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Baja y posterior incapacidad laboral por asma ocupacional

1 Comentarios
 
Baja y posterior incapacidad laboral por asma ocupacional
01/12/2016 13:50
Buenos días, soy autónoma y tengo un negocio de peluquería, después de muchas pruebas médicas me han diagnosticado asma ocupacional, tengo deuda con la seguridad social y mi gestor me dice que si me cojo la baja no voy a cobrar nada por la deuda que tengo y que probablemente tampoco tenga derecho a una incapacidad de mi profesión hasta que no salde la deuda que tengo, ¿es realmente cierto lo que me dice? Por favor resuelvan mi duda porque necesito dejar mi trabajo porque mi salud se deteriora y empeora cada vez más y me resulta cada vez más difícil estar en contacto con los productos, muchas gracias
07/12/2016 20:59
memole 77
Hola Memole 77.
Te cuento mi experiencia.

YO tenia una deuda de 87,00 euros que desconocia, (me di de baja en el Agrario y por error el Inss me tuvo un mes mas de alta y no lo sabia.

tuve accidente no laboral y me pagaron religiosamente durante 24 meses que duró la IT, Nunca nadie me comiunicó la deuda.

El mismo Ins me propuso para IPT y me vino denegado por dos razones

1.- por una deuda de la SS por 87,00 euros

2.- por no teneder lesiones invalidantes según ellos.

Acudi al Inss y solicité l carta de pago de la deuda no sin antes enterarme que habia sido un error en la baja, pero con la carta de pago fui al banco y lo saldé:

Despues presente Reclamación previa que no respondió el INss

Acudí al juicio poor el social y el Inss el mismo dias pidió una suspensión del juicio porque segun ellos iban a responder la reclación previa (habian pasado 120 dias desde que presenté la reclamación previa)

El juez aceptó la suspension del juicio trasladanolo para 30 dias despues a la misma hora.

Un día antes del juicio recibo resolución de la Reclamación previa aceptando parcialmente la reclamación, es decir, aceptaban el pago de la deuda....lo demas, no

Se celebró el juicio y al día siguiente ya tenia la sentencia, habia ganado la IPT pero por enfermedad comun y no por accidente No laboral y se me reconocia la profesión como Accidente No laboral, es decir un lio-
Presenté suplicatorio en el TSJ para IPA, por accidente No laboral y estoy a la espera en febrero para ver que ocurre.

Me he extendido, pero te digo, pide plazo para la deuda, igual te compensa pagarla y acceder aunque te digo que una vez te la deniegen por el motivo de la deuda tienes un plazo de 30 dias para pagarla y que te la concedan

suerte