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Aval de arrendamiento

1 Comentarios
 
Aval de arrendamiento
14/03/2008 11:31
Hola. El otro día, en una inmobiliaria vi un piso que me encantaba y decidí alquilarlo.
Cuando fui al día siguiente para pagar la reserva (100 euros) la mujer de la inmobiliaria que lleva este piso me dijo que el propietario, exige un aval de arrendamiento por seis meses. Yo acepté a tramitarlo porque el piso me interesaba y no tengo ningún inconveniente en hacerlo. Además en estos temas soy bastante ignorante, y decidí informarme antes de tramitar nada. Cuando llamé a la mujer de la innmoiliaria para conocer las condiciones del aval me dijo que el propietario quiere un aval de 2400 euros (lo equivalente al alquiler de 6 meses) para ejecutarlo en caso de que yo destroce el piso, porque ha invertido mucho dinero en la reforma de esa vivienda y ya le destrozaron uno. La mujer de la inmobiliaria me dice que el contrato incuirá un inventario fotográfico, que esté tranquila y que le va a hacer formar un documento en el que se asegura que no ejecutará el aval salvo en caso de vandalismo por mi parte....
Pero... ¿un aval de arrendamiento no es simplemente para asegurar el pago? ¿no se supone que para los destrozos ya está la fianza?
Aunque ya he pagado la señal y me fastidiaría perderla, prefiero hacerlo a meterme en ese berengenal. He buscado casos parecidos para informarme y no encuentro ninguno. No sé si la mujer se ha explicado mal, pero yo le he preguntado ya seis veces y siempre me dice lo mismo: que es un aval de 2400 euros para ejecutarlo en caso de que destroce el piso.
No sé que hacer. No me fío nada. Si alguien puede asesorarme me haría un gran favor. Gracias.
perfil Jan
17/03/2008 16:16
Hola zhoila. La petición de aval por parte de los propietarios arrendadores como condición para arrendar la vivienda es muy común en la práctica.Es lo que se denomina una GARANTÍA ADICIONAL, la cual es algo DISTINTO a la Fianza.

Los avales normalmente se suelen pedir para suplir la falta de pago del arrendatario,aunque también es cierto que su finalidad es suplir el INCUMPLIMIENTO de las obligaciones del arrendatario, entre las cuales se encuentra hacer un buen uso de la vivienda arrendada.

Reciba un cordial saludo.