Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Atrasos en el salario

29 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 29 comentarios
31/05/2010 22:54
enhoarabuena por haberte decidido a veces hay que tomar decisiones arriesgadas pero no se puede vivr asi pendiente de cuando el jefe te quiera pagar, animo y mucha suerte amigo.
31/05/2010 16:57
De nada
31/05/2010 16:21
Es increíble lo agradecida que puede llegar a ser la gente.
31/05/2010 16:18
Poniendole nivel al debate.
Ciao gañan.
SALUDOS.
31/05/2010 15:55
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
31/05/2010 09:55
Pero si es lo que te llevamos diciendo veinte días.
SALUDOS.
30/05/2010 12:15
gracias carapialis!! tu respuesta es la que mas me ha gustado, y ya he hablado cn abogados para hacer lo que tu dices!! aver que tal sale la cosa!!! un saludo
30/05/2010 11:39
amigo echa para adelante si llevas asi ya 3 años, el retraso reiterado en el pago de salarios da derecho a poner una demanda de rescisión de contrato via el art. 50 del E.T. olvidate de eso de los tres meses sin cobrar, como te ha dicho jordizr1, el cual se molesta porque llame lo que son a estos empresarios que viven a crédito de los trabajadores, que seguro que no son lo que están dando aqui consejos, amigo.
Por otra parte que seas del sindicato da igual para esta demanda, ya que lo que quieres es rescindir tu contrato unilateralmente, es decir que lo que quieres es irte, lo que te proteje la ley es siendo delegado sindical de que tu jefe pueda echarte, pero no es el caso puesto que aqui eres tu el que quieres irte ok? cualquier duda no dudes en preguntarla, que para eso esta el foro. la solucion la tienes clara:

DEMANDA AL JUZGADO DE LO SOCIAL POR RETRASO REITERADO EN EL COBRO DE SALARIOS VIA ARTICULO 50 DEL E.T. Y SI EL JUEZ TE DA LA RAZON 45 DIAS POR AÑO Y PODRAS SOLICITAR EL PARO Y DECIRLE A TU JEFE BYE BYE..... UN SALUDO.
30/05/2010 00:14
mira, vegas yo tb lo siento, pero es que esto no se si te has dado cuenta que es un foro y la gente pone los mensajes q les de la gana, si quiero ser pesado lo soy, con no meterte en este apartado tienes suficiente, aver quien es el pesao... tu q no paras de meterte o yo?? pasa d ste foro y vete a paseo...
29/05/2010 23:23
Mira, yo lo siento pero eres un poco pesado, las respuestas ya te las han dado, tira para delante y punto, demanda y ya esta.
No hacen falta tres meses, sino el incumpliento reiterado. Vete a un abogado, que te asesores y ya está.
Pero centra el tiro en vez de quejarte tanto.
SALUDOS.
28/05/2010 21:32
Puedes reclamar los atrasos judicialmente, y con intereses.

Lo que no puedes hacer (todavía) es dejar de trabajar y romper el contrato y exigir los 45 dias de indemnización, para hacer eso hacen falta al menos 3 meses de impago.

28/05/2010 19:03
entonces, si tengo las de perder, ¿¿¿no puedo hacer nada???? todo protege al empresario, pero ¿¿¿al trabajador quien lo defiende??? el pago por demora mi jefe se va a reir de mi, para rescindir el contrato hace falta 3 meses, etc.... entonces esto seguira igual hasta que yo me vaya de la empresa por voluntad propia, ¿no?
28/05/2010 15:59
Carapialis, ahórrate los juicios de valor y los insultos.

Este es un foro para responder dudas, y aquí también hay empresarios que dan consejos legales y orientación a quien plantea un problema.

Respecto al problema que se plantea, si planteas ahora mismo la denuncia del contrato, la perderás. Los jueces vienen estimando 3 meses o más de impago para considerar un incumplimiento grave que permita rescindir el contrato con derecho a 45 dias de indemnización.
28/05/2010 15:21
Muchas gracias mefisto y carapialis!!, seguramente lo haga asi porque yo llevo cobrando de la misma forma que tu desde que entre en esta empresa (hace ya 3 años), pero ¿sabes si es el mismo procedimiento teniendo yo de proteccion 5 años por ser del sindicato? lo de pertenecer en la empresa mientras sale el juicio me da igual, ya que de la unica forma que me siento "puteado" es con el dinero, porque no trabajo por gusto! muchas gracias y suerte a ti tambien!!!
27/05/2010 21:46
ponle a tu jefe una demanda de rescion de contrato por retraso en el pago de salarios, se puede hacer, yo lo he hecho, y verás como se le aprieta la cara esto es como bien te han dicho via el art. 50 del estatuto del trabajador, si ganas el juicio te pagaran 45 dias por año de salario, hay sentencias con 4 meses de retraso en el pago de salario favorables al trabajador, lo malo, es que debes pertenecer a la empresa hasta que salga el juicio, con el consiguiente mal rollo, yo ahora mismo estoy inmerso en esta misma situación y me sale el juicio el 15 de julio, en alicante los juzgado de lo social van a tope y llevan mucho retraso, no se como andarán en murcia, es la mejor solución te vas con tu indemnización y puedes solicitar el paro, la mayoria de los empresarios han optado por vivir a credito de sus trabajadores porque ahora no pueden hacerlo de los bancos, son todos un atajo de sinvergüenzas, un fuerte abrazo amigo y decidete cuanto antes porque la situación puede empeorar y te pillará el toro, te lo digo por experiencia, yo llevo asi 17 meses enero lo cobraba en marzo febrero en abril, etc.... etc... animo¡¡
27/05/2010 14:35
Entiendo perfectamente tu desesperacion, decirte que tal como yo lo veo tienes dos opciones:
1.- Extinguir el contrato por cuenta del trabajador, por la via del art.50 Et, segun reiterada jurisprudencia y alguna experiencia personal, el incumplimiento ha de ser grave u reiterado.No te recomiendo esta opcion para tu caso.
2.- demanda exigiendo el 10% para los casos de mora en el pago, tal como te han recomendado anteriormente.
Suerte

27/05/2010 09:14
Ya, pero la respuesta ya te la han dado, seguir insistiendo no va a cambiar lo que hay.
SALUDOS.
26/05/2010 23:54
por eso pregunto aqui, porque en el sindicata parece como si "pasasen" o no se kisieran meter en jaleos!
26/05/2010 17:08
Pero es que ya te lo han dicho, denunciar, puedes pedir los intereses de mora o intentar resolver el contrato por incumplimientos del empresario.
Otra opción no hay. Lo que no entiendo es como perteneciendo a un sidicato no te asesoran al respecto.
SALUDOS.
26/05/2010 17:01
Sigo igual!!! ¿¿¿nadie tiene la resppuesta??