Hola compañeros, y antes de nada gracias por vuestra colaboración.
Tengo una pequeña duda con respecto a la base reguladora para incapacidad temporal y maternidad de los trabajadores a tiempo parcial.
Según pensaba, en ambos casos la base reguladora se debía obtener de los últimos tres meses de cotización, pero en la página de la seguridad social (pego el enlace), comenta que para la maternidad es la cotización de los últimos 12 meses.
Te respoderé con una pregunta: ¿es lo mismo una incapcidad tempral y una maternidad? o dicho de otra forma, la prestación económica de la incapacidad temporal es la misma que la de la maternidad?
Esa cuestión ya lo sé. Lo que me gustaría es que me confirmaráis que se calculan de diferente forma sus bases reguladoras, y si sabéis en qué normativa aparece cómo se debe hacer el cálculo de las mismas.