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bajada de categoría

8 Comentarios
 
Bajada de categoría
19/06/2004 01:17
Hola a todos, tengo una duda: a principios de año mi jefe me ha bajado de categoría en la nómina y en el puesto de trabajo (aunque sigo percibiendo el mismo sueldo). Mi intención es marcharme de la empresa, puesto que no me corresponde ningún beneficio económico ni paro, podría demandar ante los tribunales a la empresa por la bajada de la categoría?

Un saludo y gracias de antemano
19/06/2004 21:01
Según dices el cambio se produjo a principios de año, por lo que han pasado más de 20 días para reclamar, por modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
21/06/2004 03:04
No acabo de entender bien la pregunta, pero si te siguen pagando igual y tienes la intención de marcharte, creo que denunciando “ante los tribunales” te arriesgas a perder (económicamente) más que a ganar.

Si tienes ganas de denunciar, pues denuncia todas las irregularidades que sepas que se cometen en esa empresa, pero ante la Inspección de Trabajo que es gratis.
21/06/2004 20:24
Es sencillo y a la vez complicado, creo que estan haciendo lo posible para que me marche de la empresa sin percibir un sólo euro (llevo más de 14 años en ella) y estoy intentando averiguar si denunciando a la empresa por la irregularidad de la bajada de categoría (tanto en nómina como en el puesto de trabajo) podría venirme con algún dinero para poder empezar por mi cuenta.

Si alic tiene razón, cosa que no dudo, no tengo ninguna posibilidad.

Y denunciar por denunciar, claro que podría hacerlo, conozco muchas irregularidades que se comenten en la empresa sobre todo en el tema de Seguridad de los trabajadores pero no es mi propósito (que ganas no me faltan algunas veces, no creas).

Muchas gracias
23/06/2004 05:08
Una cosa es que durante un tiempo... te den trabajos de una categoría inferior, mientras sigas cobrando lo mismo, pero la nomina entiendo que no te la tenían que haber modificado.

Para las modificaciones sustanciales de trabajo si mal no recuerdo la empresa antes de efectuarla tiene que preavisar con 30 días de antelación y demás tramites y supongo no habrá sido el caso.

La verdad que no sé si estas a tiempo de hacer nada para remediarlo o no, pero si cobras lo mismo cada mes puedes alegar que no te habías dado cuenta que te habían modificado la nomina. Cuantas veces se da uno cuenta al cabo del tiempo que hay algo que no está bien reflejado en la nomina y reclama y se lo rectifican y no pasa nada, pero aquí según cuentas es a propósito, quieren aburrirte.

La verdad no se me ocurre otra cosa de momento, que decirte de que vayas a la Inspección de Trabajo, y hagas allí la consulta y a ver que te cuentan. Y como te digo arriba, las consultas o denuncias allí son gratis.
25/06/2004 03:54
Hola Manuel, sólo quería hacerte llegar un par de reseñas de sendas sentencias del Tribunal Supremo.

STS de 25 de julio de 1987

“La modificación de condiciones sin seguir los trámites del art. 41 del ET constituye incumplimiento laboral grave por parte del empresario, que por aplicación del art. 41.3 en relación con el art. 50.1.c) del ET, supone reconocer que concurre causa para la resolución del contrato”.

STS de 17 de julio de 1986

“Modificación consentida, al haber dejado transcurrir el trabajador cerca de un año para oponerse al cambio de puesto de trabajo, lo que hizo presumir que se había aquietado al mismo”.

En vista de esta información, me parece que no te queda más remedio que decidir lo que vayas a hacer rápido.

Saludos
25/06/2004 14:00
Muchisimas gracias, en estos días me he puesto en contacto con un abogado laboralista. Según su criterio puedo demandar a la empresa por incumplimiento de contrato y por mobbing. Es uno de los más prestigiosos de la zona donde vivo. Tenemos que volver a hablar por que no le he explicado todos los detalles, como por ejemplo que me bajaron de puesto de trabajo estando de vacaciones, al volver de éstas me encontre que pasaba de ser "jefe" a ser "indio" (no es malo ser indio, ni mucho menos) pero creo que no son formas...

Gracias de nuevo. Puedes decirme dónde puedo conseguir esas sentencias por la red?

Saludos
25/06/2004 14:19
En mi empresa dicen que por motivos economicos rescinden el contrato con la empresa de limpieza y quieren (SIN DARLO POR ESCRITO) que la mayoria de los empleados excepto los jefecitos, que hagamos nosotros la limpieza aparte claro está de hacer cada uno nuestro trabajo(dependientes, administrativos, etc.) y sin pagar nada por ello. Por el convenio me parece que si perteneces el mismo grupo Profesional que el de limpieza no te puedes negar a hacerlo, pero si perteneces a un grupo superior ¿te pueden obligar a limpiar?, y si la empresa te obliga debemos negarnos o lo hacemos y luego reclamamos, me imagino que directamente en el juzgado de lo social. Por favor a ver si alguien me puede informar como actuar, no sabemos que hacer además el personal está divido pues unos dicen que si y otros que no. Ah tenemos dos delegados sindicales pero es como si no los tuviesemos pues son los primeros que están dispuestos a limpiar.
26/06/2004 04:34
Manuel, no creo que se puedan conseguir por la red, pues no son muy resientes. Yo es que me he hecho con un buen paquete de sentencias a lo top-manta (fotocopias de revistas de jurisprudencia) y de éstas 2 precisamente sólo aparecen las reseñas, si las tuviese completas te las mandaba directamente.

Igualmente, el día que vayas a hablar con el abogado coméntaselas por si acaso, pero seguro que las debe conocer y lo mismo hasta tiene otras. En fin, que le vamos a explicar nosotros de leyes a un abogado.

Lo que podrías hacer es apuntarte en un papel, punto por punto, todo lo que creas conveniente explicarle. Pues a veces, por lo menos a mí me pasa, se va con la intención de explicarlo todo y nos olvidamos de la mitad.

Adrián, salvo contadas excepciones, negarse a cumplir una orden aunque ésta no se ajuste a la legalidad, no es muy aconsejable. Lo más seguro es “obedecer”, asesorarte bien y de estimarlo oportuno, denunciar después todo lo que sea denunciable.

Exigir que os den la orden de limpiar por escrito, pues entendéis que esta orden os causa perjuicio. Léete el tema del día 23/06/04, “Me han bajado de categoría” a ver que conclusiones sacas. Ya nos dirás algo.

Saludos