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Baja y vacaciones. mi empresa me las cancela sin aviso tras la baja.

7 Comentarios
 
Baja y vacaciones. mi empresa me las cancela sin aviso tras la baja.
17/10/2023 08:10
Buenos días. Expongo mi caso.
Resulta que la semana pasada tuve que darme de baja porque la pierna izquierda, que la tengo operada, me dolía tanto que era incapaz de caminar. Es algo que suele pasarme con cambios de temperatura y subidas de humedad. Dicho periodo de baja suele durar tranquilamente una o dos semanas, depende de la época del año. En este caso ha durado solo una semana y un día, hasta ayer lunes 16. Esta semana tenía ya aprobadas vacaciones del 16 al 22, por tanto, y por lo que sé, se supone que, descontando el lunes, que cuenta todavía como baja, debería poder disfrutar del resto de las vacaciones. Pues resulta que la empresa dice que no. Que al haber estado de baja el periodo de vacaciones queda suspendido.

¿Es esto cierto? Necesito saberlo para saber cómo proceder. Si bien aguantarme y esperar a que vuelvan a concederme vacaciones. O bien irme de vacaciones digan lo que digan.
17/10/2023 12:27
Pablojosepostig
Buenas,
Si las vacaciones las tenias concedidas previamente, el estar de baja no las suspende en absoluto. Tu tienes derecho a coger las vacaciones que tenias acordadas con la empresa y es mas el día 16 que aun conto como baja no cuenta como vacaciones y te lo tienen que dar.
En cuanto a lo que comentas de aguantar y esperar a que vuelvan a concederte vacaciones, eso no es así, las vacaciones son acordadas entre empresa y trabajador, ninguna de las 2 partes puede imponerlas. Además deben conocerse con 2 meses de antelación.
Y si tienen alguna duda pon una demanda de vacaciones en el juzgado de lo social (tienen preferencia) y que diga el juez.
17/10/2023 13:26
Gracias por la respuesta compañero. Más o menos tenía idea del tema, pero quería confirmar. Volveré a hablar con ellos y si no, pues me pasaré por inspección de trabajo y luego por el juzgado para hacer un dos por uno.
18/10/2023 08:03
Bien, no soy nada de acuerdo con Manure.
1 Pablo José, tomarse las vacaciones por su cuenta, sería desacato de una orden de un superior, así como ausencias injustificadas, dos faltas que dan la posibilidad de despido disciplinario procedente.
2, Respecto a las vacaciones, en el caso de que un trabajador tenga previstas las vacaciones con al menos dos meses de antelación no tendría problema en disfrutarlas excepto que el trabajador esté en un proceso de IT, en cuyo caso, al inicio de las vacaciones, si se sigue de IT, las vacaciones se suspenden hasta que se negocie nueva fecha de disfrute, en su caso usted el día 16 cuenta como último día de la IT pero casualmente coincide con el inicio de las vacaciones por lo que éstas quedan suspendidas.
Si yo fuera la empresa le pondría el día 16 de IT el 17 comenzaría sus vacaciones y las terminaría un día más tarde de lo que le correspondería si hubiesen comenzado el 16, pero esto es lo que yo haría, la empresa las suspende y renegocia un nuevo periodo de disfrute y esto es lo que marca la ley.
smo
18/10/2023 19:30
Jamgrrhh28
Buenas
Podrías indicarnos por favor donde dice la ley que las vacaciones se suspenden y hay que renegociar de nuevo las mismas?
Lo pregunto porque acabo de volver de un periodo de IT donde me deben 2 meses de vacaciones y al consultarlo con la empresa me dijeron que si yo quería tenían que dármelos nada mas coger el alta, que ellos preferían que me reincorporase ya y luego mas adelante lo veríamos.
Las cogí ya.
18/10/2023 21:41
Cuando se está de IT se suspenden las vacaciones, lo dicen desde el ET hasta los propios convenios y una vez que te reincorporas la empresa debe conceder el nuevo periodo de vacaciones, lo normal es que una vez se termine la situación de IT se inicie dicho periodo de IT pero acordado con la empresa no tomárselas de "motu propio".
Al tener el alta el día que comienzan las vacaciones esta s quedan suspendidas de facto y cuando se recibe 3l alta se debe renegociar el nuevo periodo.
18/10/2023 23:30
Jamgrrhh28
Buenas
En el convenio de mi empresa no dice nada de eso por lo que si nos remitimos al estatuto dice se suspenden, no dice se cancelan ni dice que se anulan por lo tanto es muy interpretable.

Se me hace difícil de entender que mi empresa, que es una multinacional con gabinete jurídico propio tuvieran que acceder a darme los 2 meses de vacaciones seguidos al terminar la baja cuando su idea no era esa sino que querían que empezara ya.
Repito, me dijeron literalmente que si yo quería cogerlas ellos no podían decirme nada y nos les quedaba otra que dármelas.
19/10/2023 00:28
No sé cuál es ese convenio sin embargo me sorprendería mucho que como usted dice, su convenio no hace referencia a esto ya que todos los convenios adaptan como mínimo el ET y luego pueden mejorarlo.
En cuanto a lo que usted dice de cancelar yo nunca he dicho que se cancelan sino que siempre me he referido a que éstas se suspenden.
Su empresa sabe que ante una baja de larga duración como la suya, (para acumular dos meses se trata de una baja próxima a los 18 meses) por lo que ellos pudieron acordar una fecha distinta pero sabían que tenía que disfrutarlas dentro de los 18 meses primeros, cosa que en la actualidad, tras sts del TSJUE, actualmente ya no se pierde aún superados los 18 meses.