tal, sin embargo éstos, ocultaron durante todos estos años que eran Asociación, sin embargo han funcionado como comunidad de propietarios, aplicando la Ley de la Propiedad Horizontal (eso si, para lo que les interesa).
Estas últimas obras que se han hecho (por cierto, de vergüenza) era para sanear las calles, cementarlas, una vez que se han hecho,los gastos se limitan a cambiar las bombillas que se estropeen de las farolas, y los otros gastos son para pagar al impresentable del administrador.

Perdonad que esté tan pesada con este tema, pero es que debía aclarar al máximo todo esto, así es más fácil hacerse a la idea de todo esto.
Pero insisto, Comunidad de propietarios no existe, aunque hayan funcionado como tal desde hace años.
Más bien es un barrio del pueblo, como el resto de las casas de alrededor que sí se hace cargo el ayuntamiento de su mantenimiento (calles). Decir que todos pagamos el IBI, sin embargo no recibimos prácticamente ningún servicio por parte de este ayuntamiento, tan sólo paga la factura de la luz de las farolas.
En lugar de pelearnos entre nosotros, deberiamos denunciar al ayuntamiento, abrirle un contencioso.

Un saludo, y muchas gracias Vio por tu ayuda desinteresada.
24/04/2009 07:02
La comunidad existe necesaria y obligatoriamente por darse los hechos objetivos que la configuran: bienes reales: suelo y edificios.
Por tanto primero fué la comunidad.
Pero esa comunidad está mal gestionada a través de una "asociación", constituida con apariencia legal.
Las intenciones están claras.
Debe tomar un abogado capaz de impugnar a la comunidad y su modo de gestión ( asociación).
En cualquier caso la impugnación iría básicamente contra el reparto de gastos, que encima lo hacen a partes iguales, y contra el modo de gestión.
Es una cuestión técnica de hilvanar bien la impugnación, simultaneando con denuncias para hacer desaparecer la figura de la asociación, interpuesta como bien dice, en fraude de ley, y con fines no claros.
El tema de falsedad en documento privado entra en el Código penal, y por el momento solo puede airearse como prevención, pues una demanda penal, es cara, y menos segura.
Dicen que el que da primero da doble.
Salvo mejor criterio
23/04/2009 22:47
Gracias Vio.
Hoy he estado hablando con el seguro, dice que puedo contratar otro abogado, pero si pierdo el juicio deberé abonar todos los gastos y si lo gano, ellos pagarían los honorarios del letrado, procurador.
En realidad no quiero demandar a la Asociación que funciona como comunidad de propietarios, simplemente quiero dejar de pagar lo que a mi me parece un abuso en las cuotas que se pagan a partes iguales cuando en los propios estatutos de la asociación se expresa claramente que cada uno abonaria lo gastos en función de sus coeficientes.
En su dia en lugar de constituirse como comunidad, se constitutuyeron como ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS, para sufragar gastos de unas calles que son propiedad de los propietarios de la urbanización de chalets. A dia de hoy los ingresos no se corresponden con los gastos que tenemos, es decir los balances que presenta el administrador no cuadran y creo que ahi alguien está metiendo la mano.
Como asociación que somos, yo me he dado de baja, he dejado de pagar cuotas a esta "comunidad" .
Mi pregunta es: pueden demandarme por morosa?? tienen poder legal para exigirme el pago de estas cuotas?? si no está constituida legalmente la comunidad de propietarios y nunca lo ha sido, aunque funcionen asi desde hace muchos años, la verdad es que nadie lo sabe, excepto los creadores del invento y el administrador, los demás creen que somos comunidad de propietarios.
Como he dicho antes no quiero demandarlos, solo que me dejen en paz, pero si me demandan por morosa, podria demandarles yo por fraude de Ley y por falsedad en documento privado??

Por favor, alguien puede contestarme??
GRACIAS

22/04/2009 20:02
Digale a su abogada que las Asociaciones son VOLUNTARIAS por Ley, y no pueden obligar a nadie a asociarse, manejando derechos personales, en tanto que las comunidades son OBLIGATORIAS por Ley, manejando derechos reales sobre un bien inmueble común. Por tanto ambas figuras son incompatibles.
Busque otro abogado.
En una comunidad que estuve (300 propietarios), algunos formaron una asociación gastronómica, para cenar los fines de semana, pero sus cuentas eran aparte de la Comunidad. Salvo mejor criterio
Asociación de propietarios que aplica la ley propiedad horizontal
22/04/2009 19:33
Hola,
Hace unos días expuse un caso algo curioso.
Resulta que mi comunidad de propietarios realmente está constituida como Asociación de propietarios, aplican la Ley propiedad horizontal (para lo que les interesa).
Hace unos días la abogada de mi seguro me dijo que era impugnable, ahora me dice que no, que la Asociación está legalmente establecida y que puede funcionar como comunidad de propietarios, yo le digo que lo que trato de impugnar es el tema de coeficientes, ya que reflejé en acta mi oposición en la última junta. Dice que como es un acuerdo tácito desde hace muchos años pues que tiene la misma validez que si estuviera aprobado por unanimidad.
Estoy convencida que lo que quiere el seguro es ahorrarse un problema y gastos.
Lo mas sorprendente es que una asociación aunque fuera constituida en el 90 para financiar gastos de una comunidad, a dia de hoy pueda seguir funcionando a pesar de que la Ley de Asociaciones 1/2002 no permite a las comunidades constituirse como Asociación, y para colmo es que en los propios estatutos de esta Asociación expresaba claramente que se pagaba por coeficientes todos los gastos.
Por favor alguien puede darme alguna luz a este tema que me trae de cabeza desde hace tiempo??

Muchas gracias por todo.
Un saludo