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Boda, pensión viudedad y pensión orfandad

19 Comentarios
 
Boda, pensión viudedad y pensión orfandad
19/02/2012 21:36
Recientemente seré madre y mi novio y yo queremos casarnos.

Quisiera saber si automáticamente al casarte el cónyuge ya queda cubierto con pensión de viudedad si al otro le pasa algo o si existe algún requisito más.

¿Mi hijo ya quedaría cubierto también automáticamente por el padre en caso de que quedase huérfano? ¿Si los padres no se casan y además no son ni pareja de hecho o no conviven, el hijo no queda cubierto en cuanto a orfandad y herencia?
19/02/2012 21:54
Si yo fuera tu novio y me enterase de que estás preguntando estas cosas por los foros creo que me mosquearía un poco.
De entrada, creo que cocinaría yo mismo, no fuera a ser que pongas algo en la comida...
23/02/2012 20:52
No debes tener hijo o no debes ser consciente de que te interesa no perjudicarlos.

Queremos que el crío quede cubiertísimo en caso de q a alguno de los 2 nos pudiese pasar algo.

Limítate por favor a contestar a la pregunta si sabes la respuesta y déjale los juicios a los profesionales.

Grácias
23/02/2012 21:09
El hijo queda cubierto siempre por orfandad y herencia, haya matrimonio o no. Siempre que esté reconocido, claro.
En cuanto a mi comentario, este es un foro público y cada cual puede poner lo que le parezca.
23/02/2012 21:22
Grácias, no he querido ser desagradable pero por más público que sea ....ya te he dicho que igualmente nos queremos casar pero queremos estar tranquilos que si pasa algo a alguno el crío además de pensión de orfandad le toque al cónyuge superviviente la de viudedad, puesto que el que quedara necesitaría dinerito para cuidarlo, ¿entiendes?
23/02/2012 21:27
Ah, yo es que no estoy empadronada con mi novio, y eso es lo que me preocupa porque ahora estamos haciendo los papeleos para la boda pero tardaremos unos meses. Me empadronaré cuando me case y no sabía si al figurar que no vivimos juntos ni nada el crío se podría quedar desprotegido si por una desgracia nos pasa algo antes de casarnos o si bien hay un periodo de convivencia exigido aunque estés casado y si esto fuese así, si se puede subsanar de algún modo.
24/02/2012 01:12
Y dale con que se muere él primero. Vamos, que no te preocupa cómo se quedaría el niño si te mueres tú primero.
24/02/2012 11:23
Y dale con querer hacer de juez...debe ser un trauma infantil o algo, míratelo.

Si yo me muero no me preocupa pq tengo testamento y el niño es mío legalmente pq ha salido de donde ha salido, ¿entiendes? Eso es lo único que estará muy certificado por un médico.

Nuestra duda es si existe alguna especie de periodo de carencia cuando te casas....no sé.... y si pasa algo no quedaría todo bien atado, las cosas pasan cuando pasan, y si fuese el caso si el debería hacer tb testamento o algo para evitar que mi hijo pierda ningún derecho ya sea por pensión orfandad o pensión del cónyuge superviviente.

Veo que las madres nos preocupamos más por lo visto de intentar que nuestros hijos estén lo más seguros posibles una vez pongan el pie en este mundo.

Un saludo y gracias por tu aguda observación.
24/02/2012 12:27
Hombre.... preocuparse por la pensión de viudedad no es exactamente preocuparse por su hijo.....

Por otro lado, tan hijo de él es el niño como tuyo, porque papá tb tuvo que poner una semillita....

En todo caso, es indiferente lo del periodo de convivencia o no. A la herencia tendrá derecho por el mero hecho de ser su hijo, y a la pensión de orfandad, también.

Sobre lo de la pensión de viudedad, creo recordar que se ha de estar casados un mínimo de 2 años antes del fallecimiento para que la otorguen.

Si no se está casado, podrá tener bastantes problemas para cobrar pensión de viudedad (al menos desde mi punto de vista, personal, no se debería cobrar pensión de viudedad sin estar casados), y máxime si cada uno viven en diferentes domicilios.

