Buenos días, a efectos contractuales da igual que usted esté de baja médica o en activo, puede solicitar la baja voluntaria en el momento que quiera, teniendo en cuenta que si no cumple con el plazo de preaviso que se prevea en su convenio colectivo, la empresa podrá descontarle del finiquito la cuantía prevista en el mismo. Si usted sigue de baja en el momento de la extinción del contrato, será la entidad gestora la que le abone la prestación, pero en la misma cuantía que la prestacioón de desempleo, si es baja médica por contingencias comunes. Cuando cause alta, lógicamente, no tendrá acceso a la prestación por desempleo al tratarse de una baja voluntaria. Espero haberle sido de ayuda. Un saludo.
Buenas tardes estoy de baja desde hace una semana pero no quiero volver a la empresa, y tengo una duda Le tengo Q avisar igualmente a la empresa con 15 días de preaviso se me descuentan de ahí las vacaciones de este año? O serian a parte de los 15 días y otra duda, quien me seguiría pagando la baja mientras no me den el alta?? Muchas gracias.