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Auto Ejecucion Titulo Judicial

10 Comentarios
 
27/06/2014 14:20
Hola,
Envié un formulario similar para que embarguen a un Deudor de mi empresa, y el juzgado me ha enviado la diligencia de notificación y requerimiento, junto con el siguiente escrito: "Por recibida la anterior diligencia de notificación del Auto y Decreto despachando ejecución, a la parte ejecutada, con resultado positivo en fecha xx/xx/xx, únase a los autos de su razón y su contenido póngase en conocimiento de la parte demandante para su conocimiento y efectos".
Por favor, ¿me puede ayudar alguien sobre qué paso debemos dar ahora? Han pasado varios meses y el juzgado dice que debemos dar nosotros la orden, ¿pero no está dada ya? En caso contrario, ¿Cual es el modelo?
Gracias!
24/03/2010 08:45
Muchisimas gracias. Hoy lo presentaremos.
22/03/2010 18:01
Olvídalo, basta con lo que ya tienes, preséntalo y deja de darle vueltas, lo pidas como lo pidas, si tiene algo le van a embargar.

Si, por curiosidad quieres ver de qué va lo del punto neutro judicial, búscalo en google, va por comunidades aunque hay un reglamento de actuaciones judiciales.
22/03/2010 16:22
ayyy! que liberacion! gracias por decir que estupendo.

Pues la localidad del deudor (Barberà del valles) es pequeña. Ví por internet que los juzgados de Cerdanyola del Vallès, es partido judicial nº19 de Barcelona y concretamente lleva los temas de esa poblacion concretamente, donde esta mi deudor.

No se a que te refieres a punto neutro judicial o oficina averiguacion de bienes en esa plaza... en la plaza de cerdanyola? Con este punto: "Se libre oficio dirigido a la Terminal Telemática de los Juzgados de Cerdanyola del Vallès, con el fin de que sea facilitada una relación de bienes y derechos del ejecutado." no basta?
22/03/2010 14:06
Estupendo.
¿no hay punto neutro judicial u oficina de averiguación de bienes en esa plaza?
22/03/2010 12:09
He escrito lo siguiente, no se si me falta algun dato mas... !!!
Don XX con DNI XXX, como representante de la entidad XXX con NIF número XXX, con domicilio en la calle XXX, de la localidad de XXX, con número de teléfono XX y número de fax XX, y de dirección de correo electrónico XXX ante este Juzgado, con el debido respeto, comparezco y,

D I G O

Que se nos ha notificado Resolución de fecha de 15 de Marzo de 2010 por el que se da por finalizado el proceso de JUICIO MONITORIO nº XXXX/2009 Seccion X, permitiéndose instar despacho de ejecución, y es por ello, por lo que por medio del presente escrito, FORMULO Demanda de Ejecución de título Judicial contra XXXXXX con NIF número XXX, representada por D. XXXX, con domicilio laboral en XXX de la localidad XXX, con número de teléfono XXX y número de fax XXX, y de dirección de correo electrónico XXX, en base a los siguientes hechos:

H E C H O S
PRIMERO.- Que en su día se interpuso demanda de Proceso Monitorio en reclamación de la citada cantidad de dinero, siendo la parte demandada requerida al pago y resultando que no llegó a pagar al peticionario ni se opuso a las pretensiones de la parte actora.
SEGUNDO.- Que se nos ha notificado resolución de este Juzgado de fecha 15/03/2010, por el cual se ponía en conocimiento de esta parte que había transcurrido el plazo de veinte días, concedido al demandado, para verificar el pago o la posible oposición a lo solicitado en nuestro escrito de demanda, así como que se daba por finalizado el presente procedimiento, comunicándoselo a esta parte para que instara lo que a su derecho conviniese.

Por todo ello,

SUPLICO AL JUZGADO: que teniendo por presentado este escrito y por hechas las manifestaciones que en el se contienen, las admita y dicte auto despachando ejecución contra bienes de XXX y en cantidad suficiente para cubrir la suma de Seiscientos treinta y siete con veintiún euros (637,21€) como principal más Ciento noventa y uno con dieciséis euros (191,16€), que según faculta el Art. 575.1 LEC, se presupuestan en concepto de los intereses moratorios vencidos y costas que se devenguen durante la ejecución del proceso, sin perjuicio de una ulterior liquidación.

PRIMER OTROSÍ DIGO Puesto que esta parte desconoce los bienes que pueda tener el demandado, se solicita, conforme establece el art. 589 LEC, se le requiera al ejecutado a fin de que designe bienes y derechos de su propiedad para cubrir la cuantía antes indicada, todo ello con los apercibimientos legales en caso de no contestar al requerimiento.