Por otro lado el comentario de Riar sí es agudo tb. Sólo te interesa saber cómo quedaría la cosa si eres tú la que sobrevive y él el que muere. Si realmente preguntases por el bien del niño, también preguntarías lo mismo para el caso de que tú murieses antes. Así que, aunque sea subconscientemente, de tus palabras se desprende el hecho de que te preocupa lo que te pasaría a tí en el futuro, y lo de tu hijo sería como algo adjunto. Pero ojo, esto es sólo una opinión personal.
24/02/2012 12:50
Mira muchas grácias por la respuesta pero no digais tonterías anda.

Me preocupa lo mismo pq el hijo es mío y por ende me preocupa si me pasa a mí o a él algo si tiene pensión de orfandad, herencia y si el q quede vivo tiene tb pensión viudedad pq con ese dinerito tb se mantendrá mi hijo ¿entiendes?

No es d tu incumbencia pero yo tengo más dinero q el padre o sea q si quereis juzgar la vida d el de al lado podeis ver sálvame o algún programa por el estilo....para lo demás, si quereis ayudar a la gente con dudas limitaos a contestar de forma objetiva q para subjetividad; la mía.
24/02/2012 13:55
¿pero tú te casas con el padre de tú hijo por amor y porque consideras que es el hombre de tú vida y con el que esperas vivir el resto de los dias? o¿ te casas con un moribundo ,que no va a vivir ni dos años ,para tener una pensión de viudedad?o es que quieres saber del tiempo en que dispones para ayudar a la parca en su trabajo?
Te lo pregunto porque lo que te preocupa realmente es si existe un periodo de convivencia para cobrar la pensión de viudedad y si puede hacerse algo para no tener este periodo .
Porque para que tu hijo tenga la pensión de orfandad no hace falta que te cases,y para que tenga la herencia de su padre tampoco.
Así que tú sabrás porque te casas y si no te gusta las respuestas no escribas en un foro público.
Pero vamos que si yo fuera tu futuro marido no me casaba ,más que nada porque no podría vivir tranquilo ,ni comer cualquier cosa que tu hubieses preparado ...vamos que yuyo.
24/02/2012 14:02
Dejaos de demagogias estúpidas en general. Mi vida no es tu problema y por muy público q sea un foro no deberías juzgar sin conocer.

He pedido una opinión objetiva, una respuesta legal a un tema, no me interesa tu subjetividad ni lo q opines de lo q tan siquiera conoces. Si te aburres mira gran hermano y si por el contrario eres jurista contesta las preguntas q es formulan si te apetece pero creo q muy jurista no debes ser pq de otro modo serías un jurista bastante marujón, cosa q no casa demasiado.
24/02/2012 14:10
Me divierte más un foro público que gran hermano ,así que que le vamos a hacer.
La opinión nunca es objetiva ,ya que la opinión es personal.
La respuesta legal la tienes mucho más arriba. Así que si sigues contestando ,estas jugando tú también y parece que por tus contestaciones si que te interesa.
Paga los 60 euros de un abogado y hazle la pregunta a él .
Y porque no casa ser jurista y marujon ,hay alguna incompatibilidad.
24/02/2012 14:14
Jajajajajaa, en tu caso veo q nada es incompatible.

Por lo demás tienes razón, no me interesa tu opinión ni creo q sea la única, solo pedía "información"... ves...ahí sí has estado adugo/a.

Eso me pasa por no tener carrera...confundo términos...pero a los tontainas no los confundo, como verás los distingo a la primera.

Grácias y un saludo.
24/02/2012 14:31
Pues a mi me pasa lo mismo que a ti con los tontainas pero con los sinverguenzas ,los distingo a la primera .
Así que empatadas.
24/02/2012 14:35
Ojo, la viuda negra, puede rondar en poco tiempo por el foro buscando otra victima.
Terabithia, no entres al trapo.
24/02/2012 15:28
Buenas tardes.

La respuesta a las preguntas, en relación con pensiones de viudedad y de orfandad, se encuentran en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en los artículos 174 (pensión de viudedad), 174 bis (prestación temporal de viudedad) y 175 (pensión de orfandad). Para ello recomiendo este enlace:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1994.html#

Como podrán leer, tienen derecho a pensión de viudedad las parejas casadas y las no casadas (parejas de hecho), aunque las condiciones que se exigen para acceder a la misma no son iguales.

