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Bolsa de horas por estado de alarma

7 Comentarios
 
Bolsa de horas por estado de alarma
23/03/2020 12:04
Buenos días. Tengo dudas y agradecería una aclaración. La empresa para la que trabajo(taller del automóvil,horario de L a V de 8h diarias con jornada partida) no está obligada a cerrar por la situación de alarma por coronavirus, pero somos 4 mecánicos y no vienen clientes para poder trabajar y producir ganancias. La empresa mediante videoconferencia y por escrito (WhatsApp) nos dice que no puede hacer un ERTE. Entonces propone que gastemos una semana de vacaciones para no acudir al taller (hemos aceptado, puesto que no daban más opción y su gestor/asesor, dice que se puede hacer), y después ir cada día laboral solo uno de nosotros en turnos rotativos, por ejemplo: yo iría un lunes y hasta el viernes no volvería a ir. En este último caso los días de ausencia quieren que los incluyamos en una"bolsa de horas", para deberlas a la empresa. Toda esta situación de horarios duraría hasta que terminara este estado de alerta por coronavirus en España y volverá todo a la normalidad anterior. Entonces pregunto:
1-Al aceptar verbalmente o por whatsapp sería suficiente para que la empresa proceda de forma legal con sus peticiones?
2-Qué opciones alternativas podrían haber para la empresa o trabajador en esta situación?
3-En caso de desacuerdo antes o durante esta organización de horarios como debería proceder, es decir sigo sus directrices o voy a trabajar sí o sí todos los días laborables?
4-Qué tiempo habría para proceder a una demanda legal por inconformidad ante esta situación?
5-Qué podría reclamar a la empresa en este caso?
Gracias por su atención y ánimo en estos días tan difíciles. Un saludo.
23/03/2020 14:46
DaniAA
1 No se puede obligar a coger vacaciones, claro que si acepta por medio de WhatsApp queda constancia de ello y entonces sería un pacto con que tendría validez, (esto con matices, porque un trabajador no puede renunciar a sus dchos, esto se hace para evitar pactos encubiertos que obliguen al trabajador a aceptar reducción de dichos en contra de su voluntad), por tanto si en el momento aceptó pero una vez consultados sus dichos decide que no está de acuerdo puede hacer dos cosas, interponer denuncia ante inspección de trabajo o demanda por asunto de vacaciones ante el Juzgado de lo Social, para ello tiene 20 días desde que comience a tener efectos dicha orden y ambas opciones son gratuitas pero dado el Estado de Alarma tendrían que presentarlo vía Internet.
23/03/2020 14:53
Jamgrrhh28
Buenas tardes y gracias por contestarme.
Con respecto a la "Bolsa de horas" que indico en mi comentario anterior,es correcta/legal la forma de actuar por parte de la empresa?De no ser así,que podríamos hacer? Gracias otra vez por su atención.Un saludo.
23/03/2020 14:57
DaniAA
2 Para la empresa, acogerse a un ERTE, no se porque dicen que no pueden hacerlo.
Para el trabajador, existe lo que se denomina jornada irregular que afecta sin pacto entre empresa y trabajador al 10 % de la jornada anual, es decir existe un número de horas al año con las que la empresa puede jugar en la que unos meses se trabaja menos y otros meses más para equilibrar y compensar jornadas de tal forma que al final del año se realicen las horas fijadas para todo el año en convenio, podría ser esa bolsa que la empresa pretende pero mucho me temo que tb se incumple está norma porque por ej si tiene en su convenio una jornada anual de 1782 h quiere decir que tiene que hacer de media 162 h/mes lo que el 10 % supondrían 178 h/año, si la situación durase mes y medio usted más o menos haría una cuarta parte de esas h con lo que haría una media mensual de 40 h, que en mes y medio serían unas 60 h con lo que en la bolsa debería usted en mes y medio 180 h, ya sobrepasaría esas 178 h, amén de que para devolverlas no podría pasar de 9 h/día, (como mucho 10 h/ día por convenio, lo que supondría un máximo de 40 h/mes y durante un periodo máximo de 4 meses por lo que solo podría recuperar como mucho 160 h.
Lo que tiene que hacer el trabajadores impugnar ante la autoridad laboral ya sea inspección de trabajo o Juzgado de lo Social.
23/03/2020 15:01
DaniAA
3 (Estoy contestándole, deme tiempo), Está pregunta ya está contestada, tanto si hubiese acuerdo como si no lo hubiese ir lo que le he dicho de que no puede renunciará sus dichos ustedes pueden impugnar ante inspección de trabajo o demandar ante el Juzgado e lo Social
23/03/2020 15:03
DaniAA
4 lo que está realizando su empresa es una mofif Susy de las condiciones laborales, (art 41 ET) para ello, desde que dicha modificación comienza a tener efectos tienen ustedes 20 días para impugnar o demandar.
23/03/2020 15:06
DaniAA
5 Qué podría reclamar la empresa? Absolutamente nada, si se hace menos jornada es por causa de ellos que pudiendo realizar un ERTE no quieren acogerse al mismo, así que si ustedes acuden a inspección de trabajo este organismo les dejara claro a la empresa que ajo deajoderse y agua de aguantarse, por otra parte si acuden al Juzgado será un Juez quien dicte sts y si ésta es favorable, (a todas luces lo más viable) pues habrá que acatar lo que dicte la misma.
23/03/2020 16:21
DaniAA
Buenas tardes.Ante todo muchísimas gracias por contestar a todas mis preguntas y mis más sinceras disculpas por anticiparme a sus respuestas en uno de estos puntos de la conversación.
Por lo demás,tendré que comentar con mis compañeros estas dudas aclaradas,para ver qué decisión tomamos.
