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bases de cotizacion

2 Comentarios
 
Bases de cotizacion
08/05/2005 08:41
Buenos dias a todos me podrian informar de lo siguiente: estuve cotizando durante 27 años con unas bases bastante altas despues teje de cotizar durante 12 años y ahora lo hago con convenio especial durante 4 años para la jubilacion. Las bases de cotizacion son obligatoriamente las 15 últimos años o puedo escoger? muchas gracias a todos pos vuestra amabilidad.
08/05/2005 11:25
Hola Natali. Me temo, que como no cambie (y, seguramente no será para aumentar derechos, sino para todo lo contrario, ya que cuando cotizas más, les parece muy bien, pero cuando solicitas la pensión, a quien gobierna, les parece mucho y quisieran que todas las pensiones sean como en el lema de las cofradías, ¡todos por igual!) la forma de establecerlas, no podrás escogerlas.

Aunque no dices en cual de los regímenes has cotizado, sí considero que terminarás solicitando en el Régimen General.

Pues bien, deberás saber, que la pensión de jubilación tiene entre otros requisitos, haber cotizado un mínimo de quince años, y su cuantía, será establecida por medio de una base reguladora -que sale del cociente que resulte de dividir por 210 las bases de cotización del interesado durante los 15 años inmediatamente anteriores al hecho causante- a la cual posteriormente se le deben aplicar unos coeficientes que dependerán de los años cotizados y de si la solicitud se realiza con 65 años o más o antes dependiendo de tener o no derecho.

Por otro lado –y ya contestando directamente a tu pregunta- al establecer la base reguladora, se tomarán las 24 últimas cotizaciones por su valor nominal (no tienen incremento) y a las 156 cotizaciones restantes se les aplicará el incremento del Índice de Precios al Consumo producido con relación al mes 25 en actúa como indicador. Si al establecer la misma (quince años últimos) existieran periodos en los que no existiera obligación de cotizar, dichos períodos deberán integrase con la base mínima de cotización vigente, en cada momento, para los trabajadores mayores de 18 años.

Esta forma integración con bases mínimas solo se aplica al Régimen General, al de la Minería del Carbón y a los trabajadores por cuenta ajena de los Regímenes Especiales Agrario y del Mar. Es decir, se excluye entre otros, a los autónomos y a las empleadas de Hogar.

Que te vaya bien.
08/05/2005 13:15
Muchas gracias por tu estupenda contestación
si sera la jubilacion si Dios quiere en el regimen
general ya que estoy cotizando Convenio especial
pero antes siempre fue en el Regimen General supongo que en Convenio Especial son los mismos
requisitos y derechos no? Un abrazo