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buena,pero extraña actuacion policia local

9 Comentarios
 
Buena,pero extraña actuacion policia local
05/08/2011 16:03
Esta mañana han llegado a mi puerta dos miembros de la policía local para indicarme que habián sorprendido a un chico (creo que mayor de 18 años) rompiendo el expejo retrovisor derecho de mi coche, que tenían los datos del chico, y que si yo quería presentase una denuncia. Me entregaron el espejo roto y yo les pregunté que me dijeran quién era ese chico y me dijeron que no me los podían dar. Que si yo quería denunciar que fuese a la policía.
Yo me pregunto: cómo puedo denunciar si no sé de quién se trata? La actuación de la policía ha sido muy buena, pero por qué, si tienen los datos ya que ellos lo han sorprendido, porqué no me dicen de quién se trata? Imaginemos que es el hijo de unos amigos o unos conocidos que no tienen culpa de esa conducta y es preferible hablar, que paguen la reparación sin necesidad de juicio.
Y si la policía sorprende al chico haciendo el daño y toman sus datos, por qué no son ellos mismos los que imponen la sanción?
Todavía no he ido, porque pido que alguien me aclare el porqué de esa actuación buena, pero en mi opinión bastante extraña. Gracias por la ayuda que me puedan dar.
Aclaro que ahora mismo no sé si era la policía local o si era la nacional. Como no es normal que la poli llegue a mi casa, no me quedé con los datos de su uniforme ni le pedí su identificacion.
05/08/2011 16:53
Pon la denuncia, así te enteras del responsable. Si luego no te interesa pues retiras la denuncia.
05/08/2011 17:54
Me pregunto por qué si un coche está mal aparcado, la poli te denuncia, y sin embargo, cuando sorprende a un rompecoches se limita a tomar los datos y no lo denuncia. Es que quisiera saber la razón de esa manera tan distinta de actuar.
05/08/2011 23:21
La policía debería actuar de oficio, minuta, atestado... y ofrecimiento de acciones al perjudicado, osea a ti, descreido, por si quieres reclamar el valor de la reparación del vehículo. Quizás éstos eran un poco flojos y han pensado que si no ibas a denunciar se ahorraban el trabajo, o quizás no, y lo que han hecho ha sido precisamente hacerte ese ofrecimiento para incorporarlo al atestado.
06/08/2011 02:03
Pero, vamos a ver. La poli se presenta en mi domicilio con unos datos escritos en un minibloc y me ofrecen la posibilidad de denunciar sin darme los datos del chico.
Qué es lo que ellos hacen con esa especie de notilla con los datos del sorprendido?
Me he pasado por un taller de confianza y el espejo, aunque ha quedado algo deteriorado, me lo ha dejado servible. O se, que gastos de momento no me ha ocasionado y, por eso, y porque no sé de quién se trata, quizás no me maree en ir a denunciar.
Lo que yo quisiera saber es qué es lo que la poli
hace con los datos del chico. Los rompen al día siguiente? Los dejan en algún archivo?
Si hubiéseis visto la notilla era de vergüenza. Una multa de aparcamiento es un lujo administrativo al lado de aquellos datos manuscritos.
06/08/2011 11:54
Hombre, descreido, yo pienso que de vergüenza es que la policía haga su trabajo, detecte a un individuo dañando un vehículo, lo identifique, localice al titular, le ofrezca reclamar esos daños a ese titular y éste no quiera ni molestarse por no ofender al individuo que causa el daño, vamos, que de vergüenza es poco.

En cuanto a los datos, que si los llevaban anotados en una hoja o libretita que es lo que se suele llevar, es irrelevante, pues no van a ir a tu casa con el atestado, es como digo lo más habitual y en absoluto ha de sorprender a nadie y menos para ser criticado negativamente.

Los datos se introducen en un fichero policial informatizado y lo normal es que además, como te digo, se realice atestado judicial por una falta de daños. También lo normal es que el perjudicado denuncie y reclame, pero ya sabemos que de todo hay en la viña del señor, y a lo presente me remito.

