Tras monitorio que deriva a ordinario, el abogado contrario solicita que se le permita el acceso a un local de mí cliente para que su perito haga informe, para así presenarlo con la demanda, invocando el 247 LEC y la buena fe procesal, estoy obligado a permitir que haga su informe o lo debe solicitar al juzgado.
Urgente. Gracias.
Entiendo que el abogado contrario lo que ha hecho ha sido solicitar al Juzgado autorización para entrar al local y elaborar Informe Pericial. Por eso, si el Juzgado le concede la autorización, sí tenéis obligación de permitir el acceso al local.
Si lo ha solicitado por vía extrajudicial, invocando la buena fe procesal, depende de vosotros que pueda o no entrar y hacer el informe.
Saludos.