De nuevo,muchas gracias y ánimo en estos días tan difíciles que vivimos.Un saludo.
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23/03/2020 12:04
Buenos días. Tengo dudas y agradecería una aclaración. La empresa para la que trabajo(taller del automóvil,horario de L a V de 8h diarias con jornada partida) no está obligada a cerrar por la situación de alarma por coronavirus, pero somos 4 mecánicos y no vienen clientes para poder trabajar y producir ganancias. La empresa mediante videoconferencia y por escrito (WhatsApp) nos dice que no puede hacer un ERTE. Entonces propone que gastemos una semana de vacaciones para no acudir al taller (hemos aceptado, puesto que no daban más opción y su gestor/asesor, dice que se puede hacer), y después ir cada día laboral solo uno de nosotros en turnos rotativos, por ejemplo: yo iría un lunes y hasta el viernes no volvería a ir. En este último caso los días de ausencia quieren que los incluyamos en una"bolsa de horas", para deberlas a la empresa. Toda esta situación de horarios duraría hasta que terminara este estado de alerta por coronavirus en España y volverá todo a la normalidad anterior. Entonces pregunto:
1-Al aceptar verbalmente o por whatsapp sería suficiente para que la empresa proceda de forma legal con sus peticiones?
2-Qué opciones alternativas podrían haber para la empresa o trabajador en esta situación?
3-En caso de desacuerdo antes o durante esta organización de horarios como debería proceder, es decir sigo sus directrices o voy a trabajar sí o sí todos los días laborables?
4-Qué tiempo habría para proceder a una demanda legal por inconformidad ante esta situación?
5-Qué podría reclamar a la empresa en este caso?
Gracias por su atención y ánimo en estos días tan difíciles. Un saludo.
23/03/2020 14:46
DaniAA
1 No se puede obligar a coger vacaciones, claro que si acepta por medio de WhatsApp queda constancia de ello y entonces sería un pacto con que tendría validez, (esto con matices, porque un trabajador no puede renunciar a sus dchos, esto se hace para evitar pactos encubiertos que obliguen al trabajador a aceptar reducción de dichos en contra de su voluntad), por tanto si en el momento aceptó pero una vez consultados sus dichos decide que no está de acuerdo puede hacer dos cosas, interponer denuncia ante inspección de trabajo o demanda por asunto de vacaciones ante el Juzgado de lo Social, para ello tiene 20 días desde que comience a tener efectos dicha orden y ambas opciones son gratuitas pero dado el Estado de Alarma tendrían que presentarlo vía Internet.
23/03/2020 14:53
Jamgrrhh28
Buenas tardes y gracias por contestarme.
Con respecto a la "Bolsa de horas" que indico en mi comentario anterior,es correcta/legal la forma de actuar por parte de la empresa?De no ser así,que podríamos hacer? Gracias otra vez por su atención.Un saludo.
23/03/2020 14:57
DaniAA
2 Para la empresa, acogerse a un ERTE, no se porque dicen que no pueden hacerlo.
Para el trabajador, existe lo que se denomina jornada irregular que afecta sin pacto entre empresa y trabajador al 10 % de la jornada anual, es decir existe un número de horas al año con las que la empresa puede jugar en la que unos meses se trabaja menos y otros meses más para equilibrar y compensar jornadas de tal forma que al final del año se realicen las horas fijadas para todo el año en convenio, podría ser esa bolsa que la empresa pretende pero mucho me temo que tb se incumple está norma porque por ej si tiene en su convenio una jornada anual de 1782 h quiere decir que tiene que hacer de media 162 h/mes lo que el 10 % supondrían 178 h/año, si la situación durase mes y medio usted más o menos haría una cuarta parte de esas h con lo que haría una media mensual de 40 h, que en mes y medio serían unas 60 h con lo que en la bolsa debería usted en mes y medio 180 h, ya sobrepasaría esas 178 h, amén de que para devolverlas no podría pasar de 9 h/día, (como mucho 10 h/ día por convenio, lo que supondría un máximo de 40 h/mes y durante un periodo máximo de 4 meses por lo que solo podría recuperar como mucho 160 h.
Lo que tiene que hacer el trabajadores impugnar ante la autoridad laboral ya sea inspección de trabajo o Juzgado de lo Social.
23/03/2020 15:01
DaniAA
3 (Estoy contestándole, deme tiempo), Está pregunta ya está contestada, tanto si hubiese acuerdo como si no lo hubiese ir lo que le he dicho de que no puede renunciará sus dichos ustedes pueden impugnar ante inspección de trabajo o demandar ante el Juzgado e lo Social
23/03/2020 15:03
DaniAA
4 lo que está realizando su empresa es una mofif Susy de las condiciones laborales, (art 41 ET) para ello, desde que dicha modificación comienza a tener efectos tienen ustedes 20 días para impugnar o demandar.
23/03/2020 15:06
DaniAA
5 Qué podría reclamar la empresa? Absolutamente nada, si se hace menos jornada es por causa de ellos que pudiendo realizar un ERTE no quieren acogerse al mismo, así que si ustedes acuden a inspección de trabajo este organismo les dejara claro a la empresa que ajo deajoderse y agua de aguantarse, por otra parte si acuden al Juzgado será un Juez quien dicte sts y si ésta es favorable, (a todas luces lo más viable) pues habrá que acatar lo que dicte la misma.
23/03/2020 16:21
DaniAA
Buenas tardes.Ante todo muchísimas gracias por contestar a todas mis preguntas y mis más sinceras disculpas por anticiparme a sus respuestas en uno de estos puntos de la conversación.
Por lo demás,tendré que comentar con mis compañeros estas dudas aclaradas,para ver qué decisión tomamos.
De nuevo,muchas gracias y ánimo en estos días tan difíciles que vivimos.Un saludo.