SEGUNDO OTROSÍ DIGO: No obstante lo anterior, esta parte interesa se proceda a la adopción de las siguientes medidas de localización e investigación que interese al amparo del artículo 590 de la LEC, y en el caso de hallarse bienes, se acuerde el embargo de bienes concretos, por las cantidades expresadas, nombrándose depositario de aquellos y, en su caso, se libren los mandamientos oportunos para practicar las anotaciones a que hubiere lugar en los Registros pertinentes, todo ello con expresa imposición de costas al ejecutado.
Y en particular:
a) Se libre oficio dirigido a la Terminal Telemática de los Juzgados de Cerdanyola del Vallès, con el fin de que sea facilitada una relación de bienes y derechos del ejecutado.
b) Se libre oficio dirigido a la oficina de Renta y Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Barberà del Vallès, a fin de que, por quien corresponda, sea expedida certificación acreditativa de los conceptos por los que el deudor figure como contribuyente al mismo, con indicación en su caso de la entidad bancaria y número de cuenta donde consten domiciliados los pagos, y demás datos patrimoniales que tengan respecto de la parte demandada.
c) Se libre oficio dirigido a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para que se expida y remita a ese Juzgado certificación acreditativa de los bienes muebles, inmuebles, y medios de fortuna que le sean conocidos por dicho Organismo a la parte deudora.
d) Se libre oficio a la Delegación Provincial de la Agencia Tributaria para que retenga las cantidades que por cualquier concepto hayan de ser devueltas por la Agencia Tributaria a la parte deudora.
e) Se libre oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social a los fines de que se libre certificación y se remita a las presentes actuaciones, en relación a las cotizaciones del deudor, con indicación en su caso de la entidad bancaria y número de cuenta donde consten domiciliados los pagos.
f) Se libre oficio a Catastro con el fin de que se certifiquen los bienes en los que el ejecutado conste como titular catastral.
g) Se libre oficio a la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona para que expida y remita al Juzgado certificación acreditativa sobre los vehículos que tienen inscritos en los registros de tráfico a su nombre la entidad ejecutada.

Suplico al Juzgado que teniendo por realizadas los anteriores otrosíes y acuerde librar los oficios solicitados.
Fdo.
22/03/2010 11:58
La verdad es que yo no pongo casi nada, sino que recuerdo lo que dice la ley: el juez despachará ejecución (en imperativo) y demando que así se haga por las cantidades que sean y con los otrosíes que hemos comentado.
22/03/2010 11:55
Estoy redactando el escrito... es necesario poner los apartados "Fundamentos de derecho"?
Es que en los ejemplos que estoy haciendo servir, vienen diferentes en cada uno...
Me estoy liando
18/03/2010 16:27
Muchas gracias. Mas que nada por hacerlo bien... porque pone que se incoaran los autos de ejecucion una vez se presente la correspondiente demanda ante el juzgado.... y entonces me han entrado las dudas entre los 2 modelos.
En el ej. que he visto vienen 2 otrosi, uno que le requiera para manifestar bienes, y en el otrosi que no obstante lo anterior se localicen e investiguen bienes.
El problema que planteaba que siendo el deudor una empresa, no se si vale la pena que investiguen cotizaciones si no tiene salario propiamente como si fuera una persona particular para embargarselo. Aunque podria servir para saber el nº de cuenta bancaria donde efectuan los ingresos a seg.social.. no?
Y me estoy comiendo la cabeza y no se que más ideas para que investiguen a una empresa... se nota que es mi primera vez, eh?
18/03/2010 14:37
Se trata de una interpretación interesada de los juzgados, ni siquiera es necesario poner demanda ejecutiva, pero como no te vas a poner a discutir, es demanda de ejecución de título judicial. En el otrosí, puedes poner todo lo que se te ocurra, mientras más mejor, incluso que lo requieran para que manifieste bienes, bajo los apercibimientos legales.
Auto ejecucion titulo judicial
18/03/2010 13:53
Me ha llegado resolucion a un monitorio de menos de 900 euros que interpuso nuestra empresa contra un cliente impagado y dice:
Que nuestro cliente no ha comparecido ni pagado en el plazo y que se archiva el monitorio, se dan por concluidos los autos y se incoaran los autos de ejecucion de titulo judicial, una vez presente la correspondiente demanda ante el Juzgado decano.
He cogido varios modelos por internet pero unos pone demanda ejecutiva para dictar auto despachando ejecucion, y otros pone solo demanda de ejecucion de titulos judiciales. No se si la diferencia es mucha entre una y otra.
En ambos ejejemplos viene el otrosi digo que comenta que desconocemos los bienes e instamos a la averiguacion, pero claro... siendo una empresa, que averiguen el que? Devoluciones tributarias pendientes y patrimonio de la empresa? He visto los ejemplos donde habla de instar a seg.social para datos de afiliciacion para averiguar los numeros de numeros de cuentas bancarias...
Que me aconsejais?
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10 Comentarios
 
