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Caducidad expediente

3 Comentarios
 
Caducidad expediente
21/07/2010 23:48
A finales de noviembre se inicia expediente sancionador por infracción urbanistica, el cual se resuelve y notifica a mediados de diciembre del año pasado. ¿Se ha producido la caducidad según la legislación de Baleares? Gracias
22/07/2010 07:57
Un procedimiento administrativo con resolución notificada es imposible que caduque.

Ese expediente está terminado y pendiente de cumplimiento de la resolución notificada, en su caso.
22/07/2010 09:27
Perdón, veo que no me expliqué bien. La resolución (y posterior notificación) se realiza pasados más de 1 año desde la incoación del expediente.
22/07/2010 17:12
El transcurso de ese tiempo, en si mismo, no significa nada, dependerá si desde la notificación de la apertura del procedimiento hasta la notificación de la resolución, se ha paralizado por causas imputables al expedientado.

Es bastante común que la administración requiera al expedientado la aportación de documentos considerados esenciales para resolver, sin que éste lo haga o los presente fuera del plazo dado para ello, eso supone retrasar la tramitación y la paralización del plazo de caducidad. Examinando todos los papeles que tienes podrás extraer tu propia conclusión.

No obstante, aún declarada la caducidad, si el plazo de prescripción de la infracción no ha concluido, la administración está facultada para iniciar un nuevo expediente. Y así sucesivamente.