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baja medica

2 Comentarios
 
Baja medica
01/10/2009 00:58
hola
estoy de baja medica por enfermedad desdeel dia 28,y me dan el alta el lunes pq termina el tratamiento(si me encuentro bien,claro)
la cosa es q en mi convenio(del metal),buscando cuanto me quitan de sueldo por la baja ,encuentro esta parrafada q no entiendo:
"Cuando ocurran cualquiera de estas contingencias, los productores afectados percibirán por cuenta de la empresa, la diferencia que hubiese entre las percepciones del Seguro del Sistema General de la Seguridad Social y su salario sueldo Convenio. Se entiende por salario sueldo Convenio, el Salario Base más la antigüedad. No obstante, los productores que tuvieran establecido un salario superior al que se fija en este Convenio para su categoría, las percibirán con arreglo a éste. Por lo que respecta a los casos de

Accidente de Trabajo las cantidades que han de ser tenidas en cuenta vienen dadas por la propia legislación, y en función a la misma corresponderá, si procediese, el abono de diferencia por parte del Empresario.

La obligación de abonar esta diferencia será cada vez que esto ocurra y por todo el tiempo que dure la incapacidad temporal en los supuestos de accidente.

En los casos de baja por enfermedad, la obligación subsistirá únicamente durante el tiempo que el productor recibe la prestación económica por el Seguro de Enfermedad, con el límite de 18 meses.

Durante dicha situación, los trabajadores aceptarán la inspección médica que disponga la empresa."
alguien podria explicarmelo,por favor? soy bastante torpe pq no lo entiendo
muchas gracias
pd:caraspi,gracias por tus respuestas
01/10/2009 08:54
Quiere decir, que se te pagará el 100% de ti salario mensual, la seguridad social pagará lo que te corresponda según este legislado, que será un porcentaje sobre la base reguladora, y la empresa te complementará la nómina hasta el 100% de las retribuciones mensuales que percibes, parq ue cuando estés de baja, cobres la mensualidad que cobras todos los meses, compuesta de las cantidades de salario base y antigüedad, si la baja es por enfermedad común, esto se hará hasta un máximo de 18 meses, y si es por accidente de trabajo, se hará todo el tiempo que dure la baja.
02/10/2009 01:32
muchas gracias aserval,asi me quedo mucho más tranquila,pq me hace falta...un saludo