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Bajada de sueldo

23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
23/04/2012 19:09
Se me olvidaba, yo de estas tres opciones probaria con la segunda y de no funcionar, aunque estemos en un periodo muy dificil para perder un empleo, optaria por la 3ª ya que si no me acojo a esta medida y acepto la reducción temporal, que oscilaria entre un 10 y un 70%, con la consiguiente merma salarial, en un futuro no muy lejano el empresario podría alegar nuevamente a esas condiciones laborales para finalizar mediante despido por causas objetivas la relación laboral y entonces tanto la indemnización por despìdo así como el desempleo se calcularian en base a la nueva jornada laboral con la consiguiente merma salarial.
23/04/2012 18:00
Lea los art. 41 ET en su totalidad, pero para su caso concretamente el vart 41.3 ET y luego el art 50 ET.
Ahora le responderé divcectamente a todsas las cuestiones plantreadas.

La empresa plantea una reducción salarial, ¿pero sólo de salario o tb le reduce la jornada?
-Si es el primer caso, será porque esta usted cobrando por encima de convenio, lo que se entiende como mejora de convenio, si esto es así, la empresa de forma unilateral no puede bajarles el sueldo, rtendrá que ser mediante acuerdo entre e,presa y trabajador.

-Si es el 2º caso, es decir reducción tanto de jornada como de salario, entonces ewtamios hblando de una modif. sust. del art 41 ET (leaselo), esto la empresa si puede hacerlo y usted tendrá 30 días para decidir entre estas 3 opciones:
1º Tragar y aceptar la reducción.
2º Aceptar la decisión e impugnar la misma ante el la autoridad laboral competente, quien dictaminará y será lo que aquí se resuelva.
3º No aceptar la decisión denunciar la misma y acogerse al art 50 ET de extinción del cto por voluntad del trabajador, en este caso serían 33 o 45 días año, pero si como alega el empresario se atiene a causas económicas, organizativas, técnicas o de producción serán 20 días con un maximo de 9 mensualidades (Art 41.3 ET).
22/04/2012 00:39
Como ahora pueden hacer lo que quieran... Vaya con la reforma...
Espero que alguien te pueda responder adecuadamente.
Suerte.
Bajada de sueldo
19/04/2012 14:12
Hola a todos/as

Tengo un contrato indefinido desde hace 5 años y ahora en mi empresa quieren bajarnos el sueldo. He leído en el nuevo artículo 41 del Estatuto de trabajadores que puedo negarme y tengo derecho a que me rescindan el contrato con 20 días, esto es cierto? me pagarían 20 días?

Y desde que me den la notificación por escrito, cuántos días tengo para dar mi respuesta? Y cómo tengo que responder a la notificación por escrito? es decir, la cojo y la firmo o no la firmo o pongo no conforme? para no dar una respuesta definitiva, pensarlo y decirlo en el último momento.

Muchas gracias de antemano a quien me pueda contestar,
Bajada de sueldo | PorticoLegal
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23/04/2012 19:09
Se me olvidaba, yo de estas tres opciones probaria con la segunda y de no funcionar, aunque estemos en un periodo muy dificil para perder un empleo, optaria por la 3ª ya que si no me acojo a esta medida y acepto la reducción temporal, que oscilaria entre un 10 y un 70%, con la consiguiente merma salarial, en un futuro no muy lejano el empresario podría alegar nuevamente a esas condiciones laborales para finalizar mediante despido por causas objetivas la relación laboral y entonces tanto la indemnización por despìdo así como el desempleo se calcularian en base a la nueva jornada laboral con la consiguiente merma salarial.
23/04/2012 18:00
Lea los art. 41 ET en su totalidad, pero para su caso concretamente el vart 41.3 ET y luego el art 50 ET.
Ahora le responderé divcectamente a todsas las cuestiones plantreadas.

La empresa plantea una reducción salarial, ¿pero sólo de salario o tb le reduce la jornada?
-Si es el primer caso, será porque esta usted cobrando por encima de convenio, lo que se entiende como mejora de convenio, si esto es así, la empresa de forma unilateral no puede bajarles el sueldo, rtendrá que ser mediante acuerdo entre e,presa y trabajador.

-Si es el 2º caso, es decir reducción tanto de jornada como de salario, entonces ewtamios hblando de una modif. sust. del art 41 ET (leaselo), esto la empresa si puede hacerlo y usted tendrá 30 días para decidir entre estas 3 opciones:
1º Tragar y aceptar la reducción.
2º Aceptar la decisión e impugnar la misma ante el la autoridad laboral competente, quien dictaminará y será lo que aquí se resuelva.
3º No aceptar la decisión denunciar la misma y acogerse al art 50 ET de extinción del cto por voluntad del trabajador, en este caso serían 33 o 45 días año, pero si como alega el empresario se atiene a causas económicas, organizativas, técnicas o de producción serán 20 días con un maximo de 9 mensualidades (Art 41.3 ET).
22/04/2012 00:39
Como ahora pueden hacer lo que quieran... Vaya con la reforma...
Espero que alguien te pueda responder adecuadamente.
Suerte.
Bajada de sueldo
19/04/2012 14:12
Hola a todos/as

Tengo un contrato indefinido desde hace 5 años y ahora en mi empresa quieren bajarnos el sueldo. He leído en el nuevo artículo 41 del Estatuto de trabajadores que puedo negarme y tengo derecho a que me rescindan el contrato con 20 días, esto es cierto? me pagarían 20 días?

Y desde que me den la notificación por escrito, cuántos días tengo para dar mi respuesta? Y cómo tengo que responder a la notificación por escrito? es decir, la cojo y la firmo o no la firmo o pongo no conforme? para no dar una respuesta definitiva, pensarlo y decirlo en el último momento.

Muchas gracias de antemano a quien me pueda contestar,