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Bonificación Conversión Contrato en Prácticas

2 Comentarios
 
bonificación conversión contrato en prácticas
11/04/2011 16:17
Buenas tardes,

Quiero convertir un Contrato en Prácticas en Indefinido de una trabajadora que empezó hace 2 años.
¿Puedo hacerle un Contrato Bonificado?
¿Sería un Contrato 189?
¿Cuál sería la Bonificación que se le aplicaría? ¿y durante cuanto tiempo?

Lo he buscado por muchos sitios pero estoy confusa

Muchas gracias

Sarita
11/04/2011 17:44
Artículo 10 Ley 35/2010.

Léase el artículo en cuestión.

El código de contrato sería el 109.La transformación a indefinido bonificada.

11/04/2011 17:49
Artículo 10 Ley 35/2010.

3. Las empresas que, hasta el 31 de diciembre de 2011, transformen en indefinidos contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 41,67 euros/mes (500 euros/año), durante tres años o, en su caso, por su equivalente diario.
En el caso de mujeres, dichas bonificaciones serán de 58,33 euros/mes (700 euros/año), o, en su caso, por su equivalente diario.
Bonificación Conversión Contrato en Prácticas | PorticoLegal
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Bonificación Conversión Contrato en Prácticas

2 Comentarios
 
bonificación conversión contrato en prácticas
11/04/2011 16:17
Buenas tardes,

Quiero convertir un Contrato en Prácticas en Indefinido de una trabajadora que empezó hace 2 años.
¿Puedo hacerle un Contrato Bonificado?
¿Sería un Contrato 189?
¿Cuál sería la Bonificación que se le aplicaría? ¿y durante cuanto tiempo?

Lo he buscado por muchos sitios pero estoy confusa

Muchas gracias

Sarita
11/04/2011 17:44
Artículo 10 Ley 35/2010.

Léase el artículo en cuestión.

El código de contrato sería el 109.La transformación a indefinido bonificada.

11/04/2011 17:49
Artículo 10 Ley 35/2010.

3. Las empresas que, hasta el 31 de diciembre de 2011, transformen en indefinidos contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 41,67 euros/mes (500 euros/año), durante tres años o, en su caso, por su equivalente diario.
En el caso de mujeres, dichas bonificaciones serán de 58,33 euros/mes (700 euros/año), o, en su caso, por su equivalente diario.