Quería saber si el presidente se puede ausentar en horario de trabajo por causas relacionadas con la comunidad. Se que es así ante un juicio, pero que mas causas estarían incluidas.
Comento mi caso personal para ver si alguien me puede ayudar. A raiz de las obras de la M30 tenemos una reunion con el concejal presidente del ayuntamiento en horario laboral y en mi trabajo penalizan con absentismo las horas que no estemos. Lo que no se es si estoy en mi derecho de poder ausentarme sin que me penalizaran y si en caso de poder ser así, solamente sería respetado ante un juicio ó algo incuestionable. En este caso y puesto que tiene una gran repercusion para mi comunidad yo lo considero incuestionable pero deseaba saber si la ley del estatuto de trabajadores me ampara asi.
A mi modo de ver, la empresa no esta obligada a conceder permiso para esa reunion. Tendrias que delegar en el vicepresidente y de no haberlo en otro propietario, que se comprometa a asistir.