27/06/2014 14:20
Hola,
Envié un formulario similar para que embarguen a un Deudor de mi empresa, y el juzgado me ha enviado la diligencia de notificación y requerimiento, junto con el siguiente escrito: "Por recibida la anterior diligencia de notificación del Auto y Decreto despachando ejecución, a la parte ejecutada, con resultado positivo en fecha xx/xx/xx, únase a los autos de su razón y su contenido póngase en conocimiento de la parte demandante para su conocimiento y efectos".
Por favor, ¿me puede ayudar alguien sobre qué paso debemos dar ahora? Han pasado varios meses y el juzgado dice que debemos dar nosotros la orden, ¿pero no está dada ya? En caso contrario, ¿Cual es el modelo?
Gracias!
24/03/2010 08:45
Muchisimas gracias. Hoy lo presentaremos.
22/03/2010 18:01
Olvídalo, basta con lo que ya tienes, preséntalo y deja de darle vueltas, lo pidas como lo pidas, si tiene algo le van a embargar.

Si, por curiosidad quieres ver de qué va lo del punto neutro judicial, búscalo en google, va por comunidades aunque hay un reglamento de actuaciones judiciales.
22/03/2010 16:22
ayyy! que liberacion! gracias por decir que estupendo.

Pues la localidad del deudor (Barberà del valles) es pequeña. Ví por internet que los juzgados de Cerdanyola del Vallès, es partido judicial nº19 de Barcelona y concretamente lleva los temas de esa poblacion concretamente, donde esta mi deudor.

No se a que te refieres a punto neutro judicial o oficina averiguacion de bienes en esa plaza... en la plaza de cerdanyola? Con este punto: "Se libre oficio dirigido a la Terminal Telemática de los Juzgados de Cerdanyola del Vallès, con el fin de que sea facilitada una relación de bienes y derechos del ejecutado." no basta?
22/03/2010 14:06
Estupendo.
¿no hay punto neutro judicial u oficina de averiguación de bienes en esa plaza?
22/03/2010 12:09
He escrito lo siguiente, no se si me falta algun dato mas... !!!
Don XX con DNI XXX, como representante de la entidad XXX con NIF número XXX, con domicilio en la calle XXX, de la localidad de XXX, con número de teléfono XX y número de fax XX, y de dirección de correo electrónico XXX ante este Juzgado, con el debido respeto, comparezco y,

D I G O

Que se nos ha notificado Resolución de fecha de 15 de Marzo de 2010 por el que se da por finalizado el proceso de JUICIO MONITORIO nº XXXX/2009 Seccion X, permitiéndose instar despacho de ejecución, y es por ello, por lo que por medio del presente escrito, FORMULO Demanda de Ejecución de título Judicial contra XXXXXX con NIF número XXX, representada por D. XXXX, con domicilio laboral en XXX de la localidad XXX, con número de teléfono XXX y número de fax XXX, y de dirección de correo electrónico XXX, en base a los siguientes hechos:

H E C H O S
PRIMERO.- Que en su día se interpuso demanda de Proceso Monitorio en reclamación de la citada cantidad de dinero, siendo la parte demandada requerida al pago y resultando que no llegó a pagar al peticionario ni se opuso a las pretensiones de la parte actora.
SEGUNDO.- Que se nos ha notificado resolución de este Juzgado de fecha 15/03/2010, por el cual se ponía en conocimiento de esta parte que había transcurrido el plazo de veinte días, concedido al demandado, para verificar el pago o la posible oposición a lo solicitado en nuestro escrito de demanda, así como que se daba por finalizado el presente procedimiento, comunicándoselo a esta parte para que instara lo que a su derecho conviniese.

Por todo ello,

SUPLICO AL JUZGADO: que teniendo por presentado este escrito y por hechas las manifestaciones que en el se contienen, las admita y dicte auto despachando ejecución contra bienes de XXX y en cantidad suficiente para cubrir la suma de Seiscientos treinta y siete con veintiún euros (637,21€) como principal más Ciento noventa y uno con dieciséis euros (191,16€), que según faculta el Art. 575.1 LEC, se presupuestan en concepto de los intereses moratorios vencidos y costas que se devenguen durante la ejecución del proceso, sin perjuicio de una ulterior liquidación.

PRIMER OTROSÍ DIGO Puesto que esta parte desconoce los bienes que pueda tener el demandado, se solicita, conforme establece el art. 589 LEC, se le requiera al ejecutado a fin de que designe bienes y derechos de su propiedad para cubrir la cuantía antes indicada, todo ello con los apercibimientos legales en caso de no contestar al requerimiento.