Yomisma, si me permite, le daré mi opinión en relación con lo que dice de que el niño es suyo legalmente. Lo será por naturaleza, pero lo habitual es que a un hijo le den la vida, y la mantengan, sus dos progenitores, entiendo que en su caso, son su novio y usted. Y es aquí se podría hablar de filiación (biológica y jurídica).

En cualquier caso, para entender lo que quiero decir, en este sentido, también desde el punto de vista de los derechos de los hijos, deberíamos tener en cuenta lo que establece nuestra Constitución en el apartado segundo del artículo 39:

“Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley con independencia de su filiación y de la madre, cualquiera que sea su estado civil. La Ley posibilitará la investigación de la paternidad.”

Un saludo.
24/02/2012 15:46
kedas cuvierta cuando pase un año d la fexa en la k t casastes
24/02/2012 18:36
Si, en cuanto a la pensión de viudedad, la de orfandad es indiferente que sea dentro o fuera del matrimonio, siempre que sea reconocido, y tendrá derecho a la pensión de orfandad, siempre - igual que la de viudedad - que se cumplan unos mínimos requisitos, fundamentalmente, período mínimo de cotización y situación en la que se encuentre el causante al fallecer-

Un saludo,
25/02/2012 01:05
Hay que aclarar que esta haciendo una hipotética pregunta a futuro y aquí adivinos no somos nadie. El día que muera el marido, se aplicarán las leyes en vigor en ese momento, teniendo en cuenta la situación personal del difunto en ese momento.
A día de hoy es libre de casarse y separarse las veces que desee, de tener los hijos que quiera o fijar la residencia dónde le apetezca.
Hasta en vez de fallecer, que se le dé por desaparecido y no tendrías derecho a nada por muchos años.
¡Lo enamorada que estas y lo bien que te vas a quedar cuando se muera! Bueno, que es todo por el bien superior del menor. Ja, ja, ja.
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19 Comentarios
 
Boda, pensión viudedad y pensión orfandad
19/02/2012 21:36
Recientemente seré madre y mi novio y yo queremos casarnos.

Quisiera saber si automáticamente al casarte el cónyuge ya queda cubierto con pensión de viudedad si al otro le pasa algo o si existe algún requisito más.

¿Mi hijo ya quedaría cubierto también automáticamente por el padre en caso de que quedase huérfano? ¿Si los padres no se casan y además no son ni pareja de hecho o no conviven, el hijo no queda cubierto en cuanto a orfandad y herencia?
19/02/2012 21:54
Si yo fuera tu novio y me enterase de que estás preguntando estas cosas por los foros creo que me mosquearía un poco.
De entrada, creo que cocinaría yo mismo, no fuera a ser que pongas algo en la comida...
23/02/2012 20:52
No debes tener hijo o no debes ser consciente de que te interesa no perjudicarlos.

Queremos que el crío quede cubiertísimo en caso de q a alguno de los 2 nos pudiese pasar algo.

Limítate por favor a contestar a la pregunta si sabes la respuesta y déjale los juicios a los profesionales.

Grácias
23/02/2012 21:09
El hijo queda cubierto siempre por orfandad y herencia, haya matrimonio o no. Siempre que esté reconocido, claro.
En cuanto a mi comentario, este es un foro público y cada cual puede poner lo que le parezca.
23/02/2012 21:22
Grácias, no he querido ser desagradable pero por más público que sea ....ya te he dicho que igualmente nos queremos casar pero queremos estar tranquilos que si pasa algo a alguno el crío además de pensión de orfandad le toque al cónyuge superviviente la de viudedad, puesto que el que quedara necesitaría dinerito para cuidarlo, ¿entiendes?
23/02/2012 21:27
Ah, yo es que no estoy empadronada con mi novio, y eso es lo que me preocupa porque ahora estamos haciendo los papeleos para la boda pero tardaremos unos meses. Me empadronaré cuando me case y no sabía si al figurar que no vivimos juntos ni nada el crío se podría quedar desprotegido si por una desgracia nos pasa algo antes de casarnos o si bien hay un periodo de convivencia exigido aunque estés casado y si esto fuese así, si se puede subsanar de algún modo.
24/02/2012 01:12
Y dale con que se muere él primero. Vamos, que no te preocupa cómo se quedaría el niño si te mueres tú primero.
24/02/2012 11:23
Y dale con querer hacer de juez...debe ser un trauma infantil o algo, míratelo.

