Correcto el 60 % desde el 4 º día.
En general, el pago lo efectúa la empresa como pago delegado con la misma periodicidad que los salarios.
En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de pago será del INSS o de la mutua.
Hola, tengo una empleada de baja por IT. El asesor me dice que tengo que pagar yo el salario. Informandome por la pagina de la SS, la empresa se deberia hacer cargo del 60 % de la baje reguladora entre el cuarto y el decimo quinto dia. ¿Esto es asi?