SEGUNDO OTROSÍ DIGO: No obstante lo anterior, esta parte interesa se proceda a la adopción de las siguientes medidas de localización e investigación que interese al amparo del artículo 590 de la LEC, y en el caso de hallarse bienes, se acuerde el embargo de bienes concretos, por las cantidades expresadas, nombrándose depositario de aquellos y, en su caso, se libren los mandamientos oportunos para practicar las anotaciones a que hubiere lugar en los Registros pertinentes, todo ello con expresa imposición de costas al ejecutado.
Y en particular:
a) Se libre oficio dirigido a la Terminal Telemática de los Juzgados de Cerdanyola del Vallès, con el fin de que sea facilitada una relación de bienes y derechos del ejecutado.
b) Se libre oficio dirigido a la oficina de Renta y Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Barberà del Vallès, a fin de que, por quien corresponda, sea expedida certificación acreditativa de los conceptos por los que el deudor figure como contribuyente al mismo, con indicación en su caso de la entidad bancaria y número de cuenta donde consten domiciliados los pagos, y demás datos patrimoniales que tengan respecto de la parte demandada.
c) Se libre oficio dirigido a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para que se expida y remita a ese Juzgado certificación acreditativa de los bienes muebles, inmuebles, y medios de fortuna que le sean conocidos por dicho Organismo a la parte deudora.
d) Se libre oficio a la Delegación Provincial de la Agencia Tributaria para que retenga las cantidades que por cualquier concepto hayan de ser devueltas por la Agencia Tributaria a la parte deudora.
e) Se libre oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social a los fines de que se libre certificación y se remita a las presentes actuaciones, en relación a las cotizaciones del deudor, con indicación en su caso de la entidad bancaria y número de cuenta donde consten domiciliados los pagos.
f) Se libre oficio a Catastro con el fin de que se certifiquen los bienes en los que el ejecutado conste como titular catastral.
g) Se libre oficio a la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona para que expida y remita al Juzgado certificación acreditativa sobre los vehículos que tienen inscritos en los registros de tráfico a su nombre la entidad ejecutada.

Suplico al Juzgado que teniendo por realizadas los anteriores otrosíes y acuerde librar los oficios solicitados.
Fdo.
22/03/2010 11:58
La verdad es que yo no pongo casi nada, sino que recuerdo lo que dice la ley: el juez despachará ejecución (en imperativo) y demando que así se haga por las cantidades que sean y con los otrosíes que hemos comentado.
22/03/2010 11:55
Estoy redactando el escrito... es necesario poner los apartados "Fundamentos de derecho"?
Es que en los ejemplos que estoy haciendo servir, vienen diferentes en cada uno...
Me estoy liando
18/03/2010 16:27
Muchas gracias. Mas que nada por hacerlo bien... porque pone que se incoaran los autos de ejecucion una vez se presente la correspondiente demanda ante el juzgado.... y entonces me han entrado las dudas entre los 2 modelos.
En el ej. que he visto vienen 2 otrosi, uno que le requiera para manifestar bienes, y en el otrosi que no obstante lo anterior se localicen e investiguen bienes.
El problema que planteaba que siendo el deudor una empresa, no se si vale la pena que investiguen cotizaciones si no tiene salario propiamente como si fuera una persona particular para embargarselo. Aunque podria servir para saber el nº de cuenta bancaria donde efectuan los ingresos a seg.social.. no?
Y me estoy comiendo la cabeza y no se que más ideas para que investiguen a una empresa... se nota que es mi primera vez, eh?
18/03/2010 14:37
Se trata de una interpretación interesada de los juzgados, ni siquiera es necesario poner demanda ejecutiva, pero como no te vas a poner a discutir, es demanda de ejecución de título judicial. En el otrosí, puedes poner todo lo que se te ocurra, mientras más mejor, incluso que lo requieran para que manifieste bienes, bajo los apercibimientos legales.
Auto ejecucion titulo judicial
18/03/2010 13:53
Me ha llegado resolucion a un monitorio de menos de 900 euros que interpuso nuestra empresa contra un cliente impagado y dice:
Que nuestro cliente no ha comparecido ni pagado en el plazo y que se archiva el monitorio, se dan por concluidos los autos y se incoaran los autos de ejecucion de titulo judicial, una vez presente la correspondiente demanda ante el Juzgado decano.
He cogido varios modelos por internet pero unos pone demanda ejecutiva para dictar auto despachando ejecucion, y otros pone solo demanda de ejecucion de titulos judiciales. No se si la diferencia es mucha entre una y otra.
En ambos ejejemplos viene el otrosi digo que comenta que desconocemos los bienes e instamos a la averiguacion, pero claro... siendo una empresa, que averiguen el que? Devoluciones tributarias pendientes y patrimonio de la empresa? He visto los ejemplos donde habla de instar a seg.social para datos de afiliciacion para averiguar los numeros de numeros de cuentas bancarias...
Que me aconsejais?