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BAJA LABORAL O PRESTACIóN DESEMPLEO

9 Comentarios
 
Baja laboral o prestación desempleo
20/11/2013 16:16
Estoy en la empresa 17 años y solo me quedan tres meses para jubilarme (28/02/2014). Mi jornada laboral es de seis horas al día, pero esta semana la empresa me ha dicho que me baja la jornada a tres horas ya que el cliente al que prestamos el servicio (convenio de limpieza de edificios y locales) solo quiere pagar tres horas. Al decir a la empresa que no me interesaba porque además me quedaban tres meses para la jubilación por mi edad, me ha propuesto que me arregla los papeles del paro con un despido procedente (faltando tres días a trabajar) y que esté en el paro hasta mi jubilación en Febrero de 2014. Mi pregunta es, si acepto esta opción de cobrar el desempleo ¿afectará al cálculo de mi pensión de jubilación, a la baja? También tengo la posibilidad de coger una baja médica, ya que el médico me ha propuesto operarme de la mano por artrosis. Si cojo la baja médica durante estos tres meses, ¿afecta también al cálculo de mi pensión de jubilación?. Muchas gracias
20/11/2013 17:38
Por favor si alguien puede indicarme algo se lo agradeceria, ya que tengo que dar una respuesta a la empresa el proximo viernes
Gracias
20/11/2013 19:09
Buenas tardes.
¿Qué tipo de contrato tienes? ¿Cuántos años llevas trabajando en la empresa?
Un saludo.
21/11/2013 09:54
Buenas días.
Veo que no has contestado a mi post.
Imagino que habrás resuelto tu situación.
En MI opinión, NO deberías aceptar el despido disciplinario ya que, aparte de ser un fraude, no va a colar en el SEPE y, al final, te vas a quedar sin trabajo y sin paro.
¿Tú crees que algún funcionario del SEPE se va a creer que se produzca un despido disciplinario a 3 meses de la jubilación de una persona y que ésta no denuncie a la empresa (imagino que es lo que harías)?
Mala solución la que te ha propuesto tu jefe.
Lo que tiene que hacer tu jefe es:
- o bien, mantenerte la misma jornada durante los 3 meses que te quedan para jubilarte.
- o bien, comunicarte la reducción de la jornada POR ESCRITO y, si no estás de acuerdo, indemnizarte con 20 días por año trabajado hasta un máximo de 9 mensualidades. Así, podrás cobrar el paro.
Ni se te ocurra firmar un nuevo contrato, aceptando la reducción de jornada.
Si tienes que firmar algo, escribe, de tu puño y letra "recibido, no conforme y la fecha en la que has firmado el documento".
Sería interesante que contestaras a las 2 preguntas que te he formulado o que consultes con un abogado, graduado social o sindicato.
Salvo mejor opinión.
Un saludo.
21/11/2013 10:10
Perdón liberté, pero hasta ahora no habia podido ver tu respuesta. En la empresa llevo 17 años y mi contrato es indefinido. Creo que es lo que me habias preguntado. Se ha puesto en contacto la empresa conmigo y me ha propuesto que siga con mis 6 horas de trabajo pero repartido en dos centros. 3 horas en uno y otras 3 horas en otro que aun no saben donde será. En mi contrato pone la direccion donde voy a realizar mi trabajo, ¿pueden ahora mandarme a otro? Muchas gracias
21/11/2013 17:43
En el sector en el que usted trabaja si el cliente reduce jornada y sólo contrata 3 horas pues comprenderá que la empresa esté justificada para que siga manteniendola a usted su jornada pero en otro servicio, por tanto es correcto que la empresa la envié a otro sitio, pero nuevamente se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo con lo que puede usted acogerse al art. 41.3 como ya le explicó liberté.
Eso si todo lo que negocie usted con la em presa nun ca acepte una reducción de jornada le queda a usted muy poco para jubilarse y saldrá perdiendo usted luego en la pensión.
SMO.
22/11/2013 02:46
Ojo (no fuere a ser el caso), que hay convenios como el de limpiezas en cataluña, que señala lo siguiente:
Artículo 55
Reducción de la jornada
Si como consecuencia de la resolución o modificación de los contratos de arrendamiento de servicio de limpieza de determinado centro, la jornada de trabajo del personal se viera reducida, la empresa estará obligada a ofrecer por escrito a los trabajadores afectados, que completen su jornada laboral en otro centro de trabajo. Si el trabajador no aceptara el ofrecimiento, pasará a percibir su salario a prorrata de la jornada realizada. Si la empresa no hiciera tal ofrecimiento, estará obligada a mantener el salario que viniera disfrutando el trabajador con anterioridad a la reducción de jornada, y hasta que pueda ofrecerle la realización de jornada original, en cuyo caso se estará a lo antes establecido para la alternativa de no aceptación.
22/11/2013 04:11
No se si sera en Cataluña, pero es que se la están ofreciendo la realización de esa jornada en otro servicio por tanto si no acepta estaremos, ante una modif. sustancial con lo que podrá hacer las tres opciones: Tragar, impugnar o rescindir el cto con indemnización de 20 días/año y derecho v a prestación por desempleo.
SMO.
24/11/2013 21:44
Autor: Rosahighfashion Fecha: 21/11/2013
Perdón liberté, pero hasta ahora no habia podido ver tu respuesta. En la empresa llevo 17 años y mi contrato es indefinido. Creo que es lo que me habias preguntado. Se ha puesto en contacto la empresa conmigo y me ha propuesto que siga con mis 6 horas de trabajo pero repartido en dos centros. 3 horas en uno y otras 3 horas en otro que aun no saben donde será. En mi contrato pone la direccion donde voy a realizar mi trabajo, ¿pueden ahora mandarme a otro? Muchas gracias

Podría equivocarme, pero en supuestos como el planteado por Rosahighfashion, no creo que se pueda: “rescindir el cto con indemnización de 20 días/año y derecho v a prestación por desempleo.”, sino todo lo más intentar que se les compensasen los posibles gastos de desplazamiento o aumento de tiempo invertido en los mismos, etc. todo ello al margen de lo que dijesen los convenios, contratos, etc… claro
25/11/2013 07:58
exacto, no cualquier modificación es modificación sustancial.
un cambio en el lugar de trabajo en la misma ciudad, sin alteración de horario, no es una modificación sustancial ni el trabajador tiene derecho a rescindir el contrato con la indemnización y desempleo.
Y si los convenios de limpieza suelen regular la pérdida parcial de jornada ya que es muy habitual.