Si yo me muero no me preocupa pq tengo testamento y el niño es mío legalmente pq ha salido de donde ha salido, ¿entiendes? Eso es lo único que estará muy certificado por un médico.

Nuestra duda es si existe alguna especie de periodo de carencia cuando te casas....no sé.... y si pasa algo no quedaría todo bien atado, las cosas pasan cuando pasan, y si fuese el caso si el debería hacer tb testamento o algo para evitar que mi hijo pierda ningún derecho ya sea por pensión orfandad o pensión del cónyuge superviviente.

Veo que las madres nos preocupamos más por lo visto de intentar que nuestros hijos estén lo más seguros posibles una vez pongan el pie en este mundo.

Un saludo y gracias por tu aguda observación.
24/02/2012 12:27
Hombre.... preocuparse por la pensión de viudedad no es exactamente preocuparse por su hijo.....

Por otro lado, tan hijo de él es el niño como tuyo, porque papá tb tuvo que poner una semillita....

En todo caso, es indiferente lo del periodo de convivencia o no. A la herencia tendrá derecho por el mero hecho de ser su hijo, y a la pensión de orfandad, también.

Sobre lo de la pensión de viudedad, creo recordar que se ha de estar casados un mínimo de 2 años antes del fallecimiento para que la otorguen.

Si no se está casado, podrá tener bastantes problemas para cobrar pensión de viudedad (al menos desde mi punto de vista, personal, no se debería cobrar pensión de viudedad sin estar casados), y máxime si cada uno viven en diferentes domicilios.

Por otro lado el comentario de Riar sí es agudo tb. Sólo te interesa saber cómo quedaría la cosa si eres tú la que sobrevive y él el que muere. Si realmente preguntases por el bien del niño, también preguntarías lo mismo para el caso de que tú murieses antes. Así que, aunque sea subconscientemente, de tus palabras se desprende el hecho de que te preocupa lo que te pasaría a tí en el futuro, y lo de tu hijo sería como algo adjunto. Pero ojo, esto es sólo una opinión personal.
24/02/2012 12:50
Mira muchas grácias por la respuesta pero no digais tonterías anda.

Me preocupa lo mismo pq el hijo es mío y por ende me preocupa si me pasa a mí o a él algo si tiene pensión de orfandad, herencia y si el q quede vivo tiene tb pensión viudedad pq con ese dinerito tb se mantendrá mi hijo ¿entiendes?

No es d tu incumbencia pero yo tengo más dinero q el padre o sea q si quereis juzgar la vida d el de al lado podeis ver sálvame o algún programa por el estilo....para lo demás, si quereis ayudar a la gente con dudas limitaos a contestar de forma objetiva q para subjetividad; la mía.
24/02/2012 13:55
¿pero tú te casas con el padre de tú hijo por amor y porque consideras que es el hombre de tú vida y con el que esperas vivir el resto de los dias? o¿ te casas con un moribundo ,que no va a vivir ni dos años ,para tener una pensión de viudedad?o es que quieres saber del tiempo en que dispones para ayudar a la parca en su trabajo?
Te lo pregunto porque lo que te preocupa realmente es si existe un periodo de convivencia para cobrar la pensión de viudedad y si puede hacerse algo para no tener este periodo .
Porque para que tu hijo tenga la pensión de orfandad no hace falta que te cases,y para que tenga la herencia de su padre tampoco.
Así que tú sabrás porque te casas y si no te gusta las respuestas no escribas en un foro público.
Pero vamos que si yo fuera tu futuro marido no me casaba ,más que nada porque no podría vivir tranquilo ,ni comer cualquier cosa que tu hubieses preparado ...vamos que yuyo.
24/02/2012 14:02
Dejaos de demagogias estúpidas en general. Mi vida no es tu problema y por muy público q sea un foro no deberías juzgar sin conocer.

