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baja de socio en cooperativa

2 Comentarios
 
Baja de socio en cooperativa
13/09/2005 00:37
Lo primero un saludo, paso a exponer mi tema.

mi mujer trabaja, o trabajaba en una cooperativa, hace no mucho tiempo (un par de meses), tuvo un percance por unos vales de compra que se habian dejado en el supermercado, se enteraron que los habia canjeado (unos 8 euros en total), la pena que le pusieron fue una semana de empleo y sueldo(falta grave), la cual decidió la empresa que fuera en este mes. Una semana antes de que llegara esa semana es llamada por su jefa directa y por 2 superiores mas y le comunican su baja como empleada, alegando falta de buen humor en su estado animico, y falta de confianza por parte de su superior hacia ella.

Se que es dificil dar una respuesta con tan pocos datos, pero,...
¿es posible despedir a un socio por tan solo el cometer una falta grave?
en cuanto a su estado animico y cualquier otro problema que pudieran tener con ella ¿no deberian de haberle llamado la atención previamente por ello?
haria mas preguntas, pero no quiero abusar, si puede servir de algo, decir que el despido se comunica unas dos semanas despues de solicitar un cambio de tienda por cercania al domicilio.
conozco a mi mujer y muchas veces le he echado en cara el ser demasiado trabajadora.

Un saludo y gracias de antemano.
13/09/2005 09:42
Vamos a ver, que esto de las cooperativas tiene su miga, si tu mujer es socia-trabajadora solo puede ser explusada por la comision de una falta Muy grave que se refleje en los estatutos de la cooperatva, en segundo lugar, la decision debe tomarla el consejo rector, debes recurrirla en el plazo de 15 dias ante el comite de recursos o la asamblea general (organos de la misma cooperativa), en el caso de que no se conteste en el plazo de 2 meses se considera estimado el recurso. Si el recurso es desestimado se abre la via jurisdiccional ordinaria para impugnar el despido.
De todas formas, y aunque lo pone en el enunciado de tu pregunta no me queda claro si tu mujer es socia-trabajadora, (mi constestacion solo vale si es este caso), o es meramente una trabajadora por cuenta ajena de la cooperativa o bien es unicamente socia colaboradora, en ambos casos el porceso es diferente.
13/09/2005 19:12
gracias por la rapidez en tu respuesta.
Si, es Socia-trabajodra, tu respuesta me aclara muchas cosas (no iba mal encaminado),entre ellas si el recurso para impugnar el despido (creo recordar 15 dias)tenia que tramitarlo antes o despues de recurrir a la asamblea, tan solo si se me permite, las cooperativas gozan de representacion sindical?, o por ser cooperativa ambas partes (cooperativa-Socio) comparten gabinete juridico?
Muchisimas gracias.
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Baja de socio en cooperativa
13/09/2005 00:37
Lo primero un saludo, paso a exponer mi tema.

mi mujer trabaja, o trabajaba en una cooperativa, hace no mucho tiempo (un par de meses), tuvo un percance por unos vales de compra que se habian dejado en el supermercado, se enteraron que los habia canjeado (unos 8 euros en total), la pena que le pusieron fue una semana de empleo y sueldo(falta grave), la cual decidió la empresa que fuera en este mes. Una semana antes de que llegara esa semana es llamada por su jefa directa y por 2 superiores mas y le comunican su baja como empleada, alegando falta de buen humor en su estado animico, y falta de confianza por parte de su superior hacia ella.

Se que es dificil dar una respuesta con tan pocos datos, pero,...
¿es posible despedir a un socio por tan solo el cometer una falta grave?
en cuanto a su estado animico y cualquier otro problema que pudieran tener con ella ¿no deberian de haberle llamado la atención previamente por ello?
haria mas preguntas, pero no quiero abusar, si puede servir de algo, decir que el despido se comunica unas dos semanas despues de solicitar un cambio de tienda por cercania al domicilio.
conozco a mi mujer y muchas veces le he echado en cara el ser demasiado trabajadora.

Un saludo y gracias de antemano.
13/09/2005 09:42
Vamos a ver, que esto de las cooperativas tiene su miga, si tu mujer es socia-trabajadora solo puede ser explusada por la comision de una falta Muy grave que se refleje en los estatutos de la cooperatva, en segundo lugar, la decision debe tomarla el consejo rector, debes recurrirla en el plazo de 15 dias ante el comite de recursos o la asamblea general (organos de la misma cooperativa), en el caso de que no se conteste en el plazo de 2 meses se considera estimado el recurso. Si el recurso es desestimado se abre la via jurisdiccional ordinaria para impugnar el despido.
De todas formas, y aunque lo pone en el enunciado de tu pregunta no me queda claro si tu mujer es socia-trabajadora, (mi constestacion solo vale si es este caso), o es meramente una trabajadora por cuenta ajena de la cooperativa o bien es unicamente socia colaboradora, en ambos casos el porceso es diferente.
13/09/2005 19:12
gracias por la rapidez en tu respuesta.
Si, es Socia-trabajodra, tu respuesta me aclara muchas cosas (no iba mal encaminado),entre ellas si el recurso para impugnar el despido (creo recordar 15 dias)tenia que tramitarlo antes o despues de recurrir a la asamblea, tan solo si se me permite, las cooperativas gozan de representacion sindical?, o por ser cooperativa ambas partes (cooperativa-Socio) comparten gabinete juridico?
Muchisimas gracias.