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Asuntos propios

6 Comentarios
 
Asuntos propios
16/06/2005 21:52
buenas noches., queria saber si para ir al notario está dentro de dias de asuntos propios.
a mi me hicieron cogerme un dia de vacaciones, el de rrhh humanos me dijo q. en el estatuto no lo ponia y que el convenio tenia poder sobre el estatuto.
es cierto? además se que a otros compañeros les ha bastado un justificante solamente.
gracias y un saludo.
17/06/2005 09:21
Ir al notario se considera una actividad del ámbito privado. Salvo que tu Convenio lo permita, no está contemplado como permiso retribuido, por tanto, es legal que te lo hagan recuperar de alguna manera. Lo que ya no veo tan claro, es que a otros compañeros se les haya permitido ir sin tener que recuperar ese tiempo, por ahí podrías hacerte valer, pero no sobre la legalidad de la cuestión. Un saludo.
17/06/2005 11:14
Buenas,
A ver yo entiendo que si tu convenio contempla el dia de asuntos propios (afortunado tú) lo puedes utlizar el dia para ir al notario o para lo que te apetezca no? por eso se denomina asuntos propios, sin que se tenga que recuperar ese tiempo. Entiendo que el justificante que se presenta es como justificante del dia y listo pero nada mas..otra cosa sería que su convenio no tuviese dia de asuntos propios..

Salvo mejor opinion.
17/06/2005 12:48
Los asuntos propios entendidos como dias de libre disposicion y retribuidos no existen en el estatuto, y en la mayoria de los convenios tampoco, por eso seria recomendable revisar el texto del convenio.
Otra cosa son los PERMISOS RETRIBUIDOS que el estatuto sí que contempla pero solo para determinados tasados.
20/06/2005 15:12
Pero vamos a ver= los permisos retribuidos que contempla el estatuto son para determinadas causas tipificadas como traslado de domicilio. Pero los asuntos propios, yo entiendo que es para hacer lo que te dé la gana justificando el día de ausencia como día para asuntos propios siempre que el convenio lo contemple. Cierto o no?...A ver que dicen los foreros...Ninfa, Jesusfer,Nando...
20/06/2005 15:26
A mi me paso lo mismo que a ti, y me descontaron las horas. En mi convenio no reflejaba nada, y en el estatuto habla de los permisos remunerados pero no indica en ningun momento la citación de un notario. Así que al final acepte el tema, y como a ti, al resto de mis compañeros no les ha pasado, así que he reflejado a personal mi desacuerdo sobre esta tema y admás les he tachado de discriminadores.... al final me echan!!!
Siento si no me he explicado bien, soy un poco novata en estos temas.....
20/06/2005 16:55
Hola arthurpym

Si tu Convenio especifica claramente que se os otorgan determinado número de días para asuntos propios, tendrás derecho a ellos sin que te los descuenten. Pero si no lo especifica tu Convenio, no tendrás derecho a días de asuntos propios como permiso retribuido, pues el ET no los reconoce.
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16/06/2005 21:52
buenas noches., queria saber si para ir al notario está dentro de dias de asuntos propios.
a mi me hicieron cogerme un dia de vacaciones, el de rrhh humanos me dijo q. en el estatuto no lo ponia y que el convenio tenia poder sobre el estatuto.
es cierto? además se que a otros compañeros les ha bastado un justificante solamente.
gracias y un saludo.
17/06/2005 09:21
Ir al notario se considera una actividad del ámbito privado. Salvo que tu Convenio lo permita, no está contemplado como permiso retribuido, por tanto, es legal que te lo hagan recuperar de alguna manera. Lo que ya no veo tan claro, es que a otros compañeros se les haya permitido ir sin tener que recuperar ese tiempo, por ahí podrías hacerte valer, pero no sobre la legalidad de la cuestión. Un saludo.
17/06/2005 11:14
Buenas,
A ver yo entiendo que si tu convenio contempla el dia de asuntos propios (afortunado tú) lo puedes utlizar el dia para ir al notario o para lo que te apetezca no? por eso se denomina asuntos propios, sin que se tenga que recuperar ese tiempo. Entiendo que el justificante que se presenta es como justificante del dia y listo pero nada mas..otra cosa sería que su convenio no tuviese dia de asuntos propios..

Salvo mejor opinion.
17/06/2005 12:48
Los asuntos propios entendidos como dias de libre disposicion y retribuidos no existen en el estatuto, y en la mayoria de los convenios tampoco, por eso seria recomendable revisar el texto del convenio.
Otra cosa son los PERMISOS RETRIBUIDOS que el estatuto sí que contempla pero solo para determinados tasados.
20/06/2005 15:12
Pero vamos a ver= los permisos retribuidos que contempla el estatuto son para determinadas causas tipificadas como traslado de domicilio. Pero los asuntos propios, yo entiendo que es para hacer lo que te dé la gana justificando el día de ausencia como día para asuntos propios siempre que el convenio lo contemple. Cierto o no?...A ver que dicen los foreros...Ninfa, Jesusfer,Nando...
20/06/2005 15:26
A mi me paso lo mismo que a ti, y me descontaron las horas. En mi convenio no reflejaba nada, y en el estatuto habla de los permisos remunerados pero no indica en ningun momento la citación de un notario. Así que al final acepte el tema, y como a ti, al resto de mis compañeros no les ha pasado, así que he reflejado a personal mi desacuerdo sobre esta tema y admás les he tachado de discriminadores.... al final me echan!!!
Siento si no me he explicado bien, soy un poco novata en estos temas.....
20/06/2005 16:55
Hola arthurpym

Si tu Convenio especifica claramente que se os otorgan determinado número de días para asuntos propios, tendrás derecho a ellos sin que te los descuenten. Pero si no lo especifica tu Convenio, no tendrás derecho a días de asuntos propios como permiso retribuido, pues el ET no los reconoce.