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¿autónoma para poder darles factura de cada hora realizada?

11 Comentarios
 
¿autónoma para poder darles factura de cada hora realizada?
21/10/2019 16:58
Estimado Sr/ Sra,

Yo soy actualmente desempleada y ocasionalmente trabajo limpiando apartamentos. Es lógicamente trabajo en negro pues no me contratan. Sin embargo una empresa inmobiliaria reciéntemente se ha puesto en contacto conmigo para hacer trabajo de limpieza en varias casas/apartamentos que tienen y me dicen que quieren que le haga facturas de cada hora trabajada. Si veo que me piden ésto es porque no me piensan contratar imagino, o sea que ellos no me pagan la seguridad social, ¿verdad?
¿Tendría que darme yo de alta como autónoma para luego justificarle las horas y darle facturas?¿Cuánto me saldría hacerme autónoma (viviendo en Marbella) y tendría que pagar yo muchos impuestos si tengo que justificarles todas las horas, me compensa? Ruego me ayuden con ésto y disculpen mi ignorancia pues en estos temas desconozco cómo funciona.

Muchas Gracias! saludos al foro!!
21/10/2019 18:28
Lucilda82
Pues podría hacerse de esa manera siempre y cuando al facturarles sea al precio que imponga usted pero como me temo que ya se lo darán a precio fijado por ellos estaríamos ante un falso autónomo con lo que si trabaja unos meses en esas condiciones y luego denuncia por falso autónomo tendrían, por un lado, que hacerla indefinida a tiempo completa con el convenio de limpieza de edificios y locales, por el otro, que devolverle a usted los autónomos pagados y cotizar por usted desde la fecha de inicio de la actividad y pagarle todo lo que no le han pagado ajustándose al convenio anteriormente mencionado.
En cuanto a la cuota de autónomo tendríamos que saber al menos las h. semanales que va a trabajar en esa Empresa.
21/10/2019 19:28
Jamgrrhh28
Hola,
antes de nada gracias por su respuesta. Sí, efectivamente ellos me preguntaron cuánto cobro por hora y les dije que 15 euros pero que dependiendo de si es más trabajo podría llegar a un acuerdo de cobrarles 12 la hora, pero claro, al pedirme ellos facturas tendría que cobrarles más, porque aparte del gasto que conlleva darme de alta como autónoma de cada hora que trabaje me quitan un tanto por ciento de impuestos...no sé realmente de 12 euros/hora cuánto sería. El trabajo en si me han dicho que son unas 20 casas y yo haría 8 horas diarias hasta acabar el trabajo. Después de ésto, ¿tendría que darme de baja de autonoma o ésto cuando se paga es por un tiempo determinado?No se cómo lo podría realizar para que me saliera lo menos caro posible.
21/10/2019 19:41
Lucilda82
Pero qué sería una cosa por poco tiempo o sería para seguir? Y si son 8 h/día, cuántos días a la semana? Que sería en exclusividad? Si esto es así me queda más claro que sería usted falsa autónoma.
21/10/2019 19:52
Jamgrrhh28
Bueno lo de las 8 horas diarias lo dije yo por decir algo...ellos solo me han hablado de hacer el trabajo de las 20 casas que quedaría finalizado al yo acabarlo, que podrían ser varias semanas dependiendo de qué tipo de casas sean y del tamaño de las mismas...el problema viene cuando ellos me han dicho que les tengo que dar facturas de las horas que trabaje. Cosa que nunca me ocurrió porque como dije al principio siempre hice el trabajo sin declarar nada porque nadie me contrató. Entonces estoy tratando de encontrar la forma de no perder esta oportunidad de trabajo que se me ha presentado y de que me salga de la mejor manera posible pues como dije estoy parada y apenas tengo ingresos, de ahí las dudas de que si me hago autónoma por cuánto tiempo podría ser para que me salga lo mas económico posible y cuáto más tendría que cobrar por hora para no perder ese dinero al después declararlo a hacienda.
21/10/2019 23:03
Lucilda82
Buenas... mañana la escribo, veo algunas cosas con las que debo ser muy preciso, en principio lo que veo es que siguiendo los tramites que esa empresa quiere podría reclamar la condición de trabajadora en la empresa. Mañana la comento, como tendría que hacer, como hacer para presentar los impuestos en caso de darse de alta en autónomos y demás información de su interés
21/10/2019 23:07
Lucilda82
Decir solo, como anticipo, que no debe asustarse, se puede dar de alta cuando quiera y baja cuando quiera y que la cuota salvo que fuera autonoma hace menos de dos años (antes 5) es de 60 euros, lo que se llama tarifa plana
21/10/2019 23:30
Luisconrad
Hola...muchas gracias por su respuesta. Bueno, eso es justamente lo que yo me preguntaba...si la empresa es tan legal que quieren justificar cada hora que pagan por trabajo lo más lógico sería que me hicieran un contrato temporal hasta fin de trabajo y no que me pidieran a mi facturas por el trabajo que les hago. A no ser que ellos pensaran que soy una empresa de limpieza, cosa que no es así pues ya les hablé de mi situación. A mi me da pena dejar pasar esta oportunidad pues estoy necesitada y si es cierto que son tantas viviendas como dicen sería mi salvación pues sería un buen ingreso, pero lo que no quiero es tener que pagarme el autónomo y encima después de cada 12 euros que cobre la hora darle a hacienda 2 ó 3 (o los que me quieran descontar). Esta empresa inmobiliaria es consciente que yo les he pedido 12 euros netos.
22/10/2019 07:44
Lucilda82
Lo de ser autónoma y que sus beneficios sean de un único cliente o que estos sean al menos del 75%, la convierten en TRADE, que significa que es un trabajador autonomo dependiente, esto se lo digo, simplemente por si alguien la dice que es una TRADE, no se asuste.

