Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Bienes gananciales. Incapacidad absoluta.

2 Comentarios
 
Bienes gananciales. incapacidad absoluta.
16/02/2022 13:20
Mujer 47 años, 67%discapacidad, incapacidad absoluta, pagando desde el momento 0 su piso familiar. Casada con bienes gananciales. Pregunta:
En caso de divorcio tendría que darle a mi marido la mitad de lo que he pagado del piso desde que nos casamos?
No entiendo exactamente como funciona el tema de los gananciales. Gracias. Un saludo.
16/02/2022 20:44
Danae33
Un matrimonio celebrado bajo el regimen de gananciales, significa que ambos dos, desde el dia de la boda constituyen una sociedad llamada ganancial. Como su propio nombre indica, een esta sociedad, se comparten las ganancias, provengan de donde provengan. Es decir, desde el dia de la boda, los conyuges no tienen ingresos propios, porque todos los ingresos de los dos son de la Sociedad Ganancial, de la cual son socios al 50%.
Usted dice que pagó el piso familiar, y debemos decirle que no fué así. Lo pagó la sociedad ganancial, por lo que su marido es "propietario" del 50% de la parte de piso pagado durante el matrimonio (por constituir el domicilio familiar). No es que ahora usted le de un importe para quedarse con el piso entero, es que él es propietario de la mitad, valga lo que valga ahora, independientemente de lo que se pagó en su dia.
Puede ser que esto no es lo que le hubiera gustado leer, pero es la realidad.
Frente a esta opción existe la posibilidad de haberse casado bajo el regimen de separación de bienes.
17/02/2022 12:32
1996
Vale, gracias por su respuesta. Es que yo no me había percatado de esto hasta ahora.Y además pensaba que un ingreso por incapacidad absoluta, que te Dan para vivir, pq no puedes trabajar era privativo.