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autorización judicial para ampliar el préstamo

7 Comentarios
 
Autorización judicial para ampliar el préstamo
24/06/2009 10:38
Buenos días a todos;

A ver que os parece esto, una cliente necesita ampliar el préstamo que tiene suscrito con una entidad bancaria, no obstante para ello la entidad le solicita que recabe una autorización judicial, habida cuenta que el inmueble objeto de la garantía está a nombre del hijo menor de ésta.

Inicio a nombre de la cliente un Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, para recabar la referida autorización judicial.

Para ello echo mano de la LEC 1881, vigente en estas lides y que reza lo siguiente;

TÍTULO XI.
DE LA ENAJENACIÓN DE BIENES DE MENORES E INCAPACITADOS Y TRANSACCIÓN ACERCA DE SUS DERECHOS.
Artículo 2011.
Será necesaria autorización judicial para enajenar o gravar los bienes de menores o incapacitados en los supuestos en que así lo establezca el Código Civil.
Artículo 2012.
Para decretar la enajenación o gravamen será necesario:
1. Que la pidan:
a. El padre o la madre que tengan la patria potestad de su hijo menor. Si éste fuere mayor de doce años, firmará también la petición.

Pues bien, inicio el referido procedimiento a nombre de la madre, y tanto el Fiscal como el Juez dan su visto bueno, el Auto deviene firme y entrego testimonio del mismo a la cliente para que acuda al Notario a suscribir el préstamo.

Y cuál es mi sorpresa cuando me llama la “asistenta del Notario” para decirme que el Auto no vale, pues entiende que el registrador X , que es donde ha de inscribirse, es muy tiquismiquis, y lo va a echar para atrás habida cuenta que la autorización hace solo referencia a la madre pero no al padre. Y me dice a tal efecto que lo mejor es que inicie de nuevo el procedimiento haciendo referencia al padre!!!

Es decir, que me tire otros cinco meses para conseguir la autorización judicial con lo que eso conlleva; a saber, que la entidad bancaria retire la oferta y mi cliente se quede sin préstamo.

No obstante aún así, la apoderada del banco firma el préstamo ante Notario pero éste queda en suspenso en tanto en cuanto no se inscriba la escritura en el registro.

A ver, o yo no me entero o lo que dice la ley es “El padre O la madre que tengan la patria potestad de su hijo menor”. Dice O no Y.

De todas formas e independientemente de lo anterior, si se niega el registrador a inscribir la anotación, qué puedo hacer?

¿Existe alguna posibilidad de que en este caso, el padre pueda prestar su consentimiento sin necesidad de acudir a un nuevo procedimiento judicial; por ejemplo, prestar el consentimiento ante notario y acudir al Registro con el mismo?


Perdonad que haya sido tan extenso, pero es que no me quedaba otra opción..


Un saludo y gracias por adelantado.
perfil Vio
24/06/2009 12:39
Asombroso...Me temo que esa "asistenta" pasa la rosca (¿ es licenciada?), o guisa el conejo antes de cazarlo.
Salvo mejor criterio sugiero lo siguiente:
1.- Comparecencia del padre en la Notaria, protocolizando un acta de conformidad ,para adicionar al expediente bancario y al Registro.

El legislador al redactar "o", está claro que lo dispuso "lato sensu", o amplio, argumento a prevenir ante una posible negativa de inscripción

2.- En prevención de esto último estudiar las resoluciones de la Dirección de Registros y Notariado, que son más abundantes de lo que se piensa, asi como la Jurisprudencia de negativas de inscripción , para tener preparado un posible recurso contra el Registrador, ya que no se entiende que una auxiliar de notario, ni el notario , ni un registrador, pongan en duda la validez de un "Auto judicial" , tramitado con todos los requisitos. Parece mentira.
Prevenir, mientras tanto que no se pierda la oferta del préstamo, aunque los servicios juridicos de los bancos suelen estar bien preparados.
Tennos al corriente. Saludos
24/06/2009 13:01
Gracias or tu inmediata respuesta Vio.

Voy a echar un vistazo a las resoluciones de la DGRyN, a ver qué encuentro por ahí.

Te mantengo informado si hubiere novedades al respecto.

Gracias de nuevo y un saludo!
25/06/2009 02:29
Los registradores de la propiedad no "tragan" con todo lo que dicen los autos de los jueces... en este caso concreto.. la patria potestad solo la tenia la madre? o era compartida con el padre? quizas en el auto no lo aclaran...

De todas maneras es logico... es un menor... se le va a gravar su propiedad.... porque no tiene que autorizarlo el padre si no ha sido privado de la patria potestad?
25/06/2009 09:43
A ver, la patria potestad es compartida con el padre, lo que no obsta para que sea suficiente con que lo solicite uno solo de los dos, no porque lo diga yo, sino porque así lo establece la Ley.

El Juzgador, así como el fiscal, son conscientes de este dato habida cuenta que la en la demanda se adjuntan documentos suficientes para acreditar la entidad del padre.


Un saludo.
25/06/2009 13:58
Pues no es logico que si la madre quiere gravar un prestamo en la vivienda propiedad del menor... sea ella solo la que decida... el padre tendra que saberlo y autorizarlo... para las decisiones importantes respecto a los hijos...son ambos padres quienes tienen que decidir...

En el texto dice: el padre o la madre que tengan la patria potestad... en ningun momento excluye a uno de los dos.... mas bien descarta al que no tiene la patria potestad..

25/06/2009 17:08
Por supuesto que no exluye a nadie, no es excluyente, pero lo que parece claro-o al menos yo así lo entiendo- es que parte de la base de que ambos tienen la patria potestad, y a partir de ahí permite al padre O a la madre llevar a cabo la tramitación de la autorización.

Es más, si como tú argumentas el texto descartase al que no tuviera la patria potestad, no estaría redactado con el verbo tener en plural "tengaN", sino que constaría en singular-tenga-: "EL padre o la madre que tenga la PP."

Y de haber sido necesaria la iniciativa de ambos, huelga decir que la O tendría que ser Y.

No obstante, tendré en cuenta tu respuesta, y para curarme en salud, llevaré a efecto la comparecencia del padre en la Notaria, protocolizando un acta de conformidad por si las moscas.

Gracias por tu opinión Miriam, y un saludo!
27/06/2009 21:16
Mejor que el padre manifieste su conformidad.... imaginese un caso parecido en el que el padre no esta conforme con que se avale el prestamo con la vivienda del niño....o que la madre luego invierte el dinero del prestamo en cosas distintas al bien del menor?