El precio de 12 € la hora esta muy bien. El IRPF, a descontar es tan solo del 7% en los dos primeros años o tres.

Ahora como autónoma, debe proceder con cautela en el papeleo o bien contratar a un gestor. Lo primero es darse de alta en Hacienda, con el modelo 037, realmente lo mas difícil de rellenarlo es dar con el epígrafe que te corresponde, y lo mas probable es que permita la facturación por módulos, seguidamente, (como va a ser una actividad habitual), debe darse de alta en la Seguridad Social, si bien, aquí viene el problema de muchos autónomos, que viene en relación a la pregunta de ¿Pero si no gano el salario mínimo interprofesional tengo que darme de alta en la Seguridad Social? La respuesta es si, porque lo dice las disposiones legales, pero existe un concepto, el de habitualidad que a los jueces no les ha quedado muy claro, y ellos interpretan que la habitualidad existe cuando se llega al salario mínimo interprofesional, de tal forma que si no se llega, no se cumple el requisito de habitualidad y por tanto no tiene porque darse de alta en la Seguridad Social...Esto es algo muy importante, porque los autonomos cuando comenten un error, este les puede pasar factura importante y arrastrarla durante mucho tiempo.

La cuota es para los nuevos autónomos es de 60 euros, eligiendo la tarifa plana.

En primer lugar, debe darse de alta en hacienda y en el mismo día, darse de alta en la Seguridad Social, desde su web, el modelo es el TA0521... Porque al menos que yo sepa, por la misma Tesorería cuando fui hacerme autónomo, (aunque desconfió de dicha información) me dijeron que me sacara un certificado digital, porque ya no permitían presentar nada físicamente. En efecto, yo soy autónomo como asesor laboral y la vez trabajo de vigilante a ratos.

Ahora... continuo, no me va a caber todo en un solo mensaje...
22/10/2019 07:52
Lucilda82
Para conseguir el certificado digital y darse de alta en hacienda, la seguridad social, presentar cada tres meses, si su epígrafe lo permite el modelo 130, 303 cada 3 meses y anualmente el 390, debe obtener el certificado, que es bastante sencillo, es imprescindible, estar dado de alta en hacienda para emitir facturas, recuerde que las facturas se emiten a empresas, y a personas físicas se les emite un ticket.

Pues bien se mete en la casa de la moneda y timbre en la zona de certificado digital, esto es, hágalo con Firerox... Es posible que tenga que actualizarlo...Una vez hecho los tramites, le darán un código con el que se presentara tras solicitar la cita previa en alguna de las oficinas autorizadas (seguro tendrá una muy cerca de casa), el objeto es darla el contrato de la casa de la moneda e verificar que usted es quien dijo ser por Internet... le darán un código, con el que tendrá que volver usted con el mismo navegador, el mismo ordenador, el mismo usuario descargar el certificado y a funcionar
22/10/2019 07:58
Lucilda82
El modelo 130 y 303 se presenta de forma trimestral, en los siguientes plazos:

Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, ambos inclusive.

El 390, los 30 primeros días de enero

Es importante darse de alta, casi simultáneamente en hacienda y la seguridad social, no se podrá dar de alta en la seguridad social sin antes haberse dado de alta en hacienda, la razón de darse de alta en la seguridad social en el mismo día, es que no queremos que la seguridad social piense que estábamos ejerciendo sin pagar la cuota.
22/10/2019 19:18
Luisconrad
Muchísimas gracias por su respuesta y haberse tomado el tiempo necesario, se lo agrdezco de verdad. Bueno, con esta información iniciaré los trámites.
Muchas gracias a todos en el foro.
saludos!!!