Buenos dias, el baremo dependerá de las necesidades del que recibe los alimentos y de los medios económicos del obligado a prestarlos. Es cierto que hay unas tablas pero son solo orientativas... Lo mejor es acudir a un despacho de abogados donde le asesoren convenientemente, nuestro correo es info@masqueabogados.com y móvil 722 78 96 66 Un saludo