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Aviso de suspensión formal de marca.

4 Comentarios
 
Aviso de suspensión formal de marca.
23/01/2013 23:32
Hace un mes he registrado una marca que necesitaba para mi negocio.

Hoy me ha llegado un aviso de suspensión formal del expediente que dice lo siguiente:

Examinado el expediente de referencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre de Marcas (B.O.E., Núm. 294 de 8 de diciembre), se acuerda la suspensión de la marca solicitada por los siguientes Motivos:
- Apórtese la página correspondiente de los impresos oficiales de la instancia de solicitud, cumplimentando correctamente el apartado "Descripción opcional". La descripción debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no pudiéndose incluir otros comentarios.
En el caso de que no subsanen dichos defectos se le tendrá por desistido de su solicitud de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la mencionada Ley de Marcas.

En mi caso, lo que dice la explicación es "delante de la palabra "pepelit" hay un interruptor tipo "play".

Esto es exactamente lo que me aconsejaron que escribiera cuando pregunté en la oficina de marcas de mi ciudad y pienso que sí que es descriptivo de la marca.

No entiendo muy bien si la suspensión es definitiva y qué debo hacer. Había pensado reenviar exactamente el mismo expediente pero sin escribir nada en el apartado conflictivo.

Os agradecería mucho cualquier orientación.
perfil cys
24/01/2013 11:26
Aunque carezco de más datos para darte una respuesta más detallada, si puede decirte que tú marca ha sido objeto de un suspenso provisional de su tramitación por motivos de forma.

El apartado correspondiente a la “Descripción Opcional”, solo debe rellenarse cuando existan elementos especialmente complejos o de difícil legibilidad que así lo precisen (de ahí lo de opcional); pero, me da la sensación de que no es el caso de la marca mixta que solicitaste.

La suspensión no es definitiva, aunque tampoco basta con reenviar la solicitud, porque debes:

a) Interponer escrito de Contestación al Suspenso ante la OEPM en modelo oficial, reconociendo el error formal y subsanándolo de acuerdo con las indicaciones del Examinador.

b) Adjuntar al mismo, de nuevo y correctamente rellenada, la página 2ª de la solicitud, que es la relativa a la descripción de la marca.

Mi consejo es, como bien dices, no poner nada en el apartado 23, evitando problemas y falsas interpretaciones por parte de quien examina.

Estos documentos deben aportarse ante la propia OEPM en el plazo de 1 mes desde la publicación en B.O.P.I. (según te habrán indicado en la propia notificación), y esperar la resolución. El escrito de Contestación al Suspenso no requiere el pago de ninguna tasa.

Si precisas más aclaraciones: consultasysugerencia@ono.com

Saludos, cys
24/01/2013 16:07
Muchísimas gracias.
07/02/2013 11:43
Ya respondí con el escrito de "contestación al suspenso" y he llamado por teléfono a la OEPM y me han dicho que todo está bien.

Os mantendré informados por si a alguien más le ha pasado lo mismo.
perfil cys
07/02/2013 18:20
Hola Teresa:

Me alegro del éxito. Ahora, a esperar que con un poco de suerte nadie se oponga y te la conceden definitivamente.

Y, ya sabes, para más aclaraciones: consultasysugerencia@ono.com

Saludos, cys