He pedido una opinión objetiva, una respuesta legal a un tema, no me interesa tu subjetividad ni lo q opines de lo q tan siquiera conoces. Si te aburres mira gran hermano y si por el contrario eres jurista contesta las preguntas q es formulan si te apetece pero creo q muy jurista no debes ser pq de otro modo serías un jurista bastante marujón, cosa q no casa demasiado.
24/02/2012 14:10
Me divierte más un foro público que gran hermano ,así que que le vamos a hacer.
La opinión nunca es objetiva ,ya que la opinión es personal.
La respuesta legal la tienes mucho más arriba. Así que si sigues contestando ,estas jugando tú también y parece que por tus contestaciones si que te interesa.
Paga los 60 euros de un abogado y hazle la pregunta a él .
Y porque no casa ser jurista y marujon ,hay alguna incompatibilidad.
24/02/2012 14:14
Jajajajajaa, en tu caso veo q nada es incompatible.

Por lo demás tienes razón, no me interesa tu opinión ni creo q sea la única, solo pedía "información"... ves...ahí sí has estado adugo/a.

Eso me pasa por no tener carrera...confundo términos...pero a los tontainas no los confundo, como verás los distingo a la primera.

Grácias y un saludo.
24/02/2012 14:31
Pues a mi me pasa lo mismo que a ti con los tontainas pero con los sinverguenzas ,los distingo a la primera .
Así que empatadas.
24/02/2012 14:35
Ojo, la viuda negra, puede rondar en poco tiempo por el foro buscando otra victima.
Terabithia, no entres al trapo.
24/02/2012 15:28
Buenas tardes.

La respuesta a las preguntas, en relación con pensiones de viudedad y de orfandad, se encuentran en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en los artículos 174 (pensión de viudedad), 174 bis (prestación temporal de viudedad) y 175 (pensión de orfandad). Para ello recomiendo este enlace:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1994.html#

Como podrán leer, tienen derecho a pensión de viudedad las parejas casadas y las no casadas (parejas de hecho), aunque las condiciones que se exigen para acceder a la misma no son iguales.

Yomisma, si me permite, le daré mi opinión en relación con lo que dice de que el niño es suyo legalmente. Lo será por naturaleza, pero lo habitual es que a un hijo le den la vida, y la mantengan, sus dos progenitores, entiendo que en su caso, son su novio y usted. Y es aquí se podría hablar de filiación (biológica y jurídica).

En cualquier caso, para entender lo que quiero decir, en este sentido, también desde el punto de vista de los derechos de los hijos, deberíamos tener en cuenta lo que establece nuestra Constitución en el apartado segundo del artículo 39:

“Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley con independencia de su filiación y de la madre, cualquiera que sea su estado civil. La Ley posibilitará la investigación de la paternidad.”

Un saludo.
24/02/2012 15:46
kedas cuvierta cuando pase un año d la fexa en la k t casastes
24/02/2012 18:36
Si, en cuanto a la pensión de viudedad, la de orfandad es indiferente que sea dentro o fuera del matrimonio, siempre que sea reconocido, y tendrá derecho a la pensión de orfandad, siempre - igual que la de viudedad - que se cumplan unos mínimos requisitos, fundamentalmente, período mínimo de cotización y situación en la que se encuentre el causante al fallecer-

Un saludo,
25/02/2012 01:05
Hay que aclarar que esta haciendo una hipotética pregunta a futuro y aquí adivinos no somos nadie. El día que muera el marido, se aplicarán las leyes en vigor en ese momento, teniendo en cuenta la situación personal del difunto en ese momento.
A día de hoy es libre de casarse y separarse las veces que desee, de tener los hijos que quiera o fijar la residencia dónde le apetezca.
Hasta en vez de fallecer, que se le dé por desaparecido y no tendrías derecho a nada por muchos años.
¡Lo enamorada que estas y lo bien que te vas a quedar cuando se muera! Bueno, que es todo por el bien superior del menor. Ja, ja, ja.