Buenas tardes , y gracias por vuestra ayuda .El tema es el siguiente me han reconocido una ipt para la profesion en lo social, en la sentencia me pone, con efectos 15 .03.2010 pero yo he estado de baja y cobrando la baja hasta el dia de hoy , y es mayor la cantidad que me pone en nomina,que la media pension que me han concedido.Mi pregunta es la siguiente ,me tocara devolver esa diferencia .Gracias otra vez por una respuesta, lla que me encuentro desesperado me he gastado el poco dinero que tenia en medicos y abogados
Hola , no quiero meter la pata , pero me da que no tienes que devolver nada . Si te hubiesen concedido una Absoluta IPA , al ponerte caracter retroactivo de efectos económicos a fecha 15-03-2010 , cobrarías los atrasos entre lo que cobrabas y la pensión , si ésta fuese superior a la nómina pero , en tu caso , no quiero darte falsas esperanzas pero entiendo que no tendrás que devolver , independiente de como resulten tus cantidades en la declaración de la renta indudablemente . Suerte .