Quizás esos mismos agentes, la próxima vez que vuelvan a ver a un individuo dañando tu coche, miren para otro lado, sabedores de que si al dueño no le importa, a ellos, menos.

En fin, que la custión es cuestionar, valga la redundancia, la actuación policial, sobre todo por parte de algunos, normalmente siempre los mismos.
06/08/2011 12:16
Kapitán, en el título he dejado claro quem la actuación policía fue muy buena, con la salvedad de no decirme quien era el infractor.
Lo de la notilla de verguenza, no lo he dicho indicando que la actuación de la policía fuera vergonzosa. Nada de eso. Quizás me expresé mal.
Lo que me pareció muy redículo que de ese incidente se tomara nota así en un minibloc tan
poco oficial.
Lo de pensarme en ir a denunciar es porque yo presentía que era el chico bastante trastornado de un vecino que tiene a los padres desquiciados a
base de problemas, y, puesto que el daño en este caso ha sido muy poco, no quiero que el trastornado cuando se vea señalado por mí, me haga una barrabasada mayoir puesto que viven justo a mis espaldas. O también que elpadre lo mate de una tunda.
Gracias y disculpe si no me he explicado bien.
08/08/2011 12:40
Lo que yo no se es si este tipo de conductas se pueden perseguir de oficio o a instancia del perjudicado, de ser este ultimo caso, es logico que la policia no haya hecho nada mas que tomar los datos y ofrecer al perjudicado la posibilidad de iniciar acciones.
Tal vez por la cuantia de los daños causados, el hecho no constituya un delito sino una falta...

Y el tema de las sanciones de trafico, como es su obligacion denunciarlas de acuerdo con el art 4 del Reglamento de Procedimiento Sancionador, existen unos boletines de denuncia que todos los agentes que tienen encomendadas labor de vigilancia y control de la circulacion vial llevan consigo. No es un lujo, es que ellos inician el procedimiento, que luego se instruye en las correspondientes oficinas de gestion de multas de los ayuntamientos, o en las Jefaturas Provinciales de Trafico, y asi la denuncia esta "normalizada" digamos, saben que datos tienen que cubrir para que se considere validamente notificada
08/08/2011 13:11
Hola, buenos dias:

DENUNCIAS POR FALTAS. Algunas de estas infracciones sólo pueden perseguirse a instancia de la persona agraviada o de su representante legal, como son las Amenazas y Coacciones leves (art. 620 CP), las Lesiones (art. 147. 2 CP) por imprudencia grave, muerte por imprudencia leve y Lesiones constitutivas de Delito por imprudencia leve (art. 621 CP), y la Alteración de términos o lindes de pueblos o heredades, distracción de aguas si la utilidad no excede de 400 € (art. 624 CP).

Asimismo, hay que tener en cuenta lo dispuesto en el art. 639 CP, donde se establece que las Faltas perseguibles a instancia de la persona agraviada también podrán ser denunciadas por el Ministerio Fiscal si aquella fuere menor de edad, incapaz o una persona desvalida. La ausencia de Denuncia no impedirá la práctica de Diligencias a prevención, lo que quiere decir que los Agentes de Policía deberán realizar todas aquellas Diligencias que se consideren oportunas y estén encaminadas a la comprobación de los hechos e identificación de los presuntos responsables; informando al Juzgado correspondiente.-

Me inclino a pensar que pudiera ser asi, salvo mayor parecer de otras opiniones de los profesionales de este foro, lo cual que conste yo no lo soy.

Un saludo.- 100% de acuerdo con la opinion de Kapitan.-
11/08/2011 02:06
Ya he contado en el foro Penal mi decision final, que resumo aquí.
Siguiendo el consejo de un forista muy experto, me personé en Comisaría. Allí tampoco me dijeron quien había sido el rompeespejos no fuera yo a tomar alguna represalia personal contra él. Me preguntaron de quien sospechaba yo, ´les dí un nombre y me dijeron que coincidía. Al saber que se trata de un vecino menor de edad (por meses) trastornado y en vista de que el daño no había sido grande, decidí no denunciar para evitar nuevas represalias o que el padre del mismo lo matase a palos.
Gracias por la